[Manuales PNP] Mediante la Disposición de Comando N° 0444-2020SCG-PNP/SEC, de fecha 16 de marzo de 2020, se aprobó el «Manual practico para el trabajo remoto» ⇒DESCARGA AQUÍ⇐
Lee también:
- D.L. 1267: Ley de la Policía Nacional del Perú [Actualizado]
- Reglamento del DL 1267 Ley de la PNP [DS Nº 026-2017-IN]
- DL 1149. Ley de la Carrera y Situación del Personal de la PNP [Actualizado 2025]
- Directiva de lineamientos para la formulación de dispositivos legales y documentos de la PNP [Directiva N°019-2021-COMGEN PNP-SECEJE-DIRPLAINS-DIVMDI]
MANUAL PRACTICO PARA EL TRABAJO REMOTO
DIVISIÓN DE SISTEMATIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN DE LA CARRERA POLICIAL Y ADMINISTRACION DE LEGAJOS DE LA DIRREHUM-PNP
Debido al incremento de casos por coronavirus (COVID-19) que ha ocasionado una pandemia mundial, en el Perú, se ha reportado igualmente el incremento exponencial de infectados por dicho virus; por ello, el presidente de la República, declaró Estado de Emergencia Nacional, que contempla el aislamiento social obligatorio de la ciudadanía, con el fin de evitar más contagios por el COVID-19.
En la Policía Nacional del Perú, existe un gran número de efectivos policiales, personal CAS, Empleados Civiles, que se encuentran con factor de riesgo laboral, según la Resolución N° 084-2020-MINSA y normas conexas, actos administrativos que disponen el aislamiento social obligatorio.
Con la finalidad de iniciar el Trabajo Remoto, se deberá identificar al personal policial con factores de riesgo y vulnerabilidad para infección por COVID – 19. considerando como factores de riesgo entre otros la Hipertensión Arterial, Enfermedades Cardiovasculares, Diabetes, Obesidad (conforme documento técnico emitido por el MINSA), Asma, Enfermedad Pulmonar Crónica, Insuficiencia Renal Crónica, Enfermedad o Tratamiento Inmunosupresor, Oncológicos, personal que tenga la condición de persona vulnerable, tales como, mayores de 65 años (al 31 de diciembre del presente año), mujeres gestantes o en periodo de lactancia y personas con alguna discapacidad, en relación con el COVID-19.
Por tal motivo, resulta necesario elaborar el Manual Práctico para el Trabajo Remoto con la finalidad que el personal policial con o sin factor de riesgo laboral, pueda iniciar trabajos administrativos virtuales en la Policía Nacional del Perú, para coadyuvar a cumplir con la función policial, identificando al personal policial a nivel nacional, que pueda desarrollar el Trabajo Remoto y se encuentren:
- Con aislamiento obligatorio, apto para efectuar Trabajo Remoto.
- Sin aislamiento obligatorio, apto para efectuar Trabajo Remoto.
- Con aislamiento obligatorio, imposibilitado de efectuar Trabajo Remoto.
INTRODUCCIÓN
La Dirección de Recursos Humanos dentro de su organización cuenta con la División de Sistematización de la Información de la Carrera Policial y Administración de Legajos – DIVSICPAL DIRREHUM PNP; unidad orgánica responsable de administrar el Sistema Integrado de Gestión de la Carrera del Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, sistematizando y digitalizando la información contenida en sus legajos y otros documentos de interés para la institución.
Mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA, que declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y dicta medidas de prevención y control del COVID-19, ampliada por el Decreto Supremo Nº 020-2020-SA, que prorroga la Emergencia Sanitaria al 07SET2020, se implementa el Manual Práctico para el Trabajo Remoto en la Policía Nacional del Perú, conforme al Decreto de Urgencia N. 026-2020, que señala que las entidades públicas no necesitan emitir ninguna regulación adicional, al existir un marco específico que prevé reglas especiales en materia de Trabajo Remoto frente al coronavirus (COVID-19), que incluye al régimen laboral de la actividad pública.
Encontrándonos en estado de emergencia sanitaria según lo establece el Decreto Supremo N 020-2020-SA, y al amparo del Decreto Supremo N 0262017-IN articulo 71 numeral 9 y en cumplimento a la Disposición de Comando N» 0444-2020-SCG-PNP/SEC y de acuerdo a lo dispuesto por el supremo gobierno se debe cumplir las normas vigentes que establece medidas temporales aplicables a las entidades públicas de manera excepcional y hasta el 31 de diciembre del 2020 que resulten pertinentes para evitar el riesgo de contagio de COVID 19.
A mayor abundamiento, mediante el Decreto Legislativo N° 1505, se establece medidas temporales excepcionales en materia de gestión de recursos humanos en el sector público ante la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19, autorizando a las entidades públicas de manera excepcional y hasta el 31 de diciembre de 2020, la implementación del Trabajo Remoto, en los casos que fuera posible. Asimismo, se autorizó establecer modalidades mixtas para realizar la labor alternando días de Trabajo Presencial con días de Trabajo Remoló, autorizando además a que las entidades, hasta el 31 de diciembre de 2020, puedan asignar nuevas funciones o variar las ya asignadas a sus servidores.
A partir del 16 de marzo del 2020, se encuentra inserto en el Sistema de Gestión de la Carrea Policial – DIRREHUM PNP el Manual Práctico del Trabajo Remoto actualizado a la fecha en V6, manual que constituye una guía vinculante para la correcta aplicación de las normas y procedimientos establecidos por la PNP, en ese sentido y con la finalidad de regularizar las laborales de todos los actores de la PNP e integrar con rapidez y precisión al personal que se incorporará al Trabajo
Remoto se ordenó mediante Disposición de Comando N° 0444-2020SCG-PNP/SEC del 04JUN2020 MUY URGENTE ACCION INMEDIATA, la conformación de la comisión responsable presidida y bajo responsabilidad del infrascrito, formular, desarrollar, aprobar y actualizar el Manual Práctico para el Trabajo Remoto.
Este Manual Práctico para el Trabajo Remoto incluye también las medidas de seguridad y salud que deben informarse al trabajador/a, a fin que las observe durante el desarrollo del trabajo remoto, conforme a lo establecido por el Decreto de Urgencia N.º 026-2020, que prescribe diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional.
MANUAL PRACTICO PARA EL TRABAJO REMOTO
I. OBJETIVOS
Cumplir con las normas vigentes dispuestas por el supremo gobierno, que establecen las medidas temporales excepcionales aplicables a las entidades públicas hasta el 31 de diciembre de 2020, que resulten pertinentes para evitar el riesgo de contagio de COVID-19 e implementar el Trabajo Remoto.
Establecer lineamientos que permitan fortalecer la seguridad, así como evitar la vulnerabilidad digital del Trabajo Remoto en la PNP conforme la regulación vigente tanto para el Trabajo Remoto como para el Gobierno Digital.
Unificar las actividades laborales de todos los servidores de la PNP, que intervienen en el Trabajo Remoto.
Integrar con rapidez y precisión, al personal que se incorporará al Trabajo Remoto.
II. ALCANCE
El Manual Práctico Para El Trabajo Remoto, mantendrá vigencia hasta el 31 de diciembre del 2020 y es de aplicación para todo el personal de la Policía Nacional del Perú, servidores civiles y trabajadores bajo el régimen CAS manteniendo su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020.
III. BASE LEGAL
1. Constitución Política del Perú. [Clic aquí]
2. Ley Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú. [Clic aquí]
3. Ley Nº 30714, Ley de Régimen Disciplinario. [Clic aquí]
4. Decreto Legislativo N. 1156. Dictan medidas destinadas a garantizar el servicio público de salud en los casos que exista un riesgo elevado o daño a la salud y la vida de las poblaciones.
