Artículo 57. Dirección de Gestión Documental.- Reglamento de la Ley de la PNP [DS 012-2025-IN]

[Reglamento de la Ley de la PNP] Mediante el DS 012-2025-IN, publicado el 05NOV2025, se aprobó el Reglamento de la Ley de la Policía Nacional del Perú; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente esta normativa. Artículo 57. Dirección de Gestión Documental.


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TÍTULO II

DESCRIPCIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

CAPÍTULO IV

SECRETARIA EJECUTIVA

Artículo 57. Dirección de Gestión Documental

Art. 57

57.1 La Dirección de Gestión Documental es el órgano responsable de coordinar, planificar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades relacionadas con la Gestión Documental de la Policía Nacional del Perú. Se encuentra a cargo del Sistema de Gestión Documental de la Policía Nacional del Perú. Tiene competencia nacional.

57.2 Depende de la Secretaría Ejecutiva y está a cargo de un Oficial General de Armas de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad, en el grado de General.

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57.3 Las unidades de recepción documental a nivel nacional de los órganos de la Policía Nacional del Perú constituyen unidades de recepción auxiliares de la Dirección de Gestión Documental de la Secretaría Ejecutiva y se encuentran sujetas a las prescripciones que ésta dicta, conforme a los lineamientos establecidos por el Ministerio del Interior y las disposiciones del Comandante General de la Policía Nacional del Perú.

57.4 La Dirección de Gestión Documental tiene las funciones siguientes:

1) Coordinar, planificar, dirigir, supervisar y evaluar la gestión documentaria y archivo de la institución policial; así como, los procesos de atención al ciudadano;

2) Dirigir y supervisar el correcto uso del Sistema de Gestión Documental; por las unidades de organización de la institución policial;

3) Coordinar la obtención de los recursos que permitan la sostenibilidad de la atención de los procedimientos de trámite documentario, archivo y atención al ciudadano en las Unidades de Recepción Documental de la Policía Nacional del Perú;

4) Recibir, revisar, registrar, clasificar, derivar, digitalizar, distribuir y controlar los documentos que ingresan a la mesa de partes física y virtual de la Policía Nacional del Perú;

5) Supervisar el ingreso de las solicitudes de acceso a la información pública, reclamos y quejas presentados por los ciudadanos, entidades públicas y privadas a través de medios físicos o virtuales, en coordinación con las unidades de organización de la Policía Nacional del Perú, en el marco de la normatividad sobre la materia;

6) Dirigir y supervisar la implementación del sistema institucional de archivos de conformidad con la normativa sobre la materia;

7) Dirigir y supervisar las acciones pertinentes de transferencia y eliminación de documentos archivados, en concordancia con la normativa sobre la materia;

8) Dirigir y supervisar la custodia de los proyectos de resoluciones y otros documentos que requieran las suscripción y visado de la Comandancia General; así como, coordinar su publicación y difusión;

9) Dirigir la designación de Fedatarios de la Policía Nacional y expedir copias certificadas de la documentación que obre en la Policía Nacional del Perú;

10) Proponer y formular el Plan de Trabajo Anual de la Dirección de Gestión Documental, articulado con el Plan Operativo Anual, Planes Generales y Planes de Operaciones de la Policía Nacional del Perú; así como, al Plan Operativo Institucional del Ministerio del Interior y al presupuesto institucional; ejecutando y controlando su cumplimiento;

11) Determinar y gestionar el cuadro de necesidades y recursos de la Dirección de Gestión Documental, articulado a los programas presupuestales y otras categorías presupuestarias que financien la programación anual de actividades y operaciones policiales en materias de su competencia;

12) Proponer e implementar los indicadores de desempeño, cuantitativos y cualitativos, que midan el logro de los resultados alcanzados por las subunidades orgánicas bajo su comando;

13) Fortalecer las capacidades técnicas del personal, garantizando su acreditación en materias de su competencia; así como, formular y aprobar el Plan de Instrucción, anual, conteniendo actividades de preparación física, entrenamiento e instrucción permanente

14) Administrar los recursos asignados a la Dirección a su cargo, con criterios de eficiencia y eficacia, de conformidad con el marco legal vigente;

15) Formular y proponer los documentos normativos, orientadores y técnicos de gestión que regulen su funcionamiento administrativo;

16) Emitir opinión técnica en asuntos de su competencia;

17) Asesorar al Alto Mando y órganos de la Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,

18) Cumplir las demás funciones que correspondan de acuerdo con las disposiciones legales y otras que la Secretaría Ejecutiva de la Policía Nacional del Perú le asigne.

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