|Artículos Policiales| ¿Las Regiones Policiales pueden reasignar o cambiar de colocación?, es una interrogante que fue absuelta por el General PNP Ely Vargas Roca, Jefe de la Región Policial Ancash.
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General con buen criterio: precisa que las Regiones PNP solo proponen cambios
El General PNP Ely Vargas Roca, recientemente designado como Jefe de la Región Policial Áncash, respondió a las preguntas de la prensa sobre los cambios en las regiones policiales y aclaró que las Regiones Policiales (REGPOL) solo proponen los cambios, los cuales se realizan previa elaboración de un informe, y que la decisión final corresponde al comando.
El criterio del General Vargas Roca tiene base legal en el artículo 28 del Decreto Legislativo 1149, Ley de Carrera y Situación de la Policía Nacional del Perú, así como en la directiva M/M 40-2023-CGPNP/SEC, la cual prohíbe expresamente las reasignaciones internas por parte de las regiones, dado que la ley solo faculta a la Comandancia General (COMGEN) y la Dirección de Recursos Humanos (DIRREHUM) para estos procedimientos.
Es destacable que un General de la PNP conozca y aplique la ley con rigor y sin arbitrariedades. Felicitamos al General Vargas Roca por el buen inicio de su gestión y las labores ya emprendidas.
NORMAS QUE RESPALDAN LA POSICIÓN DEL GENERAL PNP ELY VARGAS ROCA
Artículo 28.- Acciones de desplazamiento y formalización de cargos (*)
Son acciones de desplazamiento de cargos: la asignación, la reasignación y el destaque.
1) La asignación y reasignación de los Oficiales Generales se aprueba por resolución suprema;
2) La asignación y reasignación de los Oficiales Superiores se aprueba por resolución ministerial;
3) La asignación y reasignación de los Oficiales Subalternos se aprueba por resolución de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú;
4) El destaque de Oficiales Generales, Superiores y Subalternos, se aprueba por Resolución de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú;
5) La asignación, reasignación y destaque de los Suboficiales, se aprueba mediante Resolución de la Dirección Ejecutiva de Personal.
Los Oficiales y Suboficiales de Servicios serán asignados, reasignados o destacados según las necesidades del servicio en cargos que tengan relación directa con la especialidad funcional, profesión o carrera técnica con la que fueron dados de alta. En ningún caso pueden comandar unidades operativas.
Son nulas las asignaciones , reasignaciones o destaques del personal policial dispuesta por autoridad distinta a las consideradas en la presente Ley.
(*) Artículo modificado por la siguiente normativa:
- D.L. 1242, publicado el 21OCT2016.