[Decreto Supremo] Mediante el Decreto Supremo 002-202-IN publicado el 27 de febrero de 2020, a través del Ministerio del Interior, Aprueba el Protocolo Interinstitucional de Atención de Casos de Desaparición de Personas en Situación de Vulnerabilidad y Otros Casos de Desaparición. ⇒DESCARGA AQUÍ⇐
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Protocolo Interinstitucional de Atención de Casos de Desaparición de Personas en Situación de Vulnerabilidad y Otros Casos de Desaparición
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Legislativo Nº 1428, Decreto Legislativo que desarrolla medidas para la atención de casos de desaparición de personas en situación de vulnerabilidad, contempla la atención de denuncias, difusión, investigación, búsqueda, ubicación y empleo de mecanismos tecnológicos para la organización y difusión de información sobre casos de desaparición de personas;
Que, el Decreto Supremo Nº 003-2019-IN, aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1428, Decreto Legislativo que desarrolla medidas para la atención de casos de desaparición de personas en situación de vulnerabilidad, a fin de asegurar su mejor aplicación y, en consecuencia, cumplir con su finalidad;
Que, el numeral 12.1 del artículo 12 del mencionado Reglamento establece que las medidas a adoptar por las entidades públicas en materia de prevención, difusión, investigación, búsqueda, ubicación y protección de personas en situación de vulnerabilidad denunciadas como desaparecidas y otros casos de desaparición de personas, se regulan mediante protocolo interinstitucional, conforme lo señalado en la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1428;
Que, la Quinta Disposición Complementaria Final del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1428, establece la necesidad de elaborar un protocolo para casos de desaparición de mujeres víctimas de violencia en atención a lo señalado en su artículo 14, por lo que el Ministerio del Interior y el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables aprueban un protocolo interinstitucional;
De conformidad con lo establecido en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, el numeral 7 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1428, Decreto Legislativo que desarrolla medidas para la atención de casos de desaparición de personas en situación de vulnerabilidad, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2019-IN; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y la Resolución Ministerial Nº 1520-2019- IN, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior;
DECRETA:
Artículo 1.- Aprobación del Protocolo Interinstitucional de Atención de Casos de Desaparición de Personas en Situación de Vulnerabilidad y Otros Casos de Desaparición.
Apruébase el “Protocolo Interinstitucional de Atención de Casos de Desaparición de Personas en Situación de Vulnerabilidad y Otros Casos de Desaparición”, el mismo que, en calidad de Anexo, forma parte integrante del presente Decreto Supremo.
Artículo 2.- Publicación
El Protocolo Interinstitucional de Atención de Casos de Desaparición de Personas en Situación de Vulnerabilidad y Otros Casos de Desaparición , aprobado en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, es publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter), en el Portal Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), y el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), el mismo día de la publicación del presente Decreto Supremo en el diario oficial “El Peruano”.
Artículo 3.- Financiamiento
La implementación de lo establecido en la presente norma se financia con cargo al presupuesto institucional de las entidades involucradas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, el Ministro del Interior y la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de febrero del año dos mil veinte.
I. OBJETO
Establecer los procedimientos que permitan una articulación y accionar eficiente frente a la atención de casos de desaparición de personas en situación de vulnerabilidad y otros casos de desaparición, contemplando la activación de la Alerta de Emergencia por desaparición de niñas, niños y adolescentes y mujeres víctimas de violencia en situación de alto riesgo, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1428, Decreto Legislativo que desarrolla medidas para la atención de casos de desaparición de personas en situación de vulnerabilidad (en adelante, la Ley) y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2019-IN (en adelante, el Reglamento).
II. FINALIDAD
a) Garantizar inmediatez, objetividad y efectividad en la atención de denuncias y acciones de difusión, investigación, búsqueda y ubicación de personas desaparecidas en situación de vulnerabilidad y otros casos de desaparición.
b) Promover la cooperación entre las diferentes entidades públicas y privadas para contribuir en la difusión, investigación, búsqueda y ubicación de personas en situación de vulnerabilidad y otros casos de desaparición.
c) Garantizar la efectividad, continuidad y participación del sector público y privado en la activación de Alerta de Emergencia por desaparición de niñas, niños y adolescentes y mujeres víctimas de violencia en situación de alto riesgo.
d) Facilitar la identificación de delitos conexos a la desaparición de personas en situación de vulnerabilidad y otros casos de desaparición, de manera que se contribuya a la seguridad ciudadana.
III. ÁMBITO DE APLICACIÓN
El presente protocolo es de aplicación por el Ministerio del Interior, a través de la Policía Nacional del Perú, y en coordinación con el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Ministerio Publico, entre otros que intervienen en la atención de la denuncia, acciones de difusión, investigación, búsqueda, ubicación y empleo de mecanismos tecnológicos para la organización y difusión de información sobre casos de desaparición de personas en situación de vulnerabilidad y otros casos de desaparición, conforme lo dispuesto en la Ley y su Reglamento.
