[Tabla de Infracciones] Mediante el DS N° 016-2025-IN, se aprobó la nueva Tabla de Infracciones de la Ley del Régimen Disciplinario de la PNP. Código de infracción L-91.– CONTRA EL SERVICIO POLICIAL.
Lee más:
- Ley 30714 Regula el régimen disciplinario de la PNP [Actualizado 2025]
- ACTUALIZADO Reglamento de la Ley 30714 que regula el régimen disciplinario de la PNP [DS 003-2020-IN]
- Nueva Tabla de Infracciones de la ley 30714 que regula el Régimen Disciplinario de la PNP [DS 016-2025-IN ]

INFRACCIÓN L-91
L-91 | Realizar acción, intervención o cualquier diligencia policial no autorizada. | De 8 a 10 días de Sanción Simple. |
| ELEMENTOS CONFIGURATIVOS: Se requiere para su configuración la verificación de uno de los siguientes presupuestos: (i) Que, el efectivo policial realice acciones intervenciones o diligencias policiales. (ii) Que, dichas acciones intervenciones o diligencias policiales, no estén autorizadas. (iii) Que, el efectivo policial realice acciones intervenciones o diligencias policiales. (iv) Que, dichas acciones intervenciones o diligencias policiales, no estén autorizadas. (v) Que, el efectivo policial realice acciones intervenciones o diligencias policiales. (vi) Que, dichas acciones intervenciones o diligencias policiales, no estén autorizadas. (xi) Que, el efectivo policial realice acciones intervenciones o diligencias policiales. (xii) Que, dichas acciones intervenciones o diligencias policiales, no estén autorizadas. |
TRIBUNAL DE DISCIPLINA POLICIAL
- «Realizar diligencias policiales sin conocimiento ni autorización de los superiores, incumpliendo el conducto regular obligatorio en la PNP». Resolución 014-2020-IN/TDP/3S. Clic aquí: https://jurispol.pe/i7s4
- «Conducta de oficial PNP no amerita responsabilidad administrativa (llevarse el chaleco antibalas a su unidad policial y tiempo después devolverlo)». Resolución 115-2021-IN/TDP/1S. Clic aquí: https://jurispol.pe/iz9j
- «Se atribuye diligencias policiales no autorizadas a perito investigador que realizo tomas fotográficas de documentos contenidos en una carpeta fiscal». Resolución 177-2021-IN/TDP/4S. Clic aquí: https://jurispol.pe/mksr
- «Conducta de oficial PNP no configura responsabilidad administrativa; llevarse el chaleco antibalas a su unidad policial y tiempo después devolverlo». Resolución 117-2022-IN/TDP/3S. Clic aquí: https://jurispol.pe/iz9j
- «Intervención policial realizada en cumplimiento de las funciones y apegado a los deberes, no requiere autorización formal». Resolución 131-2022-IN/TDP/3S. Clic aquí: https://jurispol.pe/1z92
- «Personal policial es responsable del usuario y clave del sistema ESINPOL, siento su uso de carácter secreto e intransferible». Resolución 852-2023-IN/TDP/3S. Clic aquí: https://jurispol.pe/mksr




