Artículo 63. Medida disciplinaria.- TUO de la Ley de la carrera y situación del Personal PNP [DS 006-2024-IN]

[TUO del DL 1149] Mediante el DS 006-2024-IN, publicado el 13JUL2024, se aprobó el TUO del DL 1149; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente esta normativa, concretamente en el Artículo 63. Medida disciplinaria.


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Artículo 63. Medida disciplinaria.- TUO de la Ley de la carrera y situación del Personal PNP [DS 006-2024-IN]

TÍTULO III

SITUACIÓN POLICIAL

CAPÍTULO V

SITUACIÓN DE DISPONIBILIDAD

Artículo 63.- Medida disciplinaria

Art. 63

Es la acción administrativa de carácter transitorio que se aplica al personal por los motivos siguientes:

1) Sanción disciplinaria: Contemplada en la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú que se impone al personal.

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2) Insuficiencia disciplinaria: Se aplica al personal que haya obtenido una nota anual de disciplina menor o igual a 52 puntos.

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