[Reglamento del DL 1149] Mediante el DS 016-2013-IN, publicado el 17NOV2013, se aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo 1149; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente esta normativa. Artículo 92.- Procedimiento.
Lee más:
- DL 1149. Ley de la Carrera y Situación del Personal de la PNP [Actualizado 2025]
- Reglamento del DL 1149. Ley de la Carrera del Personal de la PNP [DS 016-2013-IN]
- TUO del DL 1149 ley de la carrera y situación del personal de la PNP [DS 006-2024-IN]

TÍTULO III
SITUACIÓN POLICIAL
CAPÍTULO VI
SITUACIÓN DE RETIRO
Artículo 92.- Procedimiento
Art. 92 | Los Consejos de Calificación seguirán el siguiente procedimiento: a. Evalúan y califican la información recibida. b. Elaboran y formulan la propuesta sustentada en actas individuales debidamente motivadas. c. Aprobadas las propuestas y emitidas la Resoluciones , serán notificadas de acuerdo a ley. d. La documentación generada en cada proceso será derivada a la Dirección Ejecutiva de Personal para las acciones de su competencia. |




