[Protocolos PNP] De acuerdo con la Directiva N° 18-03-2017-DIRGEN/SUB-DGPNP-DIREJESAN-B, se establece dentro de los anexos el protocolo de elaboración del Informe Pericial de Dosaje Etílico.
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PROTOCOLO DE ELABORACIÓN DEL INFORME PERICIAL DE DOSAJE ETÍLICO
1. DEFINICIÓN
Procedimiento que se realiza para la formulación del Informe Pericial de Dosaje
Etílico.
2. OBJETIVO
Realizar el llenado del formato denominado INFORME PERICIAL DE DOSAJE
ETÍLICO, donde se transcribe lo anotado en el Registro de Dosaje Etílico,
indicando información sobre el perito responsable del procesamiento,
examinado, autoridad solicitante y el resultado cuantitativo de dicho examen.
3. INDICACIONES
Este procedimiento se realiza al término del procesamiento de las muestras
biológicas.
4. PRINCIPIOS GENERALES DE USO.
a. La elaboración del Informe Pericial de Dosaje Etílico, es responsabilidad
del Servicio de Dosaje Etílico.
b. La elaboración de los Informes Periciales, se realiza por triplicado,
ajustándose a lo establecido en el MAPRO. El documento original es para
la Comisaría PNP y/o entidad pública o privada solicitante, la segunda
(copia) para Inspectoría PNP (solo los positivos) y la tercera para el archivo
del Servicio.
c. Elaborados los Informes Periciales, estos son firmados por el personal de salud PNP por el perito responsable del procesamiento de la muestra biológica (examen cuantitativo) y por el Jefe de Dosaje Etílico. El Oficio de atención será firmado por el Jefe del Servicio de Dosaje Etílico y en caso de urgencia puede ser firmado por el Oficial de Permanencia del establecimiento de salud PNP, debiendo ser recabado por la Comisaría
PNP Solicitante o pudiendo ser remitido por la Unidad de Salud PNP al solicitante siempre que se cuente con servicio de mensajería, colocando los sellos y las medidas de seguridad respectiva (sello de agua).
NOTA: En el rubro observaciones del Informe Periciales de Dosaje Etílico debe consignarse la información sobre el personal de salud que extrajo o recolectó la
muestra biológica, con la finalidad de poder contribuir a una buena administración de justicia; es decir que si son llamados a una ratificación judicial, audiencia, pueda brindar información detallada sobre lo requerido, evitando así dejar vacíos que ocasionen prolongación del proceso de la administración de justicia del hecho delictuoso. En el caso que solo exista solo un perito en la unidad de salud PNP el Jefe de la Unidad Asistencial PNP firmará dando conformidad al Informe Pericial de Dosaje Etílico.
d. Cuando el usuario no haya podido ser identificado, se especificará ésta condición en el Informe Pericial de Dosaje Etílico con las palabras NO IDENTIFICADO POR LA DIRECCION EJECUTIVA DE SANIDAD PNP.
Las Jefaturas Regionales y Provinciales de Salud PNP del ámbito nacional,
formularan las relaciones de las Comisaría PNP de su Jurisdicción, a fin de
obtener un mejor control de la distribución y /o entrega de los Informes
Periciales de Dosaje Etílico, haciéndolas conocer al ente rector (Departamento
de Dosaje Etílico de la División de Reconocimiento Médico del HN. PNP. LNS.).




