[Manuales PNP] Mediante la RCG Nº 111-2026-CG PNP/DIRNOS-DIRSEEST, de fecha 20FEB2026, a través de la Comandancia General de la PNP, se aprobó «Manual de Actuación en Técnicas de Avanzada» ⇒DESCARGA AQUÌ⇐
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RESOLUCIÓN DE LA COMANDANCIA GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL
VISTO, el Informe N° 046-2025-DIRSEEST PNP-DIVPRODIG/DEPPME del 13 de noviembre de 2025, mediante el cual, la División de Protección de Dignatarios de la Dirección de Seguridad del Estado propone la aprobación del «Manual de Actuación en Técnicas de Avanzada».
CONSIDERANDO:
Que, el articulo 166 de la Constitución Política del Perú establece que la Policía Nacional del Perú tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno. Presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad. Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y del privado. Previene, investiga y combate la delincuencia. Vigila y controla las fronteras; asimismo, el articulo 168° de la carta magna establece que las leyes y reglamentos respectivos determinan la organización, las funciones, las especialidades, la preparación y el empleo; y norman la disciplina de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional;
Que, el artículo I del Título Preliminar del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, establece que dicha norma regula la estructura, organización, competencias, funciones y atribuciones de la Policía Nacional del Perú, así como sus regímenes especiales; asimismo, el artículo II define a la Institución Policial como una Institución del Estado con calidad de órgano ejecutor, que depende del Ministerio del Interior, con competencia administrativa y autonomía operativa para el ejercicio de la función policial en todo el territorio nacional, en el marco de lo previsto en el articulo 166 de la Constitución Política del Perú;
Que, el articulo 9 del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, modificado por el Decreto Legislativo N° 1604, señala que la Comandancia General es el órgano de Comando de más alto nivel de la Policía Nacional del Perú, encargado de planificar, organizar, dirigir y supervisar el desarrollo de la gestión administrativa y operativa de la Policía Nacional del Perú para el ejercicio de la función policial en todo el territorio nacional;
Que, el numeral 7 del articulo 2 del Decreto Legislativo N°1267. Ley de la Policía Nacional del Perú: y, numeral 11 del articulo 5º del Reglamento de la acotada Ley, aprobado con Decreto Supremo N°012-2025-IN, establece que es función de la Policía Nacional del Perú, entre otras, brindar seguridad a diplomáticos, dignatarios y otras personalidades que determine la legislación sobre la materia;
Que, el sub numeral 7 del numeral 54.4 del articulo 54 del Reglamento del Decreto Legislativo N°1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobado con Decreto Supremo N°012-2025-IN dispone, que la Secretaria Ejecutiva de la Policía Nacional del Perú, tiene entre sus funciones: Visar los proyectos de resolución de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú;
Que, con Decreto Supremo N° 004-2022-IN, del D de mayo de 2022, se aprueba el Reglamento de seguridad y protección a funcionarios públicos, dignatario y personalidades, que tiene por finalidad prevenir la comisión de hechos y actos que pongan en peligro la vida e integridad física de la persona protegida;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 1506-2022-IN del 20 de octubre de 2022, se aprueba la Directiva N° 007-2022-IN-DIRSEEST PNP. que regula los lineamientos para brindar servicio de seguridad y protección a funcionarios públicos, dignatarios/as y personalidades en sus diferentes modalidades;
Que, el presente manual tiene por finalidad desarrollar, en forma metodológica, amplia y detallada, principios, cualidades y lineamientos doctrinarios, teóricos y prácticos, para el desarrollo de labores de Avanzada en los distintos niveles de seguridad; orientando la aplicación idónea de métodos, técnicas y procedimientos necesarios para brindar un eficiente servicio de seguridad y protección а funcionarios/as públicos, dignatarios/as y personalidades nacionales y extranjeras para el cumplimiento de la misión institucional;
Que, mediante Directiva N° 19-2021-COMGEN PNP/SECEJE DIRPLAINSDIVMDI, se aprueba «Lineamientos aplicables para la formulación, aprobación o modificación de ‘dispositivos legales y documentos normativos u orientadores de la Policía Nacional del Perú»;
Que, mediante Informe N 003-2026-SECEJE-PNP/DIRPLAINS-DIVMDI del 07 de enero de 2026, la División de Modernización y Desarrollo Institucional de la Dirección de Planeamiento Institucional de la Policía Nacional del Perú, concluye que la aprobación del «Manual de Actuación en Técnicas de Avanzada», resulta viable;
Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión N° 040-2026-EMG PNP/DIRIDIDIVIID del 26 de enero de 2026, la División de Investigación, Innovación y Desarrollo del Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú, opina que resulta viable, la propuesta del «Manual de Actuación en Técnicas de Avanzada»; Lo dictaminado por la Dirección de Asesoría Jurídica de la Policia Nacional del Perú, mediante Dictamen N° 052-2026-SECEJE/DIRASJUR-DIVDJPN del 13 de enero de 2026;
Lo propuesto por el General de la Policía Nacional del Perú, Director de Seguridad del Estado de la Policía Nacional del Perú; y
Lo opinado por el Teniente General de la Policía Nacional del Perú, Jefe de Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú.
