[Reglamento de la Ley de la PNP] Mediante el DS 012-2025-IN, publicado el 05NOV2025, se aprobó el Reglamento de la Ley de la Policía Nacional del Perú; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente esta normativa. Artículo 42. Estructura de la Dirección de Investigaciones.
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TÍTULO II
DESCRIPCIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA
CAPÍTULO II
ALTO MANDO
SUBCAPÍTULOIII
INSPECTORÍA GENERAL
Artículo 42. Estructura de la Dirección de Investigaciones
Art. 42 | 42.1 La Dirección de Investigaciones de la Inspectoría General para el cumplimiento de sus funciones cuenta con las subunidades orgánicas siguientes: a) Oficinas de Disciplina; b) Inspectorías Descentralizadas; e, c) Inspectorías Macro Regionales. 42.2 La Policía Nacional del Perú asigna a oficiales de armas egresados de la Escuela de Posgrado de la Policía Nacional del Perú, Centro de Altos Estudios Nacionales, cursos de capacitación, especialización o similares relacionados al control administrativo, a los órganos de investigación y decisión de la Inspectoría General. Los cargos de Inspector Macro Regional, Inspector Descentralizado y Jefes de Oficinas de Disciplina de la Inspectoría General se designan en estricto orden de antigüedad. |