5. Decreto Legislativo N.» 1412, Aprueba la Ley de Gobierno Digital.
6. Ley Nº 27269, de Firmas y Certificados Digitales.
7. Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
8. Decreto Legislativo N° 1505 que establece medidas temporales excepcionales en materia de gestión de recursos humanos y en el sector público ante la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19.
9. Decreto Legislativo N° 1175, Ley de Régimen de Salud de la Policía Nacional del Perú. [Clic aquí]
10. Decreto Legislativo N° 1458, para sancionar el incumplimiento de las disposiciones emitidas durante la emergencia sanitaria a nivel nacional y demás normas emitidas para proteger la vida y la salud de la población por el contagio del COVID-19.
11. Decreto Supremo N. 026-2017-IN, Reglamento de la Ley de la Policía Nacional del Perú. [Clic aquí]
12. Decreto Supremo N.º 16-2017-IN, Reglamento de la Ley de la Carrera de la PNP. [Clic aquí]
13. Decreto Supremo N.º 003-2020-IN, Reglamento de la Ley de Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú. [Clic aquí]
14. Decreto Supremo N.º 010-2020-TR, Que desarrolla disposiciones para el sector privado sobre el Trabajo Remoto.
15. Decreto Supremo N. 008-2020-SA, Que declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y dicta medidas de prevención y control del COVID-19.
16. Decreto Supremo N° 020-2020-SA que prorroga la Emergencia Sanitaria declarada por Decreto Supremo N» 008-2020-SA
17. Decreto Supremo N.° 044-2020-PCM, Que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la nación a consecuencia del brote del COVID-19.
18. Decreto Supremo N.º 051-2020-PCM, Prórroga del Estado de Emergencia Nacional.
19. Decreto Supremo N° 061-2020-PCM, que modifica el articulo 3 del Decreto Supremo N 051-2020-PCM, que prorroga el Estado de Emergencia Nacional declarado mediante Decreto Supremo N» 0442020-PCM, por las graves circunstancias que afectan la vida de la nación a consecuencia del COVID-19.
20. Decreto Supremo N° 064-2020-PCM, que prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la nación a consecuencia del COVID-19 y dicta otras medidas.
21. Decreto Supremo N° 075-2020-PCM, Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19.
22. Decreto Supremo N° 083-2020-PCM, Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19 y establece otras disposiciones. 23. Fe de Erratas D.S N° 083-2020-PCM
24. Decreto Supremo N° 003-2015-IN, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1175 Ley del Régimen de Salud de la Policía Nacional del Perú.
25. Decreto Supremo N° 094-2020-PCM, Decreto Supremo que establece las medidas que debe observar la ciudadanía hacia una nueva convivencia social y prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves. circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19.
26. Decreto Supremo N 006-2020-IN que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1458, para sancionar el incumplimiento de las disposiciones emitidas durante la emergencia sanitaria a nivel nacional y demás normas emitidas para proteger la vida y la salud de la población por el contagio del COVID-19.
27. Decreto Supremo N.º 050-2018-PCM Aprueban la definición de Seguridad.
28. Decreto de Urgencia N.º 007-2020, Aprueba el Marco de Confianza Digital y dispone medidas para su fortalecimiento.
29. Decreto de Urgencia N. 025-2020, Que dicta medidas urgentes y excepcionales destinadas a reforzar el sistema de vigilancia, respuesta sanitaria frente al COVID-19 en el territorio nacional.
30. Decreto de Urgencia N. 026-2020, Que establece diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del coronavirus (covid-19) en el territorio nacional.
31. Decreto de Urgencia N.º 029-2020, Dictan medidas complementarias destinadas al financiamiento de la micro y pequeña empresa y otras medidas para la reducción del impacto del covid-19 en la economía peruana.
32. Resolución Ministerial N» 193-2020/MINSA, Aprueban el Documento Técnico: Prevención, Diagnóstico y Tratamiento de personas afectadas por COVID-19 en el Perú.
33. Resolución Ministerial N° 239-2020-MINSA, aprueban el Documento Técnico denominado «Lineamientos para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo a exposición del COVID-19»
34. Resolución Ministerial N° 265-2020-MINSA, que modifica el Documento Técnico Lineamientos para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo a exposición del COVID-19″, aprobado por Resolución Ministerial N 239-2020-MINSA.
35. Resolución Ministerial N° 270-2020/MINSA que Modifica el Documento Técnico: Prevención, Diagnóstico y Tratamiento de personas afectadas par COVID-19 en el Perú.
36. Resolución Ministerial N» 283-2020-MINSA, que modifica el Documento Técnico: «Lineamientos para la Vigilancia, Prevención y Control de la Salud de los Trabajadores con Riesgo de Exposición a COVID-19».
37. Resolución Ministerial N.° 055-2020-TR Guía para la prevención del Coronavirus en el ámbito Nacional.
38. Resolución Ministerial. N.º 039-2020/MINSA, Documento Técnico «Plan Nacional de preparación y respuesta frente al riesgo de introducción del COVID-19»
39. Resolución Ministerial N.º 084-2020-MINSA, Que aprueba el Documento Técnico de atención y manejo clínico de casos de COVID-19 (coronavirus). Escenario de Transmisión Focalizada, que forma parte integrante de la Resolución Ministerial.
40. Resolución Ministerial N. 042-2018-IN. Política General de Seguridad de la información del Ministerio del Interior.
41. Resolución Ministerial Nº 276-2019-IN. Sistema de Gestión de Seguridad de la Información en el MININTER.
42. Resolución Ministerial N» 117-2020-MINSA que aprueba la Directiva para la Implementación y desarrollo de los servicios de telemedicina sincrónica y asincrónica
43. Política de seguridad de la información DIRTIC-PNP.
44. Resolución de Presidencia Ejecutiva 39-2020-Servir-Pe
45. Memorándum Múltiple N° 58-2020-COMGEN-PNP/SEC-EQUASINM del 28MAY2020
46. Memorándum Múltiple N° 60-2020-COMGEN-PNP/SEC-EQUASINM del 05JUN2020
47. Memorándum Múltiple N 60-A-2020-COMGEN-PNP/SEC-EQUASINM del 05JUN2020
48. Disposición de Comando N° 0444-2020-SCG-PNP/SEC del 04JUN2020 MUY URGENTE-ACCION INMEDIATA.
IV. DEFINICIONES
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- Canales de Comunicación:
Se entiende como canal de comunicación, a los medios a través de los cuales, la PNP interactúa con su personal, que podrá ser a través de: Correo electrónico, personal o institucional, video llamada, llamada telefónica, chats o mensajería instantánea.
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- Formas de Trabajo:
Trabajo Remoto, Trabajo Presencial o Trabajo en modalidad mixta.
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- Residencia Habitual:
Lugar donde se realiza el Trabajo Remoto.
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- Compensaciones:
extensión del horario regular de trabajo, conforme a la normatividad vigente.
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- Acceso Remoto:
Es el acto de conectarse a servicios, aplicaciones o datos de Ti desde una ubicación distinta a la sede central o una ubicación más cercana al centro de datos. Esta conexión permite a los usuarios acceder a una red o una computadora de forma remota a través de una conexión a Internet o telecomunicaciones.
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- Amenazas Cibernéticas.
Inminente peligro de incidente, ataque o accesos no autorizados a nuestros sistemas, alta probabilidad de ser victimas de la ciberdelincuencia, debido al incremento del uso de la tecnología.
Archivo Electrónico.
Es una herramienta que permite almacenar de forma electrónica los documentos de la entidad para garantizar su disponibilidad, legibilidad, seguridad y accesibilidad en el tiempo.
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- Certificado Digital o Certificado Electrónico
Es un fichero informático firmado electrónicamente por un prestador de servicios de certificación, debidamente autorizado, considerado por otras entidades como una autoridad para este tipo de contenido, que vincula unos datos de verificación de firma a un firmante, de forma que únicamente puede firmar este firmante, y confirma su identidad. Tiene una estructura de datos que contiene información sobre la entidad (por ejemplo, una clave pública, una identidad o un conjunto de privilegios).