SE RESUELVE:
Articulo 1º.- Aprobar el «Manual de Actuación en Técnicas de Avanzada», que como anexo forma parte de la presente resolución.
Artículo 2º.- Disponer que la Dirección de Comunicación e Imagen Institucional de la Policía Nacional del Perú y la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú, publiquen la presente resolución en la página web de la institución (www.policia.gob.pe), y en el Sistema Integrado de Gestión de la Carrera del personal de la Policía Nacional del Perú (https://sigcpd.policia.gob.pe), respectivamente.
Regístrese, comuníquese y archívese.
MANUAL DE ACTUACIÓN EN TÉCNICAS DE AVANZADA PNP-2026
RCG Nº 111-2026-CG PNP/DIRNOS-DIRSEEST
ÍNDICE
CAPÍTULO I
ASPECTOS GENERALES
1.1. FINALIDAD
1.2. CONTENIDO
1.3. ALCANCE
1.4. BASE LEGAL
CAPÍTULO II
DE LA AVANZADA
2.1. CONCEPTO
2.2. CONFORMACIÓN
2.3. DESIGNACIÓN
2.4. DEL JEFE DE AVANZADA
2.5. FUNCIONES
2.6. INTELIGENCIA
2.7. ANÁLISIS
2.8. PRINCIPIOS Y CUALIDADES QUE DEBE CUMPLIR EL AGENTE DE AVANZADA
2.8.1. PRINCIPIOS
2.8.2. CUALIDADES
2.9. TAREAS ESPECÍFICAS DEL AGENTE DE AVANZADA
2.9.1. PLANOS
2.9.2. ASCENSORES
FAMILIARIZARSE CON LOS ASCENSORES. CONSIDERANDO
2.9.3. ESCALERAS
2.9.4. LOS ASIENTOS
2.9.5. INVITADOS
2.9.6. PRENSA
2.9.7. SISTEMA DE AERONAVE PILOTADA REMOTAMENTE (DRONES)
2.9.8. HABITACIONES EN UN HOTEL
2.9.9. ALIMENTACIÓN
2.9.10. ESTRADO
2.9.11. AVANZADAS DE ÚLTIMA HORA
2.10. PLANES DE REACCIÓN
2.10.1. ANTE EMERGENCIAS MÉDICAS
2.10.2. PLANES DE REACCIÓN ANTE UN ATAQUE
2.10.3. PLANES DE REACCIÓN ANTE UN INCENDIO
2.10.4. PLANES DE REACCIÓN ANTE UN SISMO
2.10.5. PLANES DE REACCIÓN A UNA AMENAZA NUCLEAR, BIOLÓGICA, QUÍMICA Y RADIOLÓGICA (NBQR)
2.11. UNIDADES POLICIALES QUE PARTICIPAN EN UNA AVANZADA DE SEGURIDAD
2.12. TIPOS DE EVENTOS
2.13. CAUSAS DE UN ACTO CRIMINAL
2.14. SITUACIONES DE PELIGRO O RIESGO
CAPÍTULO III
ACTUACIÓN EN TÉCNICAS DE AVANZADA PARA JEFES/AS DE ESTADO Y DE GOBIERNO, INTEGRANTES DE FAMILIAS REALES, EN VISITA OFICIAL Y OTRAS PERSONALIDADES, QUE PARTICIPEN EN EVENTOS OFICIALES DECLARADOS DE INTERÉS NACIONAL U OTRO ANÁLOGO
3.1 ASPECTOS GENERALES
3.2 RESPONSABILIDADES DEL AGENTE DE AVANZADA
3.3 DIA DEL EVENTO
3.4 CONCLUSIÓN DEL EVENTO
CAPÍTULO IV
ACTUACIÓN EN TÉCNICAS DE AVANZADAS PARA EL DESARROLLO DE EVENTOS OFICIALES Y PARTICULARES DE PERSONALIDADES Y FUNCIONARIOS PÚBLICOS A NIVEL NACIONAL
4.1. ACTUACIÓN EN TÉCNICAS DE AVANZADA EN LIMA
4.1.1. TAREAS DEL JEFE DE AVANZADA
4.1.2. DIA DEL EVENTO
4.1.3. LLEGADA DEL DIGNATARIO/A
4.1.4. SALIDA DEL DIGNATARIO (FIN DEL EVENTO)
4.2. ACTUACION EN TÉCNICAS DE AVANZADA EN PROVINCIA
