[Cartilla Temática PNP] Mediante La Dirección de Asesoría jurídica de la PNP, el 03NOV2023, oficializó la elaboración y difusión de la CARTILLA TEMÁTICA PNP 349-2023, como herramienta técnica y especializada de carácter jurídico para el empoderamiento del servicio policial. ⇒DESCARGA AQUÍ⇐
Lee más:
- DL. 1267: Ley de la Policía Nacional del Perú [Actualizado]
- Actualizado: Nuevo Reglamento del DL 1267, Ley de la PNP [DS 012-2025-IN]
- Ley 30714. Ley que regula el régimen disciplinario de la PNP [Actualizado 2026]

Procedimiento Policial en la Prestación de Garantías

1. D.S. N° 026-2017-IN, REGLAMENTO DEL D.LEG. N 1267, LEY DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ
Artículo 229.- División de Servicios Especiales
La División de Servicios Especiales es la unidad orgánica desconcentrada de carácter técnico, sistémico y normativo, operativo y especializado; responsable de planificar, organizar, dirigir, evaluar, coordinar, ejecutar y controlar las actividades operaciones policiales especializadas tendentes a prevenir, mantener y restablecer el orden público y coadyuvar a garantizar el orden interno en la demarcación territorial de Lima Metropolitana o a nivel nacional si fuera necesario y cuando lo requieran las Regiones Policiales, con autorización expresa del Sub Director General de la Policía Nacional del Perú.
Asimismo, se encarga de participar y velar por el normal desenvolvimiento de los espectáculos públicos de concurrencia masiva de personas o consideradas de alto riesgo, manifestaciones, reuniones públicas, concentraciones, marchas y otras actividades de similar naturaleza que puedan originar alteraciones del orden público y que sea necesaria su intervención; en el marco de la prevención de delitos y faltas, de conformidad con la normativa sobre la materia.
Depende del Jefe de la Región Policial Lima y se encuentra a cargo de un Oficial Superior de Armas de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad, en el grado de Coronel.
La División de Servicios Especiales de la Región Policial Lima tiene las funciones siguientes:
(…)
2) Planificar, organizar, dirigir, evaluar, coordinar, ejecutar y controlar las actividades operaciones Y policiales normal especializadas orientadas a desenvolvimiento de los garantizar el espectáculos públicos de concurrencia masiva de personas o consideradas de alto riesgo, manifestaciones, reuniones públicas, concentraciones, marchas y otras actividades de similar naturaleza que puedan originar alteraciones del orden público y que sea necesaria su intervención; en el marco de la prevención de delitos y faltas, conforme a la legislación sobre la materia;
[CONTINUA…]
⇒DESCARGA AQUÍ⇐ Cartilla temática legal 349: Procedimiento Policial en la Prestación de Garantías