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- Datacenters.
Centro de procesamiento de datos o bien proceso de datos (CPD) (en inglés: data center o data centre) al espacio donde se concentran los recursos necesarios para el procesamiento de la información de una organización.
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- Digitalización de Documentos.
La digitalización de documentos es un proceso tecnológico que permite, mediante la aplicación de técnicas fotoeléctricas o de escáner, convertir la imagen contenida en un documento en formato papel a un formato digital.
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- Entidad Pública:
Es aquella descrita en el Artículo I del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N» 004-2019-JUS.
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- Geolocalización.
Es la capacidad para obtener la ubicación geográfica real de un objeto, como un radar, un teléfono móvil o un ordenador conectado a Internet.
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- Google Drive:
Es un servicio de almacenamiento de archivos en la nube y sincronización de estos con otros dispositivos donde se tenga instalada la herramienta (Google Drive), es decir, los recursos están disponibles no solo en el computador donde fueron creados o guardados, sino también en la web.
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- Herramienta de filtrado.
Un sistema de filtrado de información (Information filtering system en inglés), es un sistema que remueve la información redundante o no deseada de un flujo de información utilizando métodos semiautomáticos o computarizados previo a la presentación de la información al usuario.
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- Herramientas Tecnológicas.
Son programas o aplicaciones para facilitar el trabajo y permitir que los recursos sean aplicados eficientemente intercambiando información y conocimiento dentro y fuera de las organizaciones.
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- Intranet.
Es un sistema de red privado que permite compartir recursos entre sus miembros.
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- IPS
Un sistema de prevención de intrusos (o por sus siglas en inglés IPS), es un software que ejerce el control de acceso en una red informática para proteger a los sistemas computacionales de ataques y abusos.
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- PNP
Policía Nacional del Perú.
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- Servidor/a
Es la persona que mantiene un vinculo laboral con la PNP.
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- Servir
Es la Autoridad Nacional del Servicio Civil, organismo técnico especializado rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado, que tiene como finalidad contribuir a la mejora continua de la administración del Estado a través del fortalecimiento del servicio civil.
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- Supervisor/a.
Encargado/a de realizar las coordinaciones y supervisiones directas con los/las trabajadores/as remotos/as. Recae en el/la jefe/a inmediato/a del/la los/las trabajadores/as remotos/as y, es designado por el la jefe/a del órgano o unidad orgánica.
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- Tecnológicas de Información y Comunicaciones (TIC):
Es el conjunto de recursos, herramientas, equipos, programas informáticos, aplicaciones, redes y medios que permiten la compilación, procesamiento, almacenamiento y transmisión de información, como audio, datos, texto, vídeo e imágenes.
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- Trabajador/a Remoto/a:
Es el trabajador/a, que realiza su labor sin presencia física en las instalaciones de la PNP, ejecutándola a través de medios informáticos, de telecomunicaciones y análogos, mediante los cuales, a su vez, se ejerce el control y la supervisión de las labores.
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- Titular de Entidad:
Es la máxima autoridad administrativa de la PNP
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- Seguridad de la Información:
Es el conjunto de medidas preventivas y reactivas de las organizaciones y sistemas tecnológicos que permiten resguardar y proteger la información buscando mantener la confidencialidad, la disponibilidad e integridad de datos.
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- Software de prevención de intrusos:
Un sistema de prevención de intrusos (o por sus siglas en inglés IPS) es un software que ejerce el control de acceso en una red informática para proteger a los sistemas computacionales de ataques y abusos. La tecnología de prevención de intrusos es considerada por algunos como una extensión de los sistemas de detección de intrusos (IDS), pero en realidad es otro tipo de control de acceso, más cercano a las tecnologías cortafuegos.
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- Túneles de seguros (SSH):
Se conoce como túnel o tunneling a la técnica que consiste en encapsular un protocolo de red sobre otro (protocolo de red encapsulador) creando un túnel de información dentro de una red de computadoras. El uso de esta técnica persigue diferentes objetivos, dependiendo del problema que se esté tratando, como por ejemplo la comunicación de islas en escenarios multicast, la redirección de tráfico, etc.
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- VPN:
VPN significa Virtual Private Network, red privada virtual en español. Una red privada virtual te da un mayor nivel de protección y privacidad cuando navegas por Intemet, ya sea desde casa o desde fuera.
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- Vulnerabilidad:
En términos de informática es una debilidad o fallo en un sistema de información que pone en riesgo la seguridad de la información pudiendo permitir que un atacante pueda comprometer la integridad, disponibilidad o. confidencialidad de la misma, por lo que es necesario encontrarlas y eliminarlas.
V. COOPERACION LABORAL
La Comisión responsable de formular, desarrollar aprobar y actualizar, el Manual Práctico del Trabajo Remoto, contó con el apoyo de la Policía Nacional de Colombia, AMERIPOL, la Unidad de Investigación Criminal de la Defensa UID de Colombia y las Consultoras abogadas Marcela Robles y Vázquez y Martha Tirado Vázquez.
VI. DISPOSICIONES GENERALES
Definición de Trabajo Remoto
El Trabajo Remoto se conceptúa como la prestación de servicios subordinados, desde el domicilio o lugar de aislamiento domiciliario, del personal policial o servidor/a civil, utilizando cualquier medio o mecanismo que posibilite realizar las labores fuera del lugar habitual de la prestación laboral, siempre que la naturaleza de las labores lo permita.
El Trabajo Remoto no se limita a las labores que puedan ser prestadas mediante medios informáticos, de telecomunicaciones o análogos, sino que se extiende a cualquier tipo de labor que no requiera la presencia física del servidor/a en la entidad.
Por ello la telemedicina es una modalidad de trabajo remoto, prestación a distancia de servicios clínicos de salud por personal de la sanidad PNP, gracias a la infraestructura de telecomunicaciones a través de TICs, buscando mejorar la salud, permitiendo la comunicación interactiva en tiempo real entre el paciente y el médico o profesional a distancia
Los efectivos policiales que realicen el servicio de seguridad o vigilancia no podrán realizar Trabajo Remoto, al ser el desarrollo de dicha función, de carácter presencial
Identificación de los Servidores
El Trabajo Remoto es compatible con el Trabajo Presencial, por ello, la unidad de la Policía Nacional del Perú, determinará el grupo de servidores/as que realizaran Trabajo Remoto de manera integral o bajo modalidades mixtas de prestación del servicio.
Para efectuar dicha identificación, se toma en cuenta la pertenencia del/de la servidor/a al grupo de riesgo, o quienes no pertenecen al grupo de riesgo, las funciones o naturaleza de su puesto y las disposiciones que emita la autoridad sanitaria nacional.
Dando cumplimiento a las normas vinculantes y priorizando el Trabajo Remoto, como una modalidad laboral extraordinaria y temporal, está, es aplicable a todo el personal que labora en la Policía Nacional del Perú, personal policial, servidores civiles comprendidos en el DL. N° 276, DL. N° 728 y CAS, sin factor de riesgo laboral, con factor de riesgo laboral y con aislamiento obligatorio, exceptuándose a personal que fuera aislado por diagnostico o sospecha del COVID-19.
Se debe identificar a los/las servidores/as, del grupo de riesgo en razón a la edad, así como a los factores clínicos a que se contrae el documento técnico denominado «Atención y Manejo Clínico de casos de COVID-19 – Escenario de Transmisión Focalizada», aprobado por Resolución Ministerial N 0842020-MINSA y sus modificatorias, los que son:
a. Sin aislamiento obligatorio apto para efectuar Trabajo Remoto
1. Personal Policial.
2. Servidores Civiles (D. L. N.º 276, D. L. N. 728, CAS).
b. Con aislamiento obligatorio apto para efectuar Trabajo Remoto
1. Personal Policial,
2. Servidores Civiles (D. L. N.º 276, D. L. N.º 728, CAS).
c. Con aislamiento obligatorio, imposibilitado de efectuar Trabajo Remoto. Se debe identificar al personal que estando dentro del grupo de riesgo indicados en el precedente, no es posible por razón de la función, que realicen el trabajo de manera remota.