4.2.1. TAREAS DEL JEFE DE AVANZADA
4.2.2. DIA DEL EVENTO
4.2.3. LLEGADA DEL DIGNATARIO/A
4.2.4. SALIDA DEL DIGNATARIO (FIN DEL EVENTO)
ANEXOS
PRESENTACIÓN
La Policía Nacional del Perú, de conformidad a la Constitución Política del Estado, tiene como finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno; presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad; garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y privado; previene, investiga y combate la delincuencia; vigila y controla las fronteras; asimismo, como Institución Tutelar del Estado, tiene como misión garantizar a la población el Orden Interno, el Orden Público y la Seguridad Ciudadana, respetando la Constitución, las Leyes y los Derechos Humanos.
En este sentido, la Institución Policial cuenta con la Dirección de Seguridad del Estado (DIRSEEST), quien se encarga de planear, coordinar, ejecutar, controlar y supervisar las operaciones policiales de protección personal de los Jefes de Estado en visita oficial. Presidentes de los Poderes Públicos y de Organismos Constitucionalmente Autónomos, Congresistas de la República, Ministros de Estado; así como a Diplomáticos, Dignatarios y otras Personalidades que determine el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1267, en el marco de lo establecido en el DS N’ 004-2022-lN que aprueba el Reglamento de seguridad y protección a funcionarios/as públicos, dignatarios/as y personalidades y la Directiva N° 007-2022 IN-DIRSEEST PNP, “Lineamientos para brindar servicio de seguridad y protección a funcionarios/as públicos/as, dignatarios/as y personalidades, en sus diferentes modalidades.
Asimismo, se cuenta con el Manual de Procedimientos Operativos Policiales aprobada mediante RD-030-2013-DIRGEN/EMG del 15ENE13, que tiene por finalidad establecer los lineamientos doctrinarios sobre procedimientos policiales de seguridad y protección de dignatarios nacionales y extranjeros, para fomentar, con espíritu crítico y analítico, la aplicación idónea de los métodos, técnicas y procedimientos, en la organización, conducción y supervisión de las operaciones policiales, para el cumplimiento de la misión institucional.
En este contexto, teniendo en consideración la antigüedad de la citada norma, así como el dinamismo y la globalización del accionar delictivo, resulta necesario contar con un manual que cuente con conceptos, definiciones y actuaciones especializadas y actualizadas, con la finalidad de que los órganos y unidades orgánicas puedan planificar y ejecutar operaciones policiales exitosas.
