[Manuales MP] Mediante la RJ 262 -2000-SE-TP-CEMP, de fecha 02 de octubre de 2000, a través de Ministerio Publico – Fiscalía de la Nación, se aprobó «Manual de procedimientos de los servicios de exámenes auxiliares de la división central de exámenes tanatológicos y auxiliares [RJ 262 -2000-SE-TP-CEMP]» ⇒DESCARGA AQUÍ⇐
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RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 262 -2000-SE-TP-CEM
VISTO:
El Oficio N° 1297-2000-MP-FN-GG de la Gerencia General relacionado con el proyecto «Manual de Procedimientos de los Servicios de Exámenes Auxiliares de la División Central de Exámenes Tanatológicos y Auxiliares»;
CONSIDERANDO:
Que, con Resolución Administrativa del Titular del Pliego Nº 005-96-SE-TP-CE-MP se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público considerando en su Estructura Orgánica, como órgano de línea, al Instituto de Medicina Legal.
Que, mediante Resolución Administrativa del Titular del Pliego N° 384-98-SE-TP-CEMP de fecha 30 de diciembre de 1998 se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto de Medicina Legal, estableciendo sus objetivos, funciones generales y estructura funcional.
Que, el Manual de Procedimientos de los Servicios de Exámenes Auxiliares constituye un instrumento técnico normativo necesario para brindar un adecuado servicio a los usuarios haciéndose imprescindible su actualización y modificación en función a los avances tecnológicos y la incorporación de nuevos servicios aprobado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos.
Contando con las visaciones de la Gerencia Central de Recursos Económicos, la Gerencia Técnica del Instituto de Medicina Legal, la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia General; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26623 ampliada y modificada por las Leyes N°s. 26695, 26738 y 27009 el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, aprobado por Resolución Nº 035-96-MP-FN-CEMP, modificada por Resolución N° 335-98-MP-CEMP y Reglamento de Organización y Funciones de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público aprobado por Resolución Administrativa del Titular del Pliego N° 005-96-SE-TP-CEMP y modificada por las Resoluciones N°s. 019, 381, 586-97-SE-TP-CEMP, Resolución Nºs 117-98-SE-TP-CEMP y Resoluciones Nº 005, 079-2000-SE-TP-CEMP;
SE RESUELVE:
Articulo Primero.- Aprobar el Manual de Procedimientos de los Servicios de Exámenes Auxiliares de la División Central de Tanatológicos y Auxiliares, el mismo que consta de diecisiete (17) folios y catorce (14) que forman parte de la presente Resolución
Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Tecnológico del Instituto de Medicina Legal la distribución y difusión del Manual aprobado en el precedente.
Artículo Tercero.- Dejar sin efecto todas las que se opongan a la presente.
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LOS SERVICIOS DE EXAMENES AUXILIARES DE LA DIVISION CENTRAL DE EXAMENES TANATOLOGICOS Y AUXILIARE
INTRODUCCION
El presente Manual de Procedimientos está referido al servicio de Exámenes Auxiliares que brinda el Instituto de Medicina Legal a través de la División de Exámenes Auxiliares de la División Central de Exámenes Tanatológicos y Auxiliares del Instituto de Medicina Legal, encontrándose enmarcado dentro del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio Público.
1. DATOS GENERALES
1.1 Objetivo
Establecer normas y responsabilidades; racionalizar y uniformizar los procedimientos y formatos que se utilizarán en los diferentes trámites desde el ingreso de la solicitud hasta la emisión del resultado y su entrega al solicitante.
1.2 Alcance
Las normas contenidas en el presente manual son de cumplimiento y aplicación por la División de Exámenes Auxiliares de la División Central de Exámenes Tanatológicos y Auxiliares del Instituto de Medicina Legal.
2. DATOS DE LOS PROCEDIMIENTOS
2.1 Nombre de los Procedimientos
2.1.1 SERVICIO DE EXAMENES AUXILIARES
2.1.1.2 Examen Anatomopatológico
2.1.1.3 Examen Biológico
2.1.1.4 Examen Químico Toxicológico.
2.1.1.5 Dosaje Etílico
2.1.1.6 Examen Estomatológico
2.1.1.7 Examen Antropológico Examen Radiológico
2.2 Finalidad Uniformizar, optimizar y agilizar los procedimientos antes señalados a efectos de brindar un mejor servicio.
