L-67: Infracción leve del régimen disciplinario de la PNP [Ley 30714]

[Tabla de Infracciones] Mediante el DS N° 016-2025-IN, se aprobó la nueva Tabla de Infracciones de la Ley del Régimen de Disciplinario de la PNP. Código de infracción L-67.– CONTRA EL SERVICIO POLICIAL.


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Infracción L-67. Sanción Leve del Régimen Disciplinario PNP Ley 30714

INFRACCIÓN L-67

L-67

Faltar a la verdad en cualquier acto del servicio, sin causar perjuicio.De 8 a 10 días de Sanción Simple

CORTE SUPREMA

  • L-67.- «No puede sancionarse por faltar al servicio policial, si el administrado se encontraba cumpliendo una sanción de pase a la situación de disponibilidad.» CASACIÓN N.º 34182-2022. Clic aquí: https://jurispol.pe/e7v0

TRIBUNAL DE DISCIPLINA POLICIAL

  • Acuerdo de Sala Plena N° 01-2016.- Acuerdo 4: «Ámbito de aplicación de las infracciones Muy Grave MG-15 y Grave G-43 de la tabla de infracciones y sanciones DL N° 1150». Sobre los criterios de interpretación para la aplicación de la infracción Gave G-43 del Decreto Legislativo N° 1150, que actualmente se relaciona con la infracción de código L-67. Clic aquí: https://jurispol.pe/6ei4
  • L-67.- «No se acredita la infracción si no se afecta la investigación o que la autoridad ejerza oportunamente la causa penal, pues instructor remitió los actuados» [Resolución N° 408-2025-IN/TDP/1S]. Clic aquí: https://jurispol.pe/5utu
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