1. Personal Policial.
2. Servidores Civiles (D. L. N.° 276, D. L. N. 728, CAS), a quienes se les otorgará licencia con goce de haber, sujeta a posterior compensación, de ser el caso.
La Policía Nacional del Perú, en su condición de empleador, podrá optar por la variación excepcional de funciones del/de la servidor/a regulada por la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1505, que establece medidas temporales excepcionales en materia de gestión de recursos humanos en el sector público ante la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19, con el fin de posibilitar que el/la servidor/a realice trabajo remoto. Esta situación será comunicada allá la servidor/a por la Oficina de Recursos Humanos, o la que haga sus veces.
El Trabajo Remoto es homologable al servicio policial que realiza el personal policial.
No constituye limitante para participar en los procesos o procedimientos de ascensos o concursos en la Policía Nacional del Perú.
Los factores de riesgo laboral, calificados así por emergencia sanitaria, que tienen características de temporales y excepcionales no pueden ser limitantes para quienes la poseen en el ejercicio de sus derechos.
Jornada Laboral
La jornada laboral remota, importa el cumplimiento del horario, durante el cual, el servidor/a realiza las labores encomendadas, contando con su disponibilidad para las coordinaciones a que hubiere lugar.
Durante la jornada laboral se podrá hacer uso de pausas activas que son breves descansos durante el desarrollo de las labores, que sirven para recuperar energía, mejorar el desempeño y eficiencia en el trabajo, a través de diferentes técnicas y ejercicios que ayudan a reducir la fatiga laboral, trastornos osteomusculares y prevenir el estrés.
Para el Trabajo Remoto en la PNP se efectuarán dos (02) pausas, la primera en la mañana y la segunda en la tarde, la misma que será en las horas que decida el trabajador.
Lugar de Trabajo
El Trabajo Remoto puede ser realizado en la residencia habitual u otro lugar en que se encuentre el efectivo policial como medida de aislamiento social obligatorio.
Cualquier variación debe ser comunicada por el efectivo PNP al Área de Recursos Humanos de su respectiva Unidad Policial y a su Jefe de Unidad. Naturaleza del Trabajo Remoto
El Trabajo Remoto no afecta la naturaleza del vinculo laboral, la remuneración y condiciones económicas de quienes lo realizan.
Canales de Comunicación
El efectivo PNP y su Jefe de Unidad deben acordar el momento y el canal de comunicación a través del cual se realizarán las coordinaciones, durante la jomada de trabajo, salvo casos de urgencia o cuando la naturaleza de las actividades no lo permita.
Son canales de comunicación: correo electrónico institucional o personal, video llamada, llamada telefónica, chats o mensajería instantánea. A falta de acuerdo, el Jefe de Unidad elige entre correo electrónico, llamada telefónica o mensaje de texto.
El efectivo PNP está obligado a mantener sus canales de comunicación en horas de jornada laboral accesibles al Jefe de Unidad para facilitar la comunicación.
El Jefe de Unidad deberá monitorear el trabajo remoto, contando con un criterio de cumplimiento que sea observable y medible.
El trabajo remoto que se realice de manera deficiente o incurriendo en graves negligencias, deberán ser informados por el jefe de Unidad inmediato a las Oficinas de Disciplina de su respectiva Unidad y a la Inspectoría General PNP según corresponda.
VII. FORMAS DE PRESTACIÓN LABORAL
Durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria, la prestación de servicios en la PNP podrá desarrollarse de la siguiente manera:
a) Trabajo Remoto:
Requerimientos tecnológicos
Una PC (computadora) o laptop personal con las características siguientes:
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- Sistema Operativo Windows 7, 8, 8.1 y 10 o Mac OS como mínimo actualizados.
- Procesador de 2 núcleos con 1.2 gigahercio (GHz) como mínimo.
- 1 GB de RAM (32 bits) como mínimo.
- Programa antivirus actualizado.
- Conexión a internet para sistemas web de al menos 15 Mbps.
- Se recomienda que las conexiones a internet sean por medio físico (ADSL, HFC).
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Los equipos y medios informáticos, de telecomunicaciones y análogos (internet, telefonía u otros), pueden ser proporcionados por la unidad policial o el/la servidor/a según sea el caso.
De acuerdo al D.S. Nº 094-2020-PCM, en el caso de las personas en grupos de riesgo que laboran, se prioriza su prestación de servicios bajo la modalidad de trabajo remoto, y en caso deseen voluntariamente concurrir a trabajar o prestar servicios en las actividades autorizadas, deberán suscribir la Declaración Jurada a que se refiere la Resolución Ministerial N° 099-2020-TR. (ANEXO 3)
b) Trabajo Presencial
Es el trabajo que realizan los efectivos PNP, servidor/ra Civil y el personal CAS con presencia física en su centro de labores, debido a que, la naturaleza de las funciones exige su concurrencia.
El trabajo presencial se reducirá al mínimo indispensable, conforme lo establece la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia No. 026-2020.
c) Forma Mixta
Durante el periodo de Emergencia Sanitaria por excepción, cuando sea necesario cumplir con las funciones de los órganos jurisdiccionales y/o administrativos podrá requerirse que la prestación de servicios por parte de efectivos PNP. Empleado Civil y CAS se realice de forma alternada entre Trabajo Remoto y Trabajo Presencial: en este último supuesto, se debe observar cumplimiento estricto del protocolo establecido para evitar el contagio del COVID19.
d) APLICABLE AL PERSONAL DEL DEPARTAMENTO DE SISTEMATIZACION DE LA INFORMACIÓN DE LA CARRERA POLICIAL DE LA DIVSICPAL – DIRREHUM – PNP.
La unidad policial debe brindar todas las facilidades necesarias para el acceso del servidor a sistemas, plataformas, o aplicativos informáticos necesarios para el desarrollo de sus funciones cuando corresponda y tenga los privilegios necesarios, otorgando las instrucciones necesarias para su adecuada utilización, así como las reglas de confidencialidad y protección de datos que resulten aplicables.
El personal de labora en el DEPSICP en el área de Desarrollo y Gestión de Proyectos, podrán efectuar sus labores bajo la modalidad excepcional de trabajo remoto o mixto, que comprende 4 actividades:
1. Soporte Técnico-Funcional de Software. Para Personal de DEPSICP
Los requerimientos son recibidos sin mediar necesariamente alguna programación, siendo atendidos inmediatamente. La medición de esta tarea se realiza en función al número de atenciones, que se clasifican de la manera siguiente:
a. Cantidad de Mantenimientos realizados a los sitios web de la DIRREHUM PNP-DIVSICPAL.
b. Cantidad de Mantenimientos solicitados a los sistemas de información administrativos.
c. Cantidad de Certificados Digitales
La medición de esta tarea es mediante nuestra herramienta de soporte GLPI, la cual, registra los requerimientos del Usuario y señala a quien se le deriva el requerimiento para su atención, en la actualidad se viene midiendo mensualmente en base a los 3 criterios señalados.
2. Mantenimiento de Software Desarrollado (Por Proyectos /Por Actividades).
En base a las necesidades y requerimientos del área usuaria, el personal técnico especializado realizará los mantenimientos de los aplicativos informáticos desarrollados. El mismo que será realizado conectándose vía VPN, generando un túnel de seguridad informática, en coordinación con el administrador de base de datos del centro de datos de la DIRREHUM-PNP.
