Directiva que establece solicitudes para la asignación de cargos para oficiales PNP – 2026 [Directiva 27 -2025-COMGEN-PNP/DIRREHUM-PNP]

[Directivas PNP] Mediante la RCG N°909-2025-CG PNP/SECEJE-DIRREHUM, de fecha 14 de noviembre de 2025, a través de la  Comandancia General, se aprobó «Directiva que establece lineamiento para la asignación de cargos de oficiales de armas, de servicios y con estatus de oficial en las jerarquías de oficiales superiores y oficiales subalternos de la PNP, para el año 2026 [DIRECTIVA N° 27 -2025-COMGEN-PNP/DIRREHUM-PNP]» ⇒DESCARGA AQUÍ⇐


Lee también:

Directiva y solicitudes para la asignación de cargos para oficiales PNP – 2026.

RESOLUCIÓN DE LA COMANDANCIA GENERAL DE LA POLICÍA NACIONAL 

N° 909-2025-CG PNP/SECEJE-DIRREHUM

VISTO, el Informe N° 251-2025-DIRREHUM-PNP/DIVMRH-DEPOFI de fecha 27 de octubre de 2025, sobre el proyecto de Directiva que establece los lineamientos para la Asignación de Cargos de Oficiales de Armas, de Servicios y Estatus de Oficial en las Jerarquías de Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos de la Policía Nacional del Perú, para el año 2026.

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CONSIDERANDO:

Que, el artículo 168° de la Constitución Política del Perú, establece que las Leyes y Reglamentos respectivos determinan la organización, las funciones, las especialidades, la preparación y el empleo; y norman la disciplina de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú;

Que, el numeral 15 del artículo 9º del Decreto Legislativo N° 1267-Ley de la Policía Nacional del Perú, establece que la Dirección General (hoy Comandancia General) de la Policía Nacional del Perú, tiene entre sus funciones aprobar, en el marco de su competencia las Resoluciones, Manuales, Reglamentos, Directivas y demás documentos de carácter interno que regulen el funcionamiento operativo de la Policía Nacional del Perú para el ejercicio de la función policial; y en el articulo 26º de la precitada norma, señala que la carrera Policial se basa en un conjunto de principios, normas, procesos y condiciones que permiten al personal de la Policía Nacional del Perú, acceder a cada grado y ocupar cargos;

Que, el artículo 23° del Decreto Legislativo N° 1149, Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú, y su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 016-2013-IN, señala que el empleo es la condición laboral del personal de la Policía Nacional del Perú, en situación de actividad en función de su categoría y grado;

Que, resulta necesario establecer lineamientos para la ejecución técnica de las asignaciones de cargos a Oficiales de Armas, de Servicios y Estatus de Oficial en las jerarquías de Oficiales Superiores y Subalternos de la Policía Nacional del Perú, para el año 2026;

Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión N°984-2025-EMG-PNP/EQUAGA de fecha 28 de octubre de 2025, el Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú opina favorablemente respecto de la aprobación del Proyecto de Directiva que establece los lineamientos para la Asignación de Cargos de Oficiales de Armas, de Servicios y Estatus de Oficial en las Jerarquías de Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos de la Policía Nacional del Perú, para el año 2026;

Que, conforme a lo dictaminado por la Dirección de Asesoría Jurídica de la Policía Nacional del Perú, mediante Dictamen N° 4502-2025-SECEJE PNP/DIRASJUR-DIVDJPN del 28 de octubre de 2025;

Lo propuesto por el General de la Policía Nacional del Perú, Director de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú; y,

Lo opinado por el Teniente General de la Policía Nacional del Perú, Jefe del Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú.

SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Aprobar la Directiva que establece lineamientos para la Asignación de Cargos de Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial en las Jerarquías de Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos de la Policía Nacional del Perú, para el año 2026; la misma que como anexo forma parte de la presente resolución.

Artículo 2º.- Las Direcciones y Órganos de la Policía Nacional del Perú comprometidos, accionarán en el área de su competencia, de acuerdo a lo establecido en la directiva que se aprueba conforme al artículo 1º de la presente resolución.

Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Web de la Policía Nacional del Perú (www.pnp.gob.pe) y en la Página Web del Sistema Integrado de Gestión de la Carrera del Personal de la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú.

DIRECTIVA N° 27 -2025-COMGEN-PNP/DIRREHUM-PNP

RCG NO 909-2025-CG PNP/SECEJE-DIRREHUM

«LINEAMIENTOS PARA LA ASIGNACIÓN DE CARGOS DE OFICIALES DE ARMAS, DE SERVICIOS Y CON ESTATUS DE OFICIAL EN LAS JERARQUÍAS DE OFICIALES SUPERIORES Y OFICIALES SUBALTERNOS DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ,PARA EL AÑO 2026″

1. OBJETO

Establecer lineamientos para la asignación de cargos de Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial en las Jerarquías de Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos, para el año 2026 de conformidad al Cuadro de Organización y Cuadro de Personal de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, aprobado con Resolución de Comandancia General N°780-2019-CG PNP/SUB COMGEN de fecha 20 de diciembre de 2019.

II. FINALIDAD

A. Establecer lineamientos que garanticen el correcto desarrollo del proceso técnico de Empleo y Cargo de Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial en las Jerarquías de Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos de la Policía Nacional del Perú para el año 2026, en concordancia con las Leyes y Reglamentos sobre la materia, tomando en consideración la política del Comando Institucional.

B. Evitar la excesiva rotación del personal de Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial en las Jerarquías de Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos de la Policía Nacional del Perú, en concordancia con la política del comando institucional, a fin de no afectar el servicio policial y prestar un eficaz y eficiente servicio a la comunidad.

C. Determinar funciones y responsabilidades a los integrantes de las Juntas de Asignación de Cargos de Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial en las Jerarquías de Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos de la Policía Nacional del Perú para el año 2026.

D. Asegurar la eficacia de la asignación de cargos de Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial en las Jerarquías de Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos de la Policía Nacional del Perú para el año 2026, mediante la aplicación de un control.

III. ALCANCE

Las prescripciones de la presente Directiva rigen para todas las unidades orgánicas y personal de la PNP comprometidos en el proceso de asignación de cargos de Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial en las Jerarquías de Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos, de la Policía Nacional del Perú para el año 2026.

IV. RESPONSABILIDADES

A. La Comandancia General de la Policía Nacional del Perú es el órgano de Comando de más alto nivel de la Policía Nacional del Perú que dispone e imparte lineamientos para la organización, desarrollo, control y ejecución del proceso de asignación de cargos del personal de Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial en las Jerarquías de Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos de la Policía Nacional del Perú para el año 2026.

B. El Estado Mayor General de la PNP coordina y supervisa el cumplimiento de los lineamientos establecidos en la presente directiva, relacionado con el proceso de asignación de cargos del personal de Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial en las Jerarquías de Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos de la Policía Nacional del Perú para el año 2026.

C. La Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú se encarga de controlar y supervisar el cumplimiento de la presente Directiva en el ámbito de su competencia funcional.

D. La Dirección de Administración de la Policía Nacional del Perú (DIRADM PNP) es el órgano de apoyo administrativo encargada de proveer los recursos logísticos y disponibilidad presupuestal para el funcionamiento de las Juntas de Asignación de Cargos contemplada en la presente Directiva y para las asignaciones de cargos con costo para el Estado respectivamente.

E. La Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú es el órgano técnico responsable de planear, organizar y proporcionar la información requerida por la Juntas Institucionales para el desarrollo del proceso de asignación de