Artículo 306. Región Policial Callao.- Reglamento de la Ley de la PNP [DS 012-2025-IN]

[Reglamento de la Ley de la PNP] Mediante el DS 012-2025-IN, publicado el 05NOV2025, se aprobó el Reglamento de la Ley de la Policía Nacional del Perú; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente esta normativa. Arculo 306. Región Policial Callao.


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TÍTULO II

DESCRIPCIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

CAPÍTULO IX

ÓRGANOS DESCONCENTRADOS

SUBCAPÍTULO II

DIRECCIÓN NACIONAL DE ORDEN Y SEGURIDAD

Artículo 306. Región Policial Callao

Art. 306

La Región Policial Callao, para el cumplimiento de sus funciones, cuenta con la misma estructura de las Regiones Policiales, exceptuando las Divisiones de Investigación Criminal Ventanilla y Callao, que se encuentran bajo dependencia administrativa y operativa directa de la Dirección de Investigación Criminal.
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