3. Desarrollo de Nuevas Herramientas de Software (por proyectos)
Las necesidades de las áreas usuarias, se convierten en requerimientos de Desarrollo de Software los cuales, son documentos virtuales, según el alcance son dimensionados en el tiempo en función de lo cual se le asignan recursos (personas), lo que le es informada al área usuaria, quedando registrado los participantes en el proyecto y cuanto demorará en su desarrollo (por tarea inclusive).
Con esta información, se puede determinar en una ventana de tiempo específica, las tareas realizadas por cada persona del área, según las tareas realizadas en los diferentes proyectos donde participó.
En todos los casos se establecen los requisitos tecnológicos y los canales de comunicación. Para desarrollar nuestras actividades se deberá contar con los siguientes requisitos tecnológicos mínimos y los siguientes canales de comunicación:
i. Acceso al servicio de VPN de la DIRREHUM PNP-DIVSICPAL de ser el caso.
ii. Acceso al correo electrónico Institucional de la DIRREHUM PNP -DIVSICPAL para interactuar con los usuarios.
iii. Acceso a mecanismos de coordinación y colaboración para la comunicación (Software libre: WhatsApp. Hangouts, Zoom, etc.).
iv. Los documentos entre la secretaria y los departamentos. La tramitología de los documentos entre la secretaria y los departamentos de la DIVSICPAL se hará digitalmente en formato PDF y su validación con a través firma electrónica
4. Establecer Plazos para el Desarrollo, así como cumplimiento de las labores.
Cada jefe envía por correo las tareas, el tiempo en que deben ser desarrolladas, la forma de enviar el producto, que será a través del correo electrónico del departamento, asumiendo cada jefe la responsabilidad del cumplimiento, al margen de la responsabilidad por el incumplimiento del trabajo encomendado y se establece el mecanismo de supervisión de la labor encomendada.
La supervisión, será realizada a través de Screenshot Monitor, donde la DIRREHUM PNP – DIVSICPAL brindará el apoyo remoto a los servidores /as, responsables del monitorio de las labores realizadas bajo la modalidad que nos ocupa.
Poner a disposición del servidor los elementos técnicos necesarios para el desarrollo de la actividad.
VIII. USO Y CUSTODIA DE LOS RECURSOS
El Trabajo Remoto conforme a la naturaleza de la labor, factibilidad técnica y recursos (software -hardware), se desarrolla con bienes que pueden ser proporcionados a los efectivos PNP y el personal CAS. En el caso que los equipos informáticos sean proporcionados en calidad de préstamo por la PNP, los efectivos policiales y el personal CAS asumen los riesgos de pérdida o deterioro; asimismo, utilizar el bien para uso exclusivo de la labor encomendada; en contraprestación a los trabajadores/ras, que asume el costo de energía eléctrica y/o internet, para el funcionamiento del equipo informático proporcionado.
En caso de realizarse el préstamo del equipo este debe ser bajo las condiciones y protocolos establecidos por el área de logística de cada Unidad PNP.
IX. OBLIGACIONES Y DERECHOS DERIVADAS DEL TRABAJO REMOTO
Obligaciones del trabajador en forma remota
Son obligaciones de los prestadores del servicio remoto:
a) Cumplir con la normativa de la seguridad y salud en el trabajo informada por la entidad.
b) Cumplir con la normativa sobre seguridad de la información, protección, confidencialidad de los datos, guardar confidencialidad de la información proporcionada por la institución.
c) Estar disponible durante la jornada laboral vigente en la Institución Policial, para las coordinaciones de carácter laboral necesario de la prestación del servicio.
d) Mantener abiertos y estables los canales de comunicación acordados durante el horario de la jornada laboral.
e) Atender en forma inmediata o en el tiempo acordado los requerimientos y tareas asignadas por el jefe inmediato.
f) Cumplir con la prestación del servicio, el encargo, en el plazo señalado por el jefe inmediato.
g) Custodiar y conservar la documentación física o digital utilizada en su labor, comunicando de cualquier deterioro o pérdida de ellos a los organismos de administración y control de la institución para las acciones respectivas, bajo responsabilidad funcional.
h) Custodiar y dar el uso correcto a los bienes asignados para la realización del trabajo remoto.
i) Informar del cumplimiento de las tareas asignadas a su Jefe de Unidad.
Derechos del trabajador en forma remota
Son derechos de los prestadores del servicio remoto:
a) No se afecte su remuneración ni las condiciones económicas que venía percibiendo con su trabajo presencial.
b) De ser el caso y la factibilidad se podrá apoyar de los equipos para la realización del trabajo remoto.
c) Evitar que la prestación del trabajo remoto implique el alterar el cuidado personal, psicológico o entorno familiar con situaciones de conexión
d) Recibir inducción y capacitación para la realización del trabajo remoto.
e) Recibir con claridad los lineamientos e indicaciones para la realización de las tareas asignadas.
Dentro de este contexto, la unidad policial, a fin de viabilizar la implementación del trabajo remoto, desarrolla las acciones siguientes:
1. Define las actividades que serán desarrolladas mediante el Trabajo Remoto. Cada una de las unidades policiales, asigna al personal sujeto desempeño del Trabajo Remoto y establece las labores a realizar durante la vigencia del mismo.
2. Determina la actividad que puede ser desarrollada fuera del centro de labores.
3. Valora si la actividad no requiere contacto presencial con los/as demás servidores/as del Departamento, ni de los usuarios externos.
4. Prevé que la ejecución de la actividad fuera de la oficina no ponga en riesgo la seguridad de la información que se maneja en base a las políticas de seguridad de la información.
Efectúa el seguimiento o el cumplimiento de la actividad por medios electrónicos.
Determinados los servidores/as, que estarán sujetos a esta modalidad laboral, se les comunicará vía correo electrónico oficial, o particular, indicándole además sus obligaciones, así como las de la unidad policial, que son las contenidas en el presente documento, que le será remitido como anexo acompañando la comunicación antes indicada, cuyo acuse de recepción se realizará con la verificación de la remisión a los medios antes indicados.
X. DE LAS OBLIGACIONES DE LA PNP
1. Respeta la naturaleza del vinculo laboral, la remuneración, y demás condiciones económicas salvo aquellas que por su naturaleza se encuentren necesariamente vinculadas a la asistencia al centro de trabajo.
2. El horario de Trabajo Remoto, para efecto de realizar las labores asignadas a los/as servidores/as, es de acuerdo a lo que establezca cada unidad policial
3. De manera excepcional y hasta el 31 de diciembre de 2020, se autoriza a las unidades policiales implementar las medidas temporales excepcionales que resulten pertinentes para evitar el riesgo de contagio de COVID-19 y la protección del personal a su cargo, dichas medidas pueden consistir, sin limitarse a estas y sin trasgredir la finalidad del DL. 1505 en realizar Trabajo Remoto en los casos que fuera posible.
4. Establecer modalidades mixtas de prestación del servicio, alternando días de prestación de servicios presenciales con días de trabajo remoto.
5. Podrá reducir la jornada laboral si fuera el caso.
6. Podrá modificar el horario de trabajo.
7. Podrá establecer turnos de asistencia al centro laboral, en combinación con el trabajo remoto, en los casos que fuera posible; sin perjuicio de lo anterior, las unidades policiales deben prever que las medidas temporales excepcionales no colisionen con aquellas que se encuentran vigentes en la entidad y que, por su naturaleza, tengan la misma finalidad, de modo tal que no supongan una desnaturalización de estas últimas o las conviertan en incrementos remunerativos.
8. Podrá modificar de manera extraordinaria la jornada laboral, en atención a las necesidades que de la cuarentena se pueden presentar.
9. Verifica a través del oficial de la Seguridad de la Información de la PNP que las unidades policiales pongan en práctica la confidencialidad, disponibilidad e integridad en las comunicaciones.
