Artículo 28.- Acciones de desplazamiento y formalización de cargos de la Ley de Carrera y Situación del Personal de la PNP.- [DL 1149]

[DL PNP] Mediante el DL 1149, publicado el 11DIC2012 se aprobó la Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente esta normativa, concretamente en el Art. 28. Acciones de desplazamiento y formalización de cargos.


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Artículo 28.- Acciones de desplazamiento y formalización de cargos de la Ley de Carrera y Situación del Personal de la PNP.- [DL 1149]

TÍTULO II

DE LA CARRERA DEL PERSONAL

CAPÍTULO IV

EMPLEO Y CARGO

Artículo 28.- Acciones de desplazamiento y formalización de cargos 

Art. 28

Son acciones de desplazamiento de cargos: la asignación, la reasignación y el destaque:

1) La asignación y reasignación de los Oficiales Generales se aprueba por resolución suprema;

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2) La asignación y reasignación de los Oficiales Superiores se aprueba por resolución ministerial;

3) La asignación y reasignación de los Oficiales Subalternos se aprueba por resolución de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú;

4) El destaque de Oficiales Generales, Superiores y Subalternos, se aprueba por Resolución de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú;

5) La asignación, reasignación y destaque de los Suboficiales, se aprueba mediante Resolución de la Dirección Ejecutiva de Personal.

Los Oficiales y Suboficiales de Servicios serán asignados, reasignados o destacados según las necesidades del servicio en cargos que tengan relación directa con la especialidad funcional, profesión o carrera técnica con la que fueron dados de alta. En ningún caso pueden comandar unidades operativas.

Son nulas las asignaciones , reasignaciones o destaques del personal policial dispuesta por autoridad distinta a las consideradas en la presente Ley.

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