Artículo 2 del Reglamento de la Ley 30714.- Valores y principios institucionales de la Policía Nacional del Perú

[Régimen Disciplinario de la PNP] En virtud del Reglamento de la Ley 30714, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial al Reglamento del Régimen Disciplinario 30714, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. 2. Valores y principios institucionales de la Policía Nacional del Perú.


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Artículo 2 del Título Preliminar del Reglamento de la Ley 30714.- Valores y principios institucionales de la Policía Nacional del Perú

TÍTULO I

ASPECTOS GENERALES

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 2. VALORES Y PRINCIPIOS INSTITUCIONALES DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ 

Art. 2

 

El personal policial de la Policía Nacional del Perú, en el ejercicio de sus funciones y atribuciones, debe orientarse por los principios y valores reconocidos en los artículos VII y VIII del Título Preliminar del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, o la norma que haga sus veces.

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