CAPÍTULO I
ASPECTOS GENERALES
1.1. FINALIDAD
El Manual de Actuación en Técnicas de Avanzada tiene por finalidad desabollar, en forma metodológica, amplia y detallada, principios, cualidades y lineamientos doctrinarios, teóricos y prácticos, para el desarrollo de labores de avanzada en los distintos niveles de seguridad; orientando la aplicación idónea de métodos, técnicas y procedimientos necesarios para brindar un eficiente servicio de seguridad y protección a funcionarios/as públicos, dignatarios/as y personalidades nacionales y extranjeras para el cumplimiento de la misión institucional.
1.2. CONTENIDO
Contiene doctrina, asi como, principios, pautas teórico- prácticas, que regulan y sustentan la actuación policial para desarrollar labores de avanzada en los distintos niveles de seguridad en todos los órganos y unidades orgánicas de la Policía Nacional del Perú.
1.3. ALCANCE
El presente manual es de cumplimiento obligatorio para el personal policial en situación de actividad que desempeñan funciones en la Dirección de Seguridad del Estado (DIRSEEST – PNP) y quienes realizan funciones similares, independientemente de su dependencia orgánica.
1.4. BASE LEGAL
1.4.1. Constitución Política del Perú. [Clic aquí]
1.4.2. Tratados y Convenios Internacionales ratificados por el Perú, que recojan materias vinculadas a seguridad y protección de dignatarios/as y personalidades.
1.4.3. Ley N° 27200, Ley que regula el uso de señales audibles y visibles en vehículos de emergencia y vehículos oficiales.
1.4.4. Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Púbica. [Clic aquí]
1.4.5. Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. [Clic aquí]
1.4.6. Ley N° 30714, Ley que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú. [Clic aquí]
1.4.7. Ley N° 30740, Ley que regula el uso y las operaciones de los Sistemas de Aeronaves Pilotadas a Distancia (RPAS).
1.4.8. Decreto Ley N° 17243, Aprueban Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas.
1.4.9. Decreto Legislativo N° 1141, Decreto Legislativo de Fortalecimiento y Modernización del Sistema de Inteligencia Nacional – SINA, y de la Dirección Nacional de Inteligencia – DINI. [Clic aquí]
1.4.10. Decreto Legislativo N° 1186, Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú. [Clic aquí]
1.4.11. Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior. [Clic aquí]
1.4.12. Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú. [Clic aquí]
1.4.13. Decreto Supremo N“ 0007-82-RE, Aprueban el Reglamento sobre inmunidades y privilegios Diplomáticos.
1.4.14. Decreto Supremo N° 021-2001-MTC. Aprueban Reglamento sobre el uso de señales audibles y visibles en vehículos de emergencia y vehículos oficiales.
1.4.15. Decreto Supremo N» 033-2005-PCM, Aprueban el Reglamento de la Ley del Código de Ética de la Función Púbica.
1.4.16. Decreto Supremo N° 096-2005-RE, Aprueban normas del Ceremonial del Estado y Ceremonial Regional.
1.4.17. Decreto Supremo N“ 016-2014-PCM, Aprueban Reglamento del Decreto Legislativo N’ 1141, Decreto Legislativo de Fortalecimiento y Modernización del Sistema de Inteligencia Nacional – SINA, y de la Dirección Nacional de Inteligencia – DINI.
1.4.18. Decreto Supremo N“ 012-2016-IN, Aprueban el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1186, Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte del personal de la Policía Nacional del Perú. [Clic aquí]
1.4.19. Decreto Supremo N° 012-2025-IN, Aprueban el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú.
1.4.20. Decreto Supremo N° 003-2020-IN, Decreto Supremo que aprueba Reglamento de la Ley N° 30714, Ley que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú. [Clic aquí]
1.4.21. Decreto Supremo N° 004-2022-IN, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de seguridad y protección a funcionarios/as públicos/as, dignatarios/as y personalidades.
1.4.22. Resolución Ministerial N° 1506-2022-iN, que aprueba la Directiva N° 007-2022-1N-DIRSEEST PNP, Lineamientos para brindar el servicio de seguridad y protección a funcionarios/as públicos/as, dignatarios/as y personalidades,
en sus diferentes modalidades, la seguridad de instalaciones públicas y seguridad domiciliaria; y su modificatoria. [Clic aquí]
1.4.23. Resolución Ministerial N“ 952-2018-IN, que aprueba el Manual de Derechos Humanos aplicados a la Función Policial.