IV. BASE LEGAL
1. Convención Americana sobre Derechos Humanos.
2. Convención sobre Eliminación de todas las formas de Discriminación Contra la Mujer
3. Convención interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, «Convención de Belem do Para».
4. Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
5. Convención sobre los Derechos del Niño.
6. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
7. Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas en condición de Vulnerabilidad.
8. Constitución Política del Perú de 1993.
9. Ley N° 28022, Ley que crea el Registro Nacional de Información de Personas Desaparecidas.
10. Ley N° 28223, Ley sobre los Desplazamientos internos.
11. Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad y sus modificatorias.
12. Ley Nº 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar.
13. Ley ND 30362, Ley que eleva a rango de Ley el Decreto Supremo N° 001- 2012-MIMP y declara de interés Nacional y Preferente Atención la asignación de Recursos Públicos para garantizar el cumplimiento del Plan Nacional de Acción por la infancia y la Adolescencia PNAIA2012-2021.
14. Ley N° 30490, Ley de la Persona Adulta Mayor.
15. Ley N° 30466, Ley que establece parámetros y garantías procesales para la consideración primordial del interés superior del niño.
16. Ley N° 30472, Ley que dispone la creación, implementación, operación y mantenimiento del Sistema de Mensajería de Alerta Temprana de Emergencia (SISMATE).
17. Ley N° 29735, Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú.
18. Decreto Supremo N°004-2016-MC, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29735.
19. Decreto Legislativo N° 1277, Decreto Legislativo que sanciona la realización de comunicaciones malintencionadas a las centrales de emergencias, urgencias o información.
20. Decreto Legislativo N° 1297, Decreto Legislativo para la protección de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos y sus modificatorias.
21. Decreto Legislativo N° 1428, Decreto Legislativo que desarrolla medidas para la atención de casos de desaparición de personas en situación de vulnerabilidad.
22. Decreto Supremo N° 009-2016-MIMP, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar y modificatorias.
23. Decreto Supremo N° 002-2018-MIMP, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30466, Ley que establece parámetros y garantías procesales para la consideración primordial del interés superior del niño.
24. Decreto Supremo N° 001-2018-MIMP, que aprueba el Reglamento del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1297, Decreto Legislativo para la protección de las niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos.
25. Decreto Supremo N° 013-2017-MTC, Reglamento del Decreto Legislativo N° 1277, Decreto Legislativo que sanciona la realización de comunicaciones malintencionadas a las centrales de emergencias, urgencias o información.
26. Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP, Reglamento de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad.
27. Decreto Supremo N° 019-2016-MTC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30472, Ley que dispone la Creación, implementación, Operación y Mantenimiento del Sistema de Mensajería de Alerta Temprana de Emergencias (SISMATE).
28. Decreto Supremo N° 003-2019-IN, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1428, Decreto Legislativo que desarrolla medidas para la atención de casos de desaparición de personas en situación de vulnerabilidad.
29. Decreto Supremo N° 017-2003-IN, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28022, que crea el Registro Nacional de información de Personas Desaparecidas.
30. Decreto Supremo N° 004-2005-MIMDES, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28223, Ley sobre los Desplazamientos internos.
31. Decreto Supremo N° 007-2018-MIMP, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30490, Ley de la Persona Adulta Mayor.
32. Decreto Supremo N° 001-2015-JUS, que aprueba la Política Nacional frente a la Trata de Personas y sus formas de explotación.
33. Decreto Supremo N° 008-2016-MIMP, que aprueba el Plan Nacional contra la Violencia de Genero.
34. Decreto Supremo N° 017-2017-IN, que aprueba del Plan Nacional contra la Trata de personas 2017-2021.
35. Decreto Supremo N° 004-2018-MIMP, que aprueba la actualización del Protocolo interinstitucional de Acción frente al Feminicidio, Tentativa de Feminicidio y Violencia de Pareja de Alto Riesgo».
36. Decreto Supremo N° 006-2018-MIMP, que aprueba el Protocolo de actuación conjunta de los Centros Emergencia Mujer y Comisarías o Comisarias Especializadas en Materia de Protección contra la Violencia Familiar de la Policía Nacional del Perú.
37. Decreto Supremo N° 008-2019-MIMP, que aprueba el Política Nacional de igualdad de Genero.
38. Decreto Supremo N° 012-2019-MIMP, que aprueba el Protocolo Base de Actuación
Conjunta en el ámbito de la atención integral y protección frente a la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar.
39. Resolución de Comandancia General de la Policía Nacional del Perú N°379- 2019-
COMGEN/EMG-PNP que aprueba la Directiva N° 03-2018-2019- COMGEN PNP/DIRNICDIRCTPTIM-DIVIBPD-0 «Normas y procedimientos policiales en casos de desaparición de personas en situación de vulnerabilidad (niños, niñas, adolescentes, adultos mayores y personas con discapacidad mental, física, sensorial o intelectual)», en adelante Directiva.
[CONTINUA…]




