Dejan sin efecto la directiva [03-22-2003-B]

[Resoluciones PNP] Mediante la Resolución de la Comandancia de la PNP, N° 267-2024-CGPNP/EMG, de fecha 13 de julio 2024, se resuelve «Dejar sin efecto la Directiva N° 03-22-2003-B, que establece las normas y procedimientos para optimizar la intervención de la Policía Nacional del Perú y el Ministerio Público en la investigación preliminar del delito» ⇒DESCARGA AQUÍ⇐


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RESOLUCIÓN DE LA COMANDANCIA GENERAL DE LA POLICÍA NACIONAL 

N° 267-2024-CGPNF/EMG

VISTO, el Informe N° 100-2024-DIRNIC-PNP/DIRINCRI-PNP/UNIPLEDU del 14 de marzo de 2024, la Unidad de Planeamiento y Educación de la Dirección Investigación Criminal de la Policía Nacional del Perú, recomienda dejar sin efecto la Directiva N° 03-22-2003-B, mediante el cual establece normas y procedimientos para optimizar la intervención de la Policía Nacional del Perú y el Ministerio Público en la investigación preliminar del delito.

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CONSIDERANDO:

Que, el artículo 166 de la Constitución Política del Perú establece que la Policía Nacional del Perú tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno. Presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad. Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y privado. Previene, investiga y combate la delincuencia. Vigila y controla las fronteras; asimismo, el articulo 168 de la carta magna establece que las leyes y reglamentos respectivos determinan la organización, las funciones, las especialidades, la preparación y el empleo; y norman la disciplina de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional;

Que, el artículo 9° del Decreto Legislativo N° 1604, que modifica el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, señala que la Comandancia General es el órgano de Comando de más alto nivel de la Policía Nacional del Perú, encargado de planificar, organizar, dirigir y supervisar el desarrollo de la gestión administrativa y operativa de la Policía Nacional del Perú para el ejercicio de la función policial en todo el territorio nacional, en un contexto de mejor atención a la ciudadanía y eficiente uso de los recursos, en el marco de las políticas sectoriales aprobadas por el Ministerio del Interior,

Que, mediante Directiva N° 03-22-2003-B, establece normas y procedimientos para optimizar la intervención de la Policía Nacional del Perú y el Ministerio Público en la investigación preliminar del delito;

Que, la Directiva antes señalada no aplica para el cumplimiento de las funciones de la Policía Nacional del Perú, toda vez que a la fecha se encuentra vigente

el Código Procesal Penal y sus modificatorias, aprobado mediante Decreto Legislativo N° 957 del año 2004;

Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión N° 234-2024-EMG PNP/EQUAOI del 03 de mayo de 2024, emitido por el Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú, opina que es viable la derogación de la Directiva N° 03-22-2003-B, que establece las normas y procedimientos para optimizar la intervención de la Policía Nacional del Perú y el Ministerio Público en la investigación preliminar del delito, conforme el acápite «A», y ampliado con Informe Legal N° 28-2024-EMG PNP/SEC-UNIASJUR del 18 de junio de 2024;

Que, mediante Informe N° 109-2024-COMOPPOL PNP/DIVSEEPI del 04 de mayo de 2024, emitido por el División de Supervisión, Evaluación de Estrategias y Planes Institucionales del Comando de Operaciones Policiales de la Policía Nacional del Perú, concluye que resulta viable dejar sin efecto la Directiva N° 03-22-2003-B, que establece las normas y procedimientos para optimizar la intervención de la Policía Nacional del Perú y el Ministerio Público en la investigación preliminar del delito;

Lo dictaminado por la Dirección de Asesoría Jurídica de la Policía Nacional del Perú, mediante Dictamen N° 1670-2024-SECEJE/DIRASJUR-DIVDJPN del 15 de abril de 2024;

Lo propuesto por el General de la Policía Nacional del Perú, Jefe del Comando de Operaciones Policiales de la Policía Nacional del Perú; y.

Lo opinado por el Teniente General de la Policía Nacional del Perú, Jefe del Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú.

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Directiva N° 03-22-2003-B, que establece las normas y procedimientos para optimizar la intervención de la Policía Nacional del Perú y el Ministerio Público en la investigación preliminar del delito.

Artículo 2º.- Encargar a la Dirección Nacional de Investigación Criminal de la Policía Nacional del Perú, el cumplimiento de la presente resolución.

Artículo 3º.- El Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú, ejerza el control del cumplimiento de la presente resolución.

Articulo 4º.- Disponer que la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicaciones de la Policía Nacional del Perú y la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú, publiquen la presente resolución en el Sistema Integrado de Gestión de la Carrera del personal de la Policía Nacional del Perú (https://sigcpd.policia.gob.pe), respectivamente.

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Yuri Toscano
Yuri Toscano
Asesor de Jurisprudencia Policial
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