[Cartilla Temática PNP] Mediante La Dirección de Asesoría jurídica de la PNP, el 16DIC2023, oficializó la elaboración y difusión de la CARTILLA TEMÁTICA PNP 362-2023,como herramienta técnica y especializada de carácter jurídico para el empoderamiento del servicio policial. ⇒DESCARGA AQUÍ⇐
Lee más:
- DL. 1267: Ley de la Policía Nacional del Perú [Actualizado]
- Actualizado: Nuevo Reglamento del DL 1267, Ley de la PNP [DS 012-2025-IN]
- Ley 30714. Ley que regula el régimen disciplinario de la PNP [Actualizado 2026]

SISTEMA DE GESTIÓN DE RIESGO DE DESASTRES

1.LEY N° 29664, LEY QUE CREA EL SISTEMA NACIONAL DE GESTIÓN DE RIESGO DE (SINAGERD) DESASTRES
Artículo 1.- Creación del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (Sinagerd)
Créase el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. (Sinagerd) como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal V participativo, con la finalidad de identificar los riesgos asociados a peligros, priorizar la prevención para evitar la generación de nuevos riesgos, reducir o minimizar sus efectos, así como, la preparación y respuesta ante situaciones de emergencia o desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres.
(…)
Artículo 3.- Definición de Gestión del Riesgo de Desastres
La Gestión del Riesgo de Desastres es un proceso social cuyo fin último es la prevención, la reducción y el control permanente de los factores de riesgo de desastre en la sociedad, asi como la adecuada preparación y respuesta ante situaciones de desastre, considerando las políticas nacionales con especial énfasis en aquellas relativas a materia económica, ambiental, de seguridad, defensa nacional y territorial de manera sostenible.
La Gestión del Riesgo de Desastres está basada en la investigación científica Y de registro de informaciones, y orienta las políticas, estrategias y acciones en todos los niveles de gobierno y de la sociedad con la finalidad de proteger la vida de la población y el patrimonio de las personas y del Estado.
(…)
Artículo 9.- Composición del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres
El Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres está compuesto por:
a. La Presidencia del Consejo de Ministros, que asume la función de ente rector.
b. El Consejo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres.
c. El Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (Cenepred).
d. El Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci).
e. Los gobiernos regionales y gobiernos locales.
f. El Centro Planeamiento Nacional de Estratégico (Ceplan).
g. Las entidades públicas, las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional del Perú, las entidades privadas y la sociedad civil.
(…)
[CONTINUA…]
BASE LEGAL:
- LEY N° 29664, LEY QUE CREA EL SISTEMA NACIONAL DE GESTIÓN DE RIESGO DE DESASTRES, Y SU REGLAMENTO, D.S. N 048-2011-PCM.
- RCG N° 680-2019-CG PNP/SUBCOMGEN, DIRECTIVA N 013-2019-CG-PNP/EMG.
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