Artículo 36 del Reglamento de la Ley 30714.- De la Inspectoría Macro Regional

[Régimen Disciplinario de la PNP] En virtud del Reglamento de la Ley 30714, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial al Reglamento del Régimen Disciplinario 30714, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. 36. De la Inspectoría Macro Regional.


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Artículo 36 del Reglamento de la Ley 30714.- De la Inspectoría Macro Regional

SUBCAPÍTULO III

Inspectorías Macro Regionales

Artículo 36. DE LA INSPECTORÍA MACRO REGIONAL 

Art. 36

 

36.1. La Inspectoría Macro Regional es el órgano de decisión del Sistema Disciplinario de la Policía Nacional del Perú conformado por personal policial, resuelve en segunda y definitiva instancia el recurso de apelación interpuesto contra la resolución que impone sanción por la comisión de infracción grave..

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36.2. Asumen competencia dentro de la circunscripción territorial local o nacional, que es determinada por resolución de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, a propuesta del Inspector General.

36.3. Depende orgánica y administrativamente del Director de Investigaciones de la Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú y tiene autonomía técnica y funcional en su condición de Órgano Disciplinario.

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