Artículo 20. Curso de adaptación institucional.- Reglamento de la Ley de la Carrera del Personal de la PNP [DS 016-2013-IN]

[Reglamento del DL 1149] Mediante el DS 016-2013-IN, publicado el 17NOV2013, se aprobó el Reglamento del DL 1149; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente en el Artículo 20. Curso de adaptación institucional.


Lee más:

TÍTULO II

PROCESOS TÉCNICOS DE LA CARRERA DEL PERSONAL POLICIAL

CAPÍTULO II

INICIO DE LA CARRERA

Artículo 20. Curso de adaptación institucional

Art. 20

 Está a cargo de la Dirección Ejecutiva de Educación y Doctrina. Es de carácter obligatorio y tiene por finalidad facilitar la integración del personal asimilado a la mística, usos, costumbres, normas, principios, valores y doctrina de la Policía Nacional del Perú con el fin de responder a criterios de adaptación y calidad en su desempeño. Se dicta durante los tres (3) primeros meses del período de asimilación. Su aprobación constituye requisito para continuar en la condición de asimilado.
ⓘ Publicidad JurispolInscríbete

Últimas noticias

ⓘ Publicidad JurispolInscríbete

Artículos relacionados

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

ⓘ Publicidad JurispolInscríbete