1.4.24. Resolución Directoral N° 30-2013-DIRGEN/EMG, que aprueba el Manual de Procedimientos operativos de la Policía Nacional del Perú. [Clic aquí]
1.4.25. Resolución Directoral N“ 715-2016-DIRGEN/EMG-PNP. que aprueba el Reglamento General de Uniformes de la Policía Nacional del Perú, y sus modificatorias. [Clic aquí]
1.4.26. Resolución de COMGEN N° 051-2021-CG PNP/EMG, que aprueba la Directiva N“ 001-COMGEN-PNP/SECEJEDIRADM PNP-SEC «Normas y Procedimientos para la administración de los fondos de alimentos de personar Radón Orgánica Única Diaria – para el personal policial de las Unidades de Organización de la Policía Nacional del Perú».
CAPÍTULO II
DE LA AVANZADA
2.1 CONCEPTO
Consiste en las labores de coordinación, verificación, constatación, y prevención que efectúa un agente o equipo de agentes policiales debidamente capacitados y preparados con conocimientos (Curso de seguridad y protección de personalidades), y experiencia en seguridad y protección a fin de prevenir situaciones de riesgo, sea este en lugares públicos y/o privados, esto, ante la visita de un dignatario/a o la realización de un evento de gran magnitud con presencia de personas muy importantes.
2.2 CONFORMACIÓN
El equipo de avanzada es conformado por personal policial capacitado con el curso de seguridad y protección de personalidades, con conocimiento en manejo de armas, GPS, natación, explosivos, primeros auxilios y con conocimiento de manejo operativo, siendo parte del equipo de seguridad o protección, cuya misión especifica es la de concurrir a los lugares, actividades personales y/o protocolares, donde nuestro/a dignatario/a asiste como visita oficial o labor cotidiana, considerando la distancia, el tiempo y realizando en todo momento las coordinaciones con el jefe de escolta y a su vez con el jefe de equipo de protección.
2.3 DESIGNACIÓN
Los agentes de avanzada son designados por el jefe de Unidad o el jefe de Escolta del dignatario/a, con la debida anticipación en función al evento a realizarse y la magnitud de éste, así como de los riesgos de seguridad existentes; determinando puntos vulnerables, formulando la documentación correspondiente donde se comprometan a todas las unidades necesarias, determinándoles una función especifica en el área de su especialidad y responsabilidad.
2.4 DEL JEFE DE AVANZADA
Está a cargo de un Oficial o Suboficial de la Policía Nacional del Perú responsable del equipo de avanzada en todos los emplazamientos que el dignatario/a visite y de la coordinación de las actividades del equipo, con todas las personas o instituciones (públicas o privadas, nacionales o extranjeras) que considere necesarias, distribuye y asigna funciones y responsabilidades al personal y supervisa su cumplimiento; asimismo, mantiene enlace con el personal de asistentes, edecanes, secretarios y otros funcionarios y con la policía local en relación con las medidas de seguridad previas a la visita.
2.5. FUNCIONES
2.5.1 Estudia y/o analiza el o los lugares del evento, mínimo UNO (1) o DOS (2) días antes de su realización.
2.5.2 Determina y reconoce ruta primaria y secundarias, debiendo verificarse a la misma hora del desplazamiento a realizar.
2.5.3 Conoce y determina los puntos críticos del lugar.
2.5.4 Establece las vías de ingreso y salida.
2.5.5 Establece el lugar de parqueo de COFRE.
2.5.6 Determina las rutas de evacuación
2.5.7 Verifica la situación social local (inteligencia).
2.5.8 Conoce el perfil del protegido.
2.5.9 Establece necesidades médicas e historial.
2.5.10 Verifica la disponibilidad de personal.
2.5.11 Conoce y proponer la organización del evento
2.5.12 Verifica que autoridades participan en el evento.
2.5.13 Conoce y propone la forma del recibimiento.
2.5.14 Conoce y propone la ubicación del PMI (señalar nombre
completo).
