Artículo 143. Subdirección de Sanidad Policial.- Reglamento de la Ley de la PNP [DS 012-2025-IN]

[Reglamento de la Ley de la PNP] Mediante el DS 012-2025-IN, publicado el 05NOV2025, se aprobó el Reglamento de la Ley de la Policía Nacional del Perú; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente esta normativa. Artículo 143. Subdirección de Sanidad Policial.


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Artículo 143. Subdirección de Sanidad Policial.- Reglamento de la Ley de la PNP [DS 012-2025-IN]

TÍTULO II

DESCRIPCIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

CAPÍTULO VII

ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN INTERNA

SUBCAPÍTULO III

ÓRGANOS DE APOYO POLICIAL

Artículo 143. Subdirección de Sanidad Policial

Art. 143

143.1 La Subdirección de Sanidad Policial es la subunidad orgánica responsable de planificar, organizar, articular, dirigir, controlar y evaluar el correcto funcionamiento de los servicios de salud a cargo de la Dirección de Sanidad Policial; así como de controlar el cumplimiento de las políticas nacionales de salud, las disposiciones de la Dirección de Prestaciones de Salud Policial y Dirección de Sanidad Policial, promoviendo el óptimo funcionamiento y sinergia entre sus unidades de organización, conforme a la normativa sanitaria nacional y bajo el ámbito de competencia de la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD).

143.2 Depende de la Dirección de Sanidad Policial y está a cargo de un Oficial General de Servicios Médicos de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad, en el grado de General, en estricto orden de antigüedad.

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143.3 La Subdirección de Sanidad Policial tiene las funciones siguientes:

1) Controlar y evaluar el cumplimiento de las políticas, normas, lineamientos, estándares de atención de calidad de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y Redes de Servicios de Salud a su cargo, según la normativa;

2) Evaluar la necesidad operativa y el funcionamiento de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud para recomendar la creación, fusión, reorganización o supresión de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud de la Policía Nacional del Perú, conforme a la normativa de la materia;

3) Controlar y evaluar las actividades administrativas, técnicas y asistenciales de los servicios de salud de las Redes Integradas de Servicios de Salud Policial e Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud de la Policía Nacional del Perú;

4) Controlar y evaluar el cumplimiento de los documentos normativos, orientadores y técnicos de gestión en las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud de la Policía Nacional del Perú y Redes de Servicios de Salud a su cargo, en el marco de sus competencias;

5) Evaluar y consolidar los Planes de Trabajo Anual de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud de la Policía Nacional del Perú;

6) Controlar que las Instituciones de Prestación de Servicios de Salud de la Policía Nacional del Perú actualicen anualmente la Cartera de Servicios de Salud, validar e informar oportunamente las modificaciones de las mismas;

7) Diseñar, establecer, ejecutar y reportar acciones de acuerdo con su campo funcional, relacionadas con la gestión del Riesgo de Desastres y emergencias sanitarias en coordinación con la División de Preparación y Respuesta ante Desastres;

8) Controlar e informar el desarrollo de auditorías de calidad de la atención en salud, de acuerdo con la normativa de la materia;

9) Proponer y formular los documentos normativos, orientadores y técnicos de gestión de la operatividad de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud que garanticen la calidad y continuidad de los servicios asistenciales en sus diferentes niveles;

10) Proponer y formular los documentos normativos, orientadores y técnicos de gestión que garanticen la calidad y continuidad del servicio médico en sus diferentes niveles;

11) Asesorar a la Dirección de Sanidad Policial en asuntos de su competencia;

12) Emitir opinión técnica en materia de su competencia; y,

13) Cumplir las demás funciones que le asigne la Dirección de Sanidad Policial de la Policía Nacional del Perú.

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