2.3 Base Legal
a) Ley 24128 de creación del Instituto de Medicina Legal del Perú
b) Código Procesal Penal
c) Código Procesal Civil
d) Decreto Supremo N° 004-99-JUS- Texto Único Ordenado del Código de los Niños y Adolescentes.
e) Decreto Supremo N° 003-69-PM-JC, Reglamento de Necropsias.
f) Decreto Ley 25993 Transferencia del Instituto de Medicina Legal al Ministerio Público
g) Ley 26623 de creación del Consejo de Coordinación Judicial y la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y sus modificatorias Leyes N° 26695, 26738, 27009 y 27147.
h) Resolución Administrativa del Titular del Pliego Nº 384-98-SE-TP-CEMP Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto de Medicina Legal.
i) Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio Público aprobado por Resolución Administrativa del Titular del Pliego del Ministerio Público.
2.4 Horario de Atención para recepción de solicitudes y muestras en la mesa de partes de la División de Exámenes Tanatológicos y Auxillares sito en el local de la Morque Central de Lima,
Para la realización de cualquier trámite el horario de atención para la recepción de solicitudes y muestras será de 08:30 a.m. a 19:30 p.m. de lunes a sábado
2.5 Requisitos
Los requisitos que se exigen para cada procedimiento figuran expresamente en el TUPA del Ministerio Público
2.6 Etapas y Definiciones de los Procedimientos
2.6.1 SERVICIO DE EXAMENES AUXILIARES
- El ingreso de las solicitudes para la realización de exámenes auxiliares puede ser por disposición del Fiscal o Autoridad Judicial, mediante oficio o documento correspondiente llenado y firmado por la autoridad solicitante; ó por orden expresa del médico legista que realiza la necropsia o el reconocimiento médico legal, de acuerdo con los formatos de solicitud establecidos, quien deberá consignar la información de los antecedentes de la muestra para estudio.
- Las muestras enviadas por correo provenientes de las Divisiones Médico Legales de provincias deberán igualmente ser remitidas con la solicitud de examen debidamente llenada y firmada por el solicitante, consignando todos los datos requeridos en el formato respectivo.
- Revisada la documentación y muestras remitidas, el técnico encargado del laboratorio procederá a ingresar al sistema mecanizado el examen solicitado, de acuerdo al software correspondiente.
- Después de verificar que lo recibido esté acompañado de la documentación debidamente llenada se firmará el cargo de recepción que servirá para reclamar el resultado.
El tiempo empleado hasta este punto del trámite no será superior a un dia. - El profesional responsable de cada laboratorio recibirá la solicitud de examen con las muestras y procederá a su procesamiento. Cualquier observación deberá ser consignada y reportada al Director de la División de Exámenes Auxiliares.
El profesional del laboratorio que recibe la muestra o realiza la toma de ella, seleccionará la muestra que queda en archivo para su utilización posterior de ser necesaria la comprobación de los resultados hasta la culminación de la investigación.
Concluido el procedimiento técnico y registrados los resultados por cada laboratorio, se ingresaran los resultados al sistema mecanizado. - El tiempo utilizado en el proceso técnico es dependiente del tipo de examen solicitado y se establece en cada procedimiento.
- Se imprimirá el resultado el que será entregado al profesional o profesionales cuando los haya, peritos responsables del procedimiento o examen efectuado para su revisión, firma y ser entregado para la visación respectiva al Director de la División de Exámenes Auxiliares, cuya copia será archivada conjuntamente con la solicitud.
- El tiempo utilizado para esta etapa del trámite administrativo no será superior a un día.
- Los resultados serán entregados a quién los-selieitó por entrega directa a la unidad orgánica respectiva o por trámite documentario a la autoridad fiscal o judicial o División Médico Legal solicitante, con carácter de Reservado.
ESPECIFICACIONES
Son modalidades de Solicitud de Examen Auxiliar las siguientes:
1. El envió de muestras de cadáveres
2. El envió de muestras de personas vivas
3. Solicitud de muestras en cadáveres
4. Solicitud de muestras en personas vivas
5. Solicitud de realización de exámenes en cadáveres
6. Solicitud de realización de estudio de restos óseos
7. Solicitud de realización de exámenes en personas vivas
8. Solicitud de examen en objetos materiales o lugares
9. Solicitud de pronunciamiento, opinión o informe especializado
En todos los casos la solicitud debe ir acompañada de la información necesaria de interés para el solicitante y a los profesionales que realizan el examen, así como del respectivo Recibo de Pago en el Banco de la Nación de acuerdo a las tasas establecidas en el TUPA del Ministerio Público
En caso de exámenes a personas vivas debe consignarse la identidad del sujeto mediante su documento de identidad y su huella dactilar.
De requerirse información adicional al tiempo de la realización del examen, deberá ser solicitada por el profesional responsable por escrito, dejando constancia de las observaciones necesarias, en la División e Exámenes Auxiliares.
En la modalidad de envlo de muestras extraídas ya sea de cadáveres o personas vivas, deberán ser remitidas en condiciones adecuadas para su preservación de acuerdo a lo establecido en el Protocolo correspondiente del Manual de Procedimientos Médico Legales.
Cuando a través de la realización del examen se detecte una enfermedad infectocontagiosa de control epidemiológico, deberá reportarse a la División Médico Legal de donde proviene la muestra para la comunicación respectiva al Ministerio de Salud.
2.6.1.1 EXAMEN ANATOMOPATOLOGICO
Son exámenes anatomopatológicos los siguientes:
a) Examen Histológico que consiste en el examen macroscópico del órgano completo o de partes del mismo, extradas como muestras y el examen microscópico de cortes representativos obtenidos de los órganos y tejidos.
Los órganos y tejidos deben ser remitidos en frascos de plástico o vidrio de boca ancha que permita el desplazamiento de la muestra de entrada y salida, contenier.do formol al 10% como preservante, cubriendo el Ilíquido la muestra aproximadamente tres veces su volumen de ser posible.
Cada frasco deberá ser rotulado con el nombre del cadáver, número del Protocolo de Necropsia, indicando la o las muestras que contiene y lugar de procedencia. La tapa del frasco deberá ser sellada con esparadrapo o cinta adhesiva y colocada en una caja donde quede fijo el recipiente.
Pueden ser remitidas láminas de cortes de tejidos ya procesados que requieren de estudio microscópico, acompañadas de la información de necropsia y la descripción del órgano de donde se ha obtenido la muestra así como el procesamiento histoquímico seguido.
b) Examen Citológico de secreciones recogidas de frotices o improntas de tejido sobre láminas portaobjetos y fijadas con alcohol-eter o alcohol, acompañadas de información pertinente.
En caso de sospecha de rabia se toma una impronta de tejido cerebral (Astas de Amón).
La lámina portaobjeto, obtenida la muestra de la secreción o impronta, se expone al medio ambiente durante 30 segundos a un minuto e inmediatamente se procede a su fijación sumergiendo la lámina con la muestra durante 8 a 10 minutos en una solución de alcohol-eter o en alcohol corriente, luego se deja secar para ser colocada en una caja porta láminas, debidamente rotulada con las indicaciones antes referidas.
c) Los tiempos empleados en el proceso no serán mayores de:
- Un día para registro y fijación de la muestra en formol
- Un día para preparación del material para la macroscopla, macroscopía y su ingreso al sistema mecanizado y fijación de los cortes macroscópicos
- Un día para empaquetamiento y procesamiento del tejido en el procesador automático
- Un día para la inclusión en parafina, corte en el micrótomo y archivo de bloques.
- Un día para coloración, rotulación y montaje de láminas y entrega al patólogo para su lectura.
- Un día para el estudio microscópico
- Un día para informe, elaboración del cargo y entrega a la Dirección de DIEXA.
TIEMPO TOTAL DEL PROCEDIMIENTO SIETE DIAS
2.6.1.2 EXAMEN BIOLOGICO
[CONTINÚA…]
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