[Reglamento de la Ley de la PNP] Mediante el DS 012-2025-IN, publicado el 05NOV2025, se aprobó el Reglamento de la Ley de la Policía Nacional del Perú; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente esta normativa. Artículo 40. División de Control y Supervisión de Servicios Policiales.
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TÍTULO II
CAPÍTULO II ALTO MANDO
SUBCAPÍTULO III
INSPECTORÍA GENERAL
Artículo 40. División de Control y Supervisión de Servicios Policiales
Art. 40 | 40.1 La División de Control y Supervisión de Servicios Policiales es la subunidad orgánica responsable de planificar, articular y ejecutar las acciones de control y supervisión de la prestación de los servicios policiales; así como, la verificación del cumplimiento de las órdenes impartidas por el Alto Mando de la Policía Nacional del Perú; garantizando un servicio policial oportuno y eficiente y el uso adecuado de los recursos, cautelando la imagen institucional, en el marco de los objetivos y estrategias de la institución policial. 40.2 Las funciones de la División de Control y Supervisión de Servicios Policiales son ejercidas por las Inspectorías Descentralizadas por delegación, con excepción de Lima y Callao. 40.3 La División de Control y Supervisión de Servicios Policiales depende de la Dirección de Inspecciones y está a cargo de un Oficial Superior de Armas de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad, en el grado de Coronel, egresado del Programa de Alto Mando en Orden Interno y Desarrollo Nacional o su equivalente. 40.4 La División de Control y Supervisión de Servicios Policiales tiene las funciones siguientes: 1) Articular, ejecutar y controlar el cumplimiento de las disposiciones de la Dirección de Inspecciones de la Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú, relacionadas al control de los servicios policiales que desarrollan las unidades de organización de la institución policial a nivel nacional; 2) Proponer y formular el Plan de Actividades de los Equipos de Control y Supervisión de los Servicios, que permita verificar el cumplimiento de las disposiciones dictadas por el Alto Mando de la Policía Nacional del Perú; 3) Controlar la ejecución de los servicios policiales en las unidades de organización de la institución policial; 4) Asesorar a la Dirección de Inspecciones de la Inspectoría General en el proceso de evaluación y verificación de los documentos de acción que efectúan los diferentes Equipos de Ronda, proponiendo recomendaciones o mejoras; 5) Gestionar el nombramiento de los Oficiales Superiores de la Policía Nacional del Perú conforme al orden de antigüedad en el grado de Coroneles y Comandantes, a efectos de que realicen la supervisión y control de los servicios en Lima y Callao; 6) Informar a la Dirección de Inspecciones de la Inspectoría General sobre el resultado de las acciones de control y supervisión de los servicios que se ejecuta a nivel nacional; así como, de las medidas que se adopten por deficiencias o hechos irregulares constatados; 7) Orientar e instruir a los Equipos de Ronda sobre sus labores conforme a la normatividad legal vigente, en concordancia con las disposiciones impartidas por la Dirección de Inspecciones de la Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú; 8) Proponer a la Dirección de Inspecciones las modificaciones en el proceso de acciones de control y supervisión de los servicios que prestan las unidades de organización de la institución policial; 9) Orientar y controlar que los integrantes de los diferentes Equipos de Ronda guarden la reserva y el celo profesional de las acciones que realizan en el ejercicio de sus funciones; 10) Planificar, ejecutar y controlar las acciones y medidas pertinentes que permita resguardar la seguridad de las informaciones y documentación, en el ámbito de su competencia; 11) Emitir opinión técnica en los asuntos de su competencia; 12) Asesorar a la Dirección de Inspecciones en los asuntos de su competencia; y, 13) Cumplir las demás funciones que le asigne la Dirección de Inspecciones de la Policía Nacional del Perú. |




