Cartilla temática PNP 363-2023: Aprobación de textos bibliográficos formulados por el personal policial

[Cartilla Temática PNP] Mediante La Dirección de Asesoría jurídica de la PNP, el 16DIC2023, oficializó la elaboración y difusión de la CARTILLA TEMÁTICA PNP 363-2023, como herramienta técnica y especializada de carácter jurídico para el empoderamiento del servicio policial. ⇒DESCARGA AQUÍ⇐


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Cartilla Temática 363-2023: Aprobación de textos bibliográficos formulados por el personal policial

APROBACIÓN DE TEXTOS BIBLIOGRÁFICOS FORMULADOS POR EL PERSONAL POLICIAL

Cartilla Temática 363-2023 Aprobación de textos bibliográficos formulados por el personal policial

1. RD N° 1311-2009-DIRGEN-
PNP/EMG, DIRECTIVA N° 01-02-
2010-DIRGEN-PNP/EMP-OAE-B, NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACIÓN Y APROBACIÓN DE TEXTOS FORMULADOS POR PERSONAL PNP EN SITUACIÓN DE ACTIVIDAD O RETIRO QUE SEAN DE UTILIDAD EN LA FUNCIÓN POLICIAL Y EN BENEFICIO DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ

V. SITUACIÓN

D. (…) la Policía Nacional no está obligada a aprobar ni a recomendar dichas obras como textos de consulta para el personal policial; situación que solo procederá si dichas obras, «son inéditas y son fruto de un trabajo de investigación científica o de creación intelectual que aporten de manera sustantiva al desarrollo del conocimiento dentro de algunas disciplinas policiales o alternativas para la mejora de los procedimientos operativos policiales».
(…)

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VI. DISPOSICIONES GENERALES

A. El personal PNP en Situación de Actividad o Retiro que haya formulado un texto escrito u obra bibliográfica inédita, de manera individual o en coautoría con otras, que trate de asuntos de interés de la Policía Nacional, en cuanto se refieran al desarrollo de conocimientos científicos tecnológicos de cualquiera de sus campos o actividades funcionales, deberá dirigir una solicitud al señor Comandante General de la PNP, respetando el conducto regular, peticionando la revisión, evaluación, aprobación de su obra, como texto de consulta para todo el personal PNP.

B. Cuando se trate de coautoría, esta será limitada a un máximo de DOS (02) efectivos policiales, situación de actividad o retiro; priorizando el aspecto cualitativo y la importancia de la obra propuesta.

C. No se considerarán las obras que sean traducciones, adaptaciones o las que se formulen recopilando conferencias, lecciones o trabajos de investigación que se dicten en las Escuelas 0 Centros de Formación, Capacitación 0 Perfeccionamiento de la Institución u otros institutos y Universidades.

D. No se aceptarán obras o textos relativos a Manuales de Procedimientos Operativos Policiales 0 Administrativos, reservados a los órganos respectivos (…).

E. No se dará trámite a proyectos que no tengan la presencia de un texto original con el Registro del Depósito Legal de la Biblioteca Nacional del Perú; (…).

F. En el caso de que la obra presentada por su autor o autores sea aprobada o recomendada por el Comando Institucional para su empleo en la Policía Nacional del Perú y antes de ser favorecido con el otorgamiento de algún 0 de incentivo; felicitación condecoración, así como otorgársele el puntaje respectivo; se le exigirá que acredite la entrega de UN (01) ejemplar de su obra para su uso en las respectivas bibliotecas de cada una de las Escuelas del Sistema Educativo Policial (…).

G. La Comandancia General PNP dispondrá que dicha obra sea evaluada y analizada en primer lugar y de ser el caso por la Unidad Especializada a Nivel de Dirección Nacional PNP; luego por la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial (…), la cual conformará un Consejo de Evaluación integrado por especialistas en el tema y. finalmente, por el Estado Mayor General PNP.

H. La Escuela Nacional de Formación Profesional Policial, así como la Unidad Especializada PNP que sea requerida observarán las disposiciones específicas que se establecen en la presente Directiva, para proceder a la revisión y evaluación prolija de los textos bibliográficos.

I. El Estado Mayor General PNP procederá a evaluar y formular la Hoja de Estudio y Opinión donde deberá recomendar al Comando Institucional si debe aprobarse o no el texto formulado, como «texto de consulta para todo el personal PNP».

J. La Comandancia General PNP decidirá si aprueba y recomienda o no el texto bibliográfico presentado, disponiendo la formulación de la Resolución (…) respectiva en caso de ser afirmativa y a través de la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial con una Notificación simple, si el resultado es negativo. (…)

[CONTINUA…]

BASE LEGAL:

  • RD N° 1311-2009-DIRGEN PNP/EMG, DIRECTIVA N° 01-02-2010-DIRGEN-PNP/EMP-OAE-Β.

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