G-26: Infracción grave del régimen disciplinario de la PNP [Ley 30714]

[Tabla de Infracciones] Mediante el DS N° 016-2025-IN, se aprobó la nueva Tabla de Infracciones de la Ley del Régimen de Disciplinario de la PNP. Código de infracción G-26.– CONTRA LA DISCIPLINA POLICIAL.


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Infracción G-26. Sanción grave del Régimen Disciplinario PNP Ley 30714

INFRACCIÓN G-26

G-26

Incumplir las disposiciones establecidas en reglamentos, directivas, protocolos, procedimientos, planes, cartillas, manuales, guías, asignaciones, reasignaciones, destaques, designaciones, comisiones, tareas, órdenes u otros análogos; causando perjuicio.De 4 a 9 días de Sanción de Rigor

 

CORTE SUPREMA

  • G-26.- «El accionante si tiene la posibilidad de ingerir brebajes caseros para prevenir el contagio del COVID 19; pero su comportamiento debe ser conforme a su condición de policía, respetuoso de su uniforme y de su institución; participando con ecuanimidad y respeto frente a sus a sus demás colegas, evitar peleas, riñas; es lo que se espera de una autoridad policial, custodio del orden público, en todos los ámbitos de su desempeño como autoridad policial dentro y fuera de su entidad policial privilegiando y salvaguardando los bienes jurídicos que fueron dejados de lado.» Casación 16573-2023-HUANCAVELICA. Clic aquí: https://jurispol.pe/?p=20737

CORTE SUPERIOR 

  • G-26.- «No basta señalar incumplir Directivas o normas sanitarias, para imponer una sanción; pues vulnera el principio de tipicidad y causa indefensión al administrado, debe describirse de manera suficiente, clara y precisa la falta prevista, el objeto de imputación y la disposición reglamentaria incumplida.» Exp. 00803-2022-0-0501-JR-LA-01 CSJ AYACUCHO. Clic aquí: https://jurispol.pe/?p=18093
  • G-26.- «Se declara la nulidad absoluta de las sanciones, ordenándose la reincorporación del efectivo policial; por el incumplimiento de validez y la afectación a los principios del debido procedimiento, legalidad procedimental, derecho de defensa, al habérsele recortado los plazos para la formulación de los descargos, por iniciarse un proceso sumario en vez del ordinario» Expediente 202-2021 CAJAMARCA. Clic aquí: https://jurispol.pe/?p=21615

TRIBUNAL DE DISCIPLINA POLICIAL

  • G-26.- «Si bien el investigado se encontraba en situación de disponible; ello no lo eximía de mantenerse atento ante la eventualidad de cualquier emergencia; al encontrarse vigente un Estado de Emergencia (COVID) y la orden de alerta absoluta, pero se dedicó a la ingesta de bebidas alcohólicas.» Resolución Nº 165-2021-IN/TDP/4S. Clic aquí: https://jurispol.pe/?p=21345
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