Aprueban nuevos formatos para el PAD por infracciones leves, conforme a la ley 30714. [RIG 29-2026-IGPNP/SEC-INIPLA]

[Resolución] Mediante Resolución de la Inspectoría General de la Policía Nacional de fecha 11JUL2026, «Aprueban nuevos formatos para el PAD por infracciones leves, conforme a la ley 30714». ⇒DESCARGA AQUÍ⇐


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Aprueban nuevos formatos para el PAD por infracciones leves, conforme a la ley 30714. [RIG 29-2026-IGPNP/SEC-UNIPLA]

Resolución de la Inspectoría General de la Policía Nacional

RIG 29-2026-IGPNP/SEC-UNIPLA] 

Lo dictaminado por la Unidad de Asesoría Jurídica de la Secretaría de la Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú, mediante Dictamen N°94-2026-IGPNP/SEC-UNIASJUR de fecha 09 de julio de 2026;

Lo propuesto por la Dirección de Investigaciones de la Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú; y,

Lo opinado por la Unidad de Planeamiento de la Secretaría de la Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú mediante Informe N°000038-2026-IGPNP-SEC-UNIPLEDU/PNP de fecha 09 de julio de 2026.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar parcialmente el artículo 1° de la Resolución de la Inspectoría General N° 10-2021-IGPNP/SEC-UNIPLEDU, de fecha 18 de junio de 2021, únicamente en el extremo referido a los formatos del procedimiento administrativo disciplinario por infracción leve identificados como Anexos II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI y XII, los cuales quedan sustituidos por los formatos actualizados que forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2°.- Aprobar los once (11) formatos actualizados para el procedimiento administrativo disciplinario por infracción leve, correspondientes a los Anexos II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI y XII, aplicables al procedimiento administrativo disciplinario por infracción leve, conforme a la Ley N° 30714, su Reglamento y demás disposiciones aplicables.

Artículo 3°.- Aprobar los Lineamientos para el trámite y gestión del procedimiento administrativo disciplinario por infracción leve, los cuales forman parte integrante de la presente resolución y son de observancia obligatoria por los órganos y unidades policiales que intervengan en dicho procedimiento, conforme a la Ley N°30714, su Reglamento y demás disposiciones aplicables.

Artículo 4°.- Disponer que la Inspectoría General, en el ámbito de su competencia, adopte las acciones de difusión, orientación y supervisión que resulten necesarias para la adecuada aplicación de los formatos y lineamientos aprobados por la presente resolución.

Artículo 5º.- Disponer que la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicaciones, y la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú, publiquen la presente resolución en la página web de la Institución Policial (www.policia.gob.pe), y en el portal web del Sistema Integrado de Gestión de la Carrera del Personal de la Policía Nacional del Perú (https://sigcpd.policia.gob.pe) respectivamente.

[CONTINÚA…]

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