2.5.15 Programa la duración ceremonia.
2.5.16 Conoce y propone los alcances de la participación de la
prensa (ubicación, conferencia, identificación).
2.6 INTELIGENCIA
Permite el conocimiento de la situación existente en los aspectos relacionados con las condiciones meteorológicas, el terreno, la población y el adversario.
2.6.1 Respecto las Condiciones Meteorológicas, clima.
2.6.2 Respecto el Terreno: preferentemente puntos críticos.
2.6.3 Respecto la Población: aspecto sociológico, aspecto político, aspecto psicológico.
2.6.4 Respecto el adversario, organización, composición, fuerza, capacidad de acción, etc.
2.7 ANÁLISIS
Determina los elementos de decisión que no están claramente establecidos, lo cual permite comprender e identificar las situaciones que se encuentran al realizar el trabajo de avanzada, respondiendo a las siguientes interrogantes:
2.7.1 ¿Quién? autoridad que realiza el evento.
2.7.2 ¿Qué? actividad ha de realizar en ese lugar.
2.7.3 ¿Cuándo? Momento.
2.7.4 ¿Dónde? Lugar.
2.7.5 ¿Cómo? Forma de empleo de medios.
2.7.6 ¿Para qué? Objeto de la acción.
2.7.7 ¿Por qué? justificación de las acciones a realizar.
De estos elementos, se debe enfatizar el ¿Cómo?, cuya respuesta se establece durante la Apreciación de Situación.
[CONTINUA…]
ANEXO I
DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
1. Actividades cotidianas. Conjunto de acciones diarias, propias de una
persona.
2. Actividades oficiales. Conjunto de operaciones y acciones, realizadas en cumplimiento de las funciones inherentes a su cargo u organizadas por la entidad.
3. Avanzada. Son los actos de coordinación, verificación, constatación, y prevención que efectúa una persona o un equipo de personas debidamente capacitadas y preparadas con conocimientos, experiencia en seguridad y protección (curso PMI) a fin de prevenir situaciones de riesgo, sea este en lugares públicos y/o privados.
4. Dignatario/a.- Es toda persona que desempeña un puesto o cargo importante en la función pública nacional o extranjera, que por su rango, cargo o riesgo existente es susceptible de sufrir atentados contra su integridad física, que requiere servicios de seguridad y protección; conforme a las normas legales y tratados internacionales vigentes.
5. Entidad pública. – organización o institución que opera en el ámbito de lo público y está respaldada por el Estado o algún otro ente gubernamental, tienen la finalidad de brindar servicios a la población, regular actividades económicas o sociales, o llevar a cabo funciones administrativas en nombre del gobierno.
6. Equipo de avanzada. Compuesto por uno o más efectivos PNP, quienes además del curso institucional de seguridad y protección de personalidades, cuentan con cursos afines a la función específica, efectúan los estudios de seguridad preliminares en los lugares que va a visitar un dignatario.
7. Evaluación de riesgo. Procedimiento policial que busca identificar, determinar e informar riesgos presentes o latentes en el entorno de la seguridad, así como la valoración de la urgencia de actuar.
8. Jefe de avanzada. Desempeñado por un Oficial o Suboficial de Armas PNP, quienes cuentan, además del curso institucional de seguridad y protección de personalidades, con cursos afines a la función específica.
9. Personalidades. Personas vinculadas o que estuvieron vinculadas a la actividad pública o privada, nacional o extranjera, de manera excepcional su familiar directo, que requieren servicios de seguridad y protección que, luego de la evaluación de riesgo, se determine que pueda ser susceptible de sufrir atentado contra su integridad física, como consecuencia de la actividad que estos realizan o realizaron.
10. PMI, – Persona muy importante.
11. Protección. – Acción de resguardar, proteger e impedir que una persona o bien reciban daño o que llegue hasta ella algo que lo produzca.
12. Riesgo. – Peligro existente o latente contra la seguridad.
13. Seguridad. – Estado de confianza y tranquilidad de la persona o de las personas a quien se protege, basado en el resultado de la apreciación de no haber peligro o riesgo que temer, frente a la adopción y ejecución de un conjunto de acciones que rechazan o neutralizan tales peligros o riesgos.
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