10. Verifica a través del Oficial de la Seguridad de la Información de la PNP que las unidades policiales difundan a los/las trabajadores/as remotos/as la RM N° 042-2018-IN Política General de Seguridad de la información del Ministerio del Interior, la RM N 276-2019-IN Sistema de Gestión de Seguridad de la Información y las Políticas de Seguridad de la Información de la PNP
11. Recomienda de ser el caso, a través del Oficial de la Seguridad de la Información que las unidades policiales suscriban acuerdos de confidencialidad con los trabajadores que efectúan trabajos remotos.
XI. SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO REMOTO
La Unidad Policial Informará al servidor/a sobre las medidas y condiciones de seguridad y salud en el trabajo que deben observarse durante el desarrollo del trabajo remoto, teniendo en consideración que el trabajo será realizado desde una computadora que sea fija o portátil; deberá tener en cuenta el cumplimiento de la normativa sobre seguridad y salud en el trabajo y seguir las siguientes recomendaciones en resguardo de su salud, como:
1. Adaptar el entorno, la iluminación, los muebles, la organización, la postura y las condiciones y hábitos de acuerdo con sus características físicas para lograr la posición que le resulte más cómoda, con el fin de reducir al mínimo la fatiga y las molestias y disminuir el riesgo de sufrir tensiones que incluso pueden provocar lesiones.
2. Por lo menos 2 de las 8 horas laborales, debe estar en distinta posición.
3. Debe utilizar la silla para apoyar totalmente el cuerpo, distribuir su peso de manera uniforme y usar todo el asiento y el respaldo para apoyar su cuerpo, si su silla tiene un soporte lumbar ajustable es aconsejable que alinee los contornos del respaldo de la silla con la curva natural de la parte inferior de la columna vertebral.
4. Al utilizar el teclado o el mouse es recomendable que mantenga las manos, las muñecas y los antebrazos en una posición neutra, cómoda y paralela al plano de la mesa.
5. Cuidar la vista, descansando con frecuencia, alejándola del monitor y mirando hacia un punto distante, aprovechando para estirarse, respirar profundamente y relajarse.
6. La ubicación del monitor debe permitirle mantener la cabeza en una posición equilibrada y cómoda respecto a los hombros. No tendría que doblar el cuello hacia delante de manera incómoda o hacia atrás en ningún momento.
7. Dedicar un momento a eliminar el brillo y los reflejos.
8. Si el brillo es un problema, considere estas medidas:
a. Traslade el monitor a un lugar donde no haya brillo ni reflejos.
b. Apague todas o algunas de las luces del techo y use iluminación localizada (una o más lámparas ajustables) para realizar su trabajo.
c. Coloque el teclado directamente frente a usted para evitar torcer el cuello y el torso; de esta manera podrá escribir con los hombros relajados y brazos sueltos de manera cómoda. Si usa el teclado de la altura del codo debe coincidir prácticamente con la de la hilera del medio del teclado ajuste la elevación del teclado de modo que los antebrazos, las muñecas y las manos se encuentran en una posición neutra y cómoda.
d. En el caso de las computadoras portátiles, haga caso de las señales de su cuerpo para efecto de la variación de la postura corporal o la ubicación de la misma.
e. Cuando se trabaja con una computadora portátil, mantenga los hombros y el cuello relajados, y la cabeza en una posición equilibrada respecto a los hombros.
f. Altura del asiento: la altura de los codos debe coincidir prácticamente con la hilera del medio del teclado. Debe poder
apoyar los pies firmemente al suelo.
Se debe tener presente en todo momento que el Trabajo Remoto requiere de internet y de una computadora de escritorio o portátil, para la comunicación con las diferentes unidades por lo que, para implementar este item, la PNP, deberá realizar las acciones siguientes:
i. Verificar que el personal que desarrolle el trabajo remoto, lenga el servicio de internet que necesite para la realización del Trabajo Remoto.
ii. Evaluar de ser el caso la entrega de equipos por parte de la PNP al servidor a fin de determinar que unidad policial la afectara, de contar con disponibilidad de equipos.
iii. El servidor suscribirá la Constancia de Entrega del Equipo asignado, asumiendo la responsabilidad de la perdida, deterioro o cualquier contingencia que impida la devolución del bien en las mismas condiciones en la que le fuera entregado.
XII. PROCEDIMIENTO TECNOLOGICO
A. Antes de implementar el Trabajo Remoto
i. Documentar políticas y procedimientos del Trabajo Remoto.
ii. Seleccionar a las personas adecuadas para el trabajo.
iii. Analizar la Infraestructura Tecnológica del trabajador.
iv. Analizar los Procesos de administración para el uso de herramientas.
v. Analizar Disponibilidad de Mesa de ayuda para trabajadores remotos.
vi. Analizar la Seguridad de la red y políticas de seguridad de la información.
vii. Analizar Accesibilidad a Internet. viii. Determinar las Métricas de seguimiento durante la ejecución.
ix. Establecer las pautas para la gestión y supervisión del Trabajo Remoto.
B. Durante la ejecución del Trabajo Remoto.
Proceso de autenticación de usuarios de Trabajo Remoto:
Manejo de documentos físicos y su integración en la nube (de ser el caso).
Herramienta tecnológica:
Por parte de la Organización:
1. Servicio de conexión a Internet
2. Seguridad de acceso y autenticación en la red.
3. Políticas de seguridad de información
4. Antivirus actualizado.
5. Contar con escáner, y con un software que permita agrupar páginas del documento en un solo archivo PDF (ejemplo PDF Creador)
6. Usuarios de Google Drive.
7. Capacitación para el uso del escáner y uso de Google Drive.
Por parte del Trabajador Remoto:
1. Conexión a Internet para ingresar a Google Drive.
2. Equipo (Computadora, Tablet, celular) para conexión a Internet.
3. Antivirus.
4. Usuarios de Google Drive.
5. Capacitación para el uso de Google Drive.
XIII. DE LOS ROLES, PROCEDIMIENTOS Y RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES POLICIALES PARA EL TRABAJO REMOTO.
Para los fines del cumplimiento de las labores del servidor que realiza el trabajo remoto el servidor policial debe considerar lo siguiente:
ROLES
El servidor/a policial desarrolla la siguiente actividad laboral:
1. Recepción de documentos externos (recibe y deriva documentación de las áreas).
2. Digitaliza los documentos (digitalizar y sube los documentos a la nube y comparte al destinatario).
3. Atiende el Trabajo Remoto e Interactúa con ella trabajador/a, posibilitando el flujo de documentos).
PROCEDIMIENTOS:
1. Recepción de documentos físicos externos:
I
Recibe los documentos físicos externos
II. El servidor identifica si el destinatario tiene condición de trabajador/a remoto/a y transfiere el documento al digitalizador de lo contrario deriva el documento físico al área correspondiente.
2. Digitalización de Documentos Externos Recibido: I.
Digitaliza documentos físicos recibidos.
II. Une las páginas en un solo archivo PDF
III. Ingresa a la nube haciendo uso de su usuario y clave, de ser el caso.
IV. Baja de la nube el documento digitalizado, de ser el caso.
V. Comparte con el destinatario o destinatarios del documento.
VI. Registra en cuaderno virtual de apuntes el estado de los documentos digitalizados.
VII. Archiva los documentos digitalizados y los físicos.
Responsabilidades del trabajador remoto
El/la trabajador/a remoto/a, es responsable directo de la confidencialidad y seguridad de la información que utilice y pueda acceder, evitando por todos los medios su uso inapropiado, según se establece en la normativa institucional.
El/la trabajador/a remoto/a, debe conocer y manejar las herramientas tecnológicas, que demandan la realización de sus actividades.
Atención del trabajo remoto
Para llevar a cabo su labor el trabajador/a remoto debe realizar lo siguiente:
1. Ingresar el documento digital haciendo uso de su usuario y clave
2. Realizar la continuidad de los documentos hacia el destino final.
3. Generar, firmar, derivar e imprimir documentos
4. Realizar las marcaciones de geolocalización en los horarios dispuestos, de ser el caso.
5. Verificar documentación compartida a su usuario.
6. Responder, crear, firmar y derivar documentos digitalmente
XIV. DE LAS HERRAMIENTAS TECNOLOGICAS PARA EL TRABAJO REMOTO
Por parte de la PNP:
1. Servicio de conexión a Internet.
2. Servicios de conexión remota de servidor a VPN.
3. Software de comunicación (de pago libre).
4. Seguridad de acceso y autenticación en la red.
5. Políticas de seguridad de información.
6. Antivirus actualizado.
Por parte del/la trabajador/a remoto/a:
1. Servicio de conexión a Internet.
2. Disposición de computadora, Tablet o celular.
3. Servicios de conexión remota.
4. VPN Cliente, de ser el caso.
5. Software de comunicación cliente (de pago o libre).
6. Antivirus actualizado.
ROLES
Se debe contar con:
1. Soporte de redes y comunicaciones (Mantener la disponibilidad de los servicios de comunicación, servidores e información).
2. Trabajador/a remoto/a (Realizar actividades dispuestas por la PNP).
PROCEDIMIENTOS
Soporte de redes y comunicaciones
1. Mantener los equipos personales prendidos durante el horario de trabajo remoto.
2. Instalar y mantener disponible los servicios de conexión remota.
3. Administrar la seguridad de acceso y autenticación a la red
4. Administrar las políticas de seguridad de acceso a la red.
Responsabilidades:
1. Trabajar en forma remota
2. Iniciar conexión de acceso remoto
3. Ingresar su usuario y contraseña
4. Iniciar sus actividades remotamente
5. Después de efectuar trabajo remoto se debe analizar la recuperación de la información y medir la productividad y comparar con trabajo presencial.
XV. RECOMENDACIONES
A. Crear un registro que contenga a los servidores que realizan Trabajo Remoto.
B. Utilizar la Matriz de Seguimiento de Actividades propuesta por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral SUNAFIL, de ser el caso.
C. Recomendaciones para el uso responsable del internet.
i. Priorizar el trabajo remoto. No ingresar a los videos, películas y juegos en horarios de trabajo remoto evitando sobrecargar las redes del internet.
ii. Usar en lo posible el teléfono fijo en vez del móvil para hacer Llamadas.
iii. Descargar solo los archivos que se necesiten y en horas de poco tráfico. iv. Desconectar los equipos que no estén usando de tu red WIFI.
v. Evitar enviar archivos de mucho peso y utilizar enlaces (links) dónde se encuentre almacenado, o una herramienta para comprimir los archivos (ejemplo WinRAR).
vi. Evita enviar correos masivos.
D. Medidas de seguridad
El/la trabajador/a remoto/a debe considerar los siguientes aspectos:
Medidas de seguridad: Los usuarios cuando acceden a los sistemas de la PNP desde casa deben seguir las mismas medidas de seguridad que desde la PNP, en este sentido es importante:
i. Verificar que han firmado el documento de Funciones, Confidencialidad y Obligaciones en cuanto a la protección de datos
ii. Entregar de nuevo el documento para recordar su contenido y que no haya dudas en su aplicación. iii. En caso de ser necesario, habilitar un sistema Cloud profesional para que los trabajadores puedan custodiar documentación en un lugar seguro y evitar que los trabajadores utilicen sistemas Cloud privados y gratuitos.
iv. Recordar a los trabajadores el deber de confidencialidad, limitación de acceso a la información de la entidad y la prohibición de ceder datos a terceros. Es frecuente que los usuarios no consideren a los miembros de su familia como terceros, cuando sí lo son.
v. En lo posible, deben cumplir con las medidas de prevención de riesgos laborales como aplicable a un nuevo puesto de trabajo.
vi. Establecer accesos a los servidores corporativos por medio conexiones seguras.
Uso de equipos privados: debe ser conocidas y autorizada por la PNP, en caso de autorización se deberá facilitar las instrucciones para que garanticen la seguridad.
En concreto.
1. Evitar que personas ajenas con la organización (familiares) accedan a la información de la PNP.
2. Tener un antivirus instalado y actualizado.
3. Crear una cuenta de usuario distinta de la personal.
4. Disponer de contraseñas seguras como lo especifica las políticas de seguridad de la información.
5. Cumplir, en la medida de los posible con todas las medidas de seguridad que se aplican en la PNP que se indican a continuación:
i. Activar los bloqueos de pantalla por inactividad. ii. Cerrar las sesiones de trabajo cuando abandonen su puesto de trabajo en su domicilio. iii. Custodiar bajo llave los documentos que se tengan en soporte físico.
iv. Comunicar a sus superiores de manera inmediata la configuración de alguna incidencia de seguridad.
v. Crear copias de seguridad si trabaja con información que lo requiera.
vi. Mantener bajo llave y estar autorizados para custodiar información, si se encuentra contenida en dispositivos pendrive, discos duros externos, que deberán estar encriptados; ello, en caso, la PNP, no haya habilitado un espacio Cloud para la custodia
vii. Actualizar los dispositivos constantemente. viii. Cerrar todas las conexiones con los servidores de la empresa.
ix. Eliminar información temporal que se haya podido almacenar en las carpetas de descarga, papelera de reciclaje, mis documentos.
x. Borrar el histórico de navegación, las cookies
xi. No guardar contraseñas.
E. Vulnerabilidades
La PNP contiene información relevante, sujeta a ataques contra la seguridad de la base de datos. En ese sentido, pasamos a enumerarlos, seguido de recomendaciones para mitigar el riesgo de pérdida de cada uno.
Privilegios excesivos
Cuando a un usuario se le entregan privilegios a la base de datos que excedan los requerimientos de su puesto de trabajo, el riesgo que se crea puede ser innecesario. La solución a este problema (además de buenas políticas de contratación) es el control de acceso a nivel de consulta. El control de acceso a nivel de consulta restringe los privilegios de las operaciones a solo utilizar los datos mínimos requeridos. La mayoría de las plataformas de seguridad de bases de datos nativas ofrecen algunas de estas capacidades (triggers, RLS, y así sucesivamente), pero el diseño de estas herramientas manuales las hace impracticables en todo excepto en las implementaciones más limitados según experiencia de expertos de seguridad web.
Vulnerabilidades de la plataforma
Las herramientas de IPS son una buena manera de identificar y/o bloquear ataques diseñados para aprovechar las vulnerabilidades de la plataforma de base de datos. Las vulnerabilidades en los sistemas operativos pueden conducir al acceso no autorizado a datos y la corrupción. Las vulnerabilidades son fallos en el programa susceptibles de ser aprovechados por ciberdelincuentes. Un IPS es un software que ejerce el control de acceso en una red informática para proteger a los sistemas computacionales de ataques y abusos. La tecnología de prevención de intrusos es considerada por algunos como una extensión de los sistemas de detección de intrusos (IDS), pero en realidad es otro tipo de control de acceso, más cercano a las tecnologías cortafuegos.
Vulnerabilidades en los protocolos de las bases de datos.
Existe una constante preocupación por la seguridad de la base de datos, muchas veces la seguridad se ve afectada por la configuración de los procesos de conexión. Las vulnerabilidades en los protocolos de bases de datos pueden permitir el acceso no autorizado a datos, la corrupción o la disponibilidad. Por ejemplo, SQL Slammer worm se aprovecha de una vulnerabilidad de protocolo de Microsoft SQL Server para ejecutar código de ataque en los servidores de base de datos destino. Los protocolos de ataques pueden ser derrotados mediante el análisis y validación de las comunicaciones de SQL para asegurarse de que no están malformados, pueden aprender más sobre este ataque durante cursos de seguridad suministrados por Ona Systems.
Recomendaciones contra vulnerabilidades.
El trabajo remoto es una valiosa herramienta estratégica, pero a la vez no convence del todo a muchos porque estos dispositivos que trabajan de manera remota pueden convertirse en un verdadero «talón de Aquiles» para la seguridad de la información.
