[Régimen Disciplinario de la PNP] En virtud de la Ley 30714, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial al Régimen Disciplinario, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. 57. Recurso de apelación.
Lee más:
- Ley 30714 Regula el régimen disciplinario de la PNP [Actualizado 2025]
- ACTUALIZADO Reglamento de la Ley 30714 que regula el régimen disciplinario de la PNP [DS 003-2020-IN]
- Nueva Tabla de Infracciones de la ley 30714 que regula el Régimen Disciplinario de la PNP [DS 016-2025-IN]

TÍTULO IV
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 57. RECURSO DE APELACIÓN
Art. 57 | Procede recurso de apelación contra las resoluciones de sanción que se emitan en el desarrollo de un procedimiento administrativo-disciplinario, el mismo que será presentado por escrito ante el órgano que emitió la resolución impugnada y se tramita de acuerdo a lo establecido en la presente ley y su reglamento. La resolución que resuelve el recurso de apelación agota la vía administrativa. Las actuaciones de mero trámite son inimpugnables. |
CORTE SUPREMA
- «Presentación de la demanda contenciosa, luego de agotada la vía administrativa: El lugar donde se produjo la actuación de materia de demanda no es en la Ciudad de Lima, sino la Ciudad de Cañete que resulta competente para el conocimiento de la demanda; asimismo, la institución policial cuenta con oficinas descentralizadas a nivel nacional». Casación 11414-2024-CAÑETE. Clic aquí: https://jurispol.pe/?p=21114
TRIBUNAL DE DISCIPLINA POLICIAL
- «Competencia para resolver apelaciones de sanciones por infracciones graves o leves». Acuerdo de Sala Plena 2014. Acuerdo 6. Clic aquí: https://jurispol.pe/srqc
- «Pedidos de nulidad o recursos impugnativos contra resoluciones del tribunal de disciplina policial». Acuerdo de Sala Plena 2016. Acuerdo 6. Clic aquí: https://jurispol.pe/srqc
- «Lineamientos para solicitar el uso de la palabra en la etapa recursiva». Acuerdo de Sala Plena 2021. Tema 3. Clic aquí: https://jurispol.pe/77xi
- Principios de razonabilidad y proporcionalidad: «Constituyen un límite a la potestad sancionadora del empleador, que garantiza que la medida disciplinaria impuesta guarde correspondencia con los hechos». Resolución 222-2025-IN/TDP/3S. Clic aquí: https://jurispol.pe/6u1i
LEGISLACIÓN POLICIAL
- «Definiciones de etapa recursiva e infracciones autónomas». Cartilla temática PNP 041-B-2025. Clic aquí: https://jurispol.pe/2kbq
- «Órganos competentes. Presentación del recurso de apelación». Cartilla temática PNP 041-AX-2025. Clic aquí: https://jurispol.pe/jjvd
- «Órganos competentes. Presentación del recurso de apelación». Cartilla temática PNP 041-AY-2025. Clic aquí: https://jurispol.pe/28yk




