MG-38: Infracción muy grave del régimen disciplinario de la PNP [Ley 30714]

[Tabla de Infracciones] Mediante el DS N° 016-2025-IN, se aprobó la nueva Tabla de Infracciones de la Ley del Régimen Disciplinario de la PNP. Código de infracción MG-38.– CONTRA EL SERVICIO POLICIAL.


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Infracción MG-38. Sanción muy grave del Régimen Disciplinario PNP Ley 30714

INFRACCIÓN MG-38

MG-38

Permitir o ingerir bebidas alcohólicas durante el servicio, causando grave perjuicio a alguno de los bienes jurídicos contemplados en la Ley N° 30714, o la norma que la sustituya.Pase a la Situación de Retiro

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

  • MG-38.- «Bienes jurídicos protegidos: La tipificación que realiza la PNP en la infracción sub examine busca proteger bienes jurídicamente relevantes como su imagen institucional, la disciplina o el servicio policial, los mismos que deben procurarse que no solo resulten razonables o proporcionales, sino que se determinen con claridad los criterios bajo los cuales resultarán aplicables» EXP. N ° 01341-2014-PA/TC. Clic aquí: https://jurispol.pe/?p=20703

CORTE SUPREMA

  • MG-38.- «El accionante si tiene la posibilidad de ingerir brebajes caseros para prevenir el contagio del COVID 19; pero su comportamiento debe ser conforme a su condición de policía, respetuoso de su uniforme y de su institución; participando con ecuanimidad y respeto frente a sus a sus demás colegas, evitar peleas, riñas; es lo que se espera de una autoridad policial, custodio del orden público, en todos los ámbitos de su desempeño como autoridad policial dentro y fuera de su entidad policial privilegiando y salvaguardando los bienes jurídicos que fueron dejados de lado.» Casación 16573-2023-HUANCAVELICA. Clic aquí: https://jurispol.pe/?p=21005

TRIBUNAL DE DISCIPLINA POLICIAL

  • MG-38.- «Si bien el investigado se encontraba en situación de disponible; ello no lo eximía de mantenerse atento ante la eventualidad de cualquier emergencia; al encontrarse vigente un Estado de Emergencia (COVID) y la orden de alerta absoluta, pero se dedicó a la ingesta de bebidas alcohólicas.» Resolución Nº 165-2021-IN/TDP/4S. Clic aquí: https://jurispol.pe/?p=21360
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