En muchos casos el personal que hace trabajo remoto no sólo usa sus dispositivos personales, que son amenazados por falta de herramientas de seguridad, sino que además se conectan a sus redes WiFi caseras, las cuales están fuera del control y la supervisión de los departamentos Ti (Tecnología de información) es por esta razón que se hace crucial observar las siguientes recomendaciones que comparte la PNP:
1. Esquema de Trabajo
Adoptar un esquema de trabajo remoto y realizar una visita técnica si fuera el caso, al lugar donde laborara el colaborador, esto, con el fin de evaluar y adecuar las herramientas tecnológicas que puedan bloquear y evitar una fuga de información sensible, un antivirus robusto o la implementación de claves seguras pueden hacer una gran diferencia.
2. VPN
Conectarse del trabajo remoto a una Red Privada Virtual (VPN Virtual Private Network), es una medida que asegurara la integridad de la información que se va a manejar, estas redes protegen los datos a través de la encriptación y permiten conectarse de forma más segura desde todos los dispositivos, incluso desde puntos de acceso de Wifi públicos.
3. Capacitación
Capacitar permanentemente en temas de ciberseguridad a los empleados que van a trabajar remotamente es también fundamental porque tanto estos como quienes cumplen sus funciones de manera presencial, deben estar muy bien informados acerca de las amenazas cinemáticas que a diario aparecen o mutan.
4. Filtrado
Implementar herramientas de filtrado de contenidos y visibilidad de aplicaciones, es otra medida que puede complementar el trabajo remoto, principalmente porque estas tienen la funcionalidad de cerrarle el paso a muchas amenazas disfrazadas en sitios web, links y mensajes engañosos que pueden atacar los dispositivos y la información..
5. Normas
Elaborar normas claras para evitar rotundamente la conexión de discos externos, memorias y todo tipo de dispositivos que puedan acceder por los puertos USB. Estos, fácilmente – podrían instalar virus o malwares que con el paso del tiempo tienen la capacidad de terminar alojados en la red interna corporativa causando grandes daños.
Aunque muchas de las bases de datos y sus contenidos puedes ser vulnerables a diversas series de amenazas internas y externas, es posible reducir muchos de los aloques hasta casi a cero con ayuda de las soluciones y estrategias de seguridad suministradas.
6. Política de seguridad
Emplear la política de seguridad de la información incorporando directrices especificas para el Trabajo Remoto que incluyan, como mínimo, aspectos vinculados a la autenticación, seguridad, autorización, acceso remoto y uso de herramientas colaborativas por parte de la entidad.
7. Autorización
Realizar verificaciones del estado del dispositivo de Ella trabajador/a remoto/a, (software antimalware actualizado, sistema operativo actualizado, entre otros que defina la entidad) en base a los cuales se puede determinar el acceso remoto, para esto puede hacer uso de alguna tecnología (software o hardware).
9. Disponibilidad de la información
Establecer procedimientos para asegurar el respaldo de la información de los dispositivos usados por el trabajador/a remoto/a.
10. Uso de herramientas colaborativas.
Propender al uso de las tecnologías digitales, redes sociales o canales digitales para el desarrollo de reuniones de coordinación, supervisión o articulación.
12. Responsabilidades.
Se deberá verificar al responsable del cumplimiento
La PNP en coordinación con el Oficial de Seguridad de la Información, coordina la implementación de los Lineamientos de seguridad digital para el Trabajo Remoto en sus departamentos, siendo responsable de realizar el seguimiento del Trabajo Remoto.
El Oficial de Seguridad de la Información coordina la evaluación y gestión de riesgos de la implementación de las medidas establecidas.
Establecer una red de acceso remoló a servidores, estaciones de trabajo, dispositivos móviles, computadoras personales u otros dispositivos monitoreados desde computadoras confiables y personal acreditado y autorizado por la entidad.
Propender al uso de las tecnologías digitales, redes sociales o canales digitales para el desarrollo de reuniones de coordinación, supervisión o articulación con funcionarios o servidores públicos a nivel nacional.
Establecer procesos para autenticar la identidad digital de usuarios y dispositivos que acceden a la red de acceso remoto, en sus Computadoras personales.
Adoptar el uso de herramientas colaborativas en linea, licenciadas o gratuitas, para desarrollo de actividades y trabajo a distancia de forma coordinada
13. Tipos de ataques en la web
Ramsoware: Secuestro de datos o secuestro de archivos es un tipo de virus o programa dañino que te quita el acceso a cambio de dinero.
Troyano: Es un malware que parece legítimo inofensivo que al ejecutarlo le brinda acceso remoto al equipo infectado.
Keyloggers: Es un tipo de virus o software específico que se encarga de registrar las pulsaciones que se registran en el teclado.
Phishing: Es utilizado para referirse a uno de los métodos más utilizados por delincuentes cibernéticos para estafar y obtener información confidencial de forma fraudulenta como puede ser una contraseña o información detallada sobre tarjetas de crédito u otra información bancaria de la víctima.
Malware: Software malintencionado dirigido a cualquier tipo de software que realiza acciones dañinas en un sistema informático de forma intencionada y sin el conocimiento del usuario.
Backdoor: Es un troyano que abre una puerta trasera en el sistema de tu computadora y permite que un hacker remoto tome el control de tu equipo sin que lo sepas.
VECTORES DE ATAQUE EN EL TRABAJO REMOTO. (Fuente AMERIPOL)
Suplantación de Autoridades en la Web (Confirmación de correo electrónico comercial)
Campañas de Fake News (Fraudes y Estafas E-Commerce)
Ataques al Trabajo Remoto (Secuestros de Dóminos Web)
Campañas de Malware
(Falsos Sitios Web – Cadenas en plataformas de Chat)
Ataques Denegación de Servicio (Incremento de SPAM y Phishing)
Secuestro de Datos
(Reclutamiento de Mulas de Dinero) (Incremento en el uso de la Dark Web)
VI. APLICACIÓN EXTENSIVA DEL TRABAJO REMOTO.
a. Conforme al presente Manual Práctico para el Trabajo Remoto que en su numeral I. Objetivos, señala que el propósito es unificar las acciones laborales de todos los actores de la Policía Nacional del Perú que intervienen en el Trabajo Remoto, precisase que esta es de aplicación a efectivos y servidores civiles (D. L. N.º 276, D. L. N.º 728, CAS), que laboran en la PNP y se encuentren o no, dentro del grupo de riesgo con aislamiento obligatorio al amparo de las normas del COVID-19.
b. Igualmente, el Trabajo Remoto deberá cumplir con el llenado de los ANEXOS 1 y 2 y en el caso de decisión propia y voluntaria de realizar sus labores de manera presencial se deberá tener presente el ANEXO 3 y es de ejecución y de aplicación para efectivos policiales que por función cumplen trabajo a nivel nacional.
Comprende a los efectivos policiales en Misión Diplomática adscritos al Ministerio de Relaciones Exteriores, en el cargo de Agregados Policiales, Agregados Policiales Adjuntos y en el cargo de Personal Auxiliar de las Agregadurías, quienes a la fecha de la declaración del estado de emergencia previsto en el D.S. N.° 044-2020-PCM y sus ampliatorias, que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la nación a consecuencia del brote del COVID-19, se encuentren en territorio nacional, haciendo uso de sus vacaciones, comisión o por motivos de salud, quienes por la emergencia y el cierre de la fronteras a nivel internacional desde el presente año, se ven imposibilitados de retornar a sus respectivas sedes internacionales, encontrándose a la fecha y hasta el término del estado de emergencia en el territorio nacional.
El personal de Agregados Policiales, Agregados Policiales Adjuntos y Personal Auxiliar de las Agregadurías policial debe efectuar el Trabajo Remoto con su agregaduría y como apoyo, en la unidad de la PNP temporalmente hasta su retorno.
[CONTINÚA…]
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