Aprueban escala de propinas de los Cadetes y Alumnos de la PNP y FFAA [DS. 219-2026-EF]

|Decretos Supremos| Mediante el DS. 219-2026-EF, se publicado en «El Peruano» con fecha 16OCT2026, se aprobó la escala de propinas de los cadetes y alumnos de los Institutos Armados y de la Policía Nacional del Perú. ⇒DESCARGA AQUÍ⇐


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Aprueban escala de propinas de los Cadetes y Alumnos de la PNP y FFAA. DS. 219-2026-EF

Decreto Supremo que aprueba la escala de propinas de los cadetes y alumnos de los Institutos Armados y de la Policía Nacional del Perú

DECRETO SUPREMO N.º 219-2026-EF

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:
Que, el artículo 20 del Decreto Legislativo N.º 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, establece la escala de propinas de los cadetes y alumnos de los Institutos Armados y de la Policía Nacional del Perú;
Que, el literal b) del numeral 1 de la Trigésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N.º 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, autoriza al Ministerio de Defensa y al Ministerio del Interior a incrementar el monto de la escala de propinas de los cadetes y alumnos de los Institutos Armados y Policía Nacional del Perú; en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo N.º 1132;
Que, los numerales 3 y 4 de la Trigésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N.º 32513 establecen que el referido incremento se aprueba mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior, a propuesta de estos últimos; para tal efecto, se exonera al Ministerio de Defensa y al Ministerio del Interior de lo establecido en el artículo 6 de la Ley N.º 32513; y que el referido incremento se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público;
Que, en ese sentido, a través de los Oficios N.º 000300-2026-IN-DM y N.º 01109-2026-MINDEF/DM, el Ministerio del Interior y el Ministerio de Defensa, respectivamente, remiten un proyecto de Decreto Supremo que aprueba la escala de propinas de los cadetes y alumnos de los Institutos Armados y de la Policía Nacional del Perú, en el marco de lo establecido en el literal b) del numeral 1 de la Trigésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N.º 32513, adjuntando los respectivos sustentos;
Que, mediante el Memorando N.º 4110-2026-EF/53.04, que adjunta el Informe N.º 3078-2026-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos emite opinión favorable para la aprobación de la escala de propinas de los cadetes y alumnos de los Institutos Armados y de la Policía Nacional del Perú;
Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar la escala de propinas de los cadetes y alumnos de los Institutos Armados y de la Policía Nacional del Perú;

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De conformidad con lo establecido en los numerales 1 y 3 de la Trigésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N.º 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026;

DECRETA:
Artículo 1.- Aprobación de la escala de propinas de los cadetes y alumnos de los Institutos Armados y de la Policía Nacional del Perú
Se aprueba la escala de propinas de los cadetes y alumnos de los Institutos Armados y de la Policía Nacional del Perú, a que se refiere el Decreto Legislativo N.º 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, de acuerdo con el siguiente detalle:
a) Escala de propinas de los cadetes de los Institutos Armados y de la Policía Nacional del Perú

ESCALA DE PROPINAS DE LOS CADETES

Nivel
Propina
Fuerzas ArmadasPolicía Nacional
del Perú
Monto
S/
1Cadete 4to añoCadete 5to año489,50
2Cadete 3er añoCadete 4to año326,34
3Cadete 2do añoCadete 3er año293,70
4Cadete 1er añoCadete 2do año261,07
5AspiranteCadete 1er año228,44

 

b) Escala de propinas de los alumnos de los Institutos Armados y de la Policía Nacional del Perú

ESCALA DE LOS ALUMNOS 

Nivel
Propina

Fuerzas Armadas

Policía Nacional
del Perú

Monto
S/

1

Alumno de 3er. año

Alumno de 3er. año

438,72

2

Alumno de 2do. año

Alumno de 2do. año

292,48

3

Alumno de 1er. año

Alumno de 1er. año

219,36

Artículo 2.- Registro en el Aplicativo Informático

La Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas procede de oficio a la actualización de la escala de propinas establecida en el artículo 1 del presente Decreto Supremo en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP).

Artículo 3.- Financiamiento

El financiamiento de lo establecido en el presente Decreto Supremo se realiza con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior, respectivamente, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Artículo 4.- Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, por el Ministro de Defensa y por el Ministro del Interior.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de octubre del año dos mil veintiséis.

KEIKO SOFÍA FUJIMORI HIGUCHI
Presidenta de la República

RAFAEL JORGE BELAUNDE LLOSA
Ministro de Defensa

ELMER RAFAEL CUBA BUSTINZA
Ministro de Economía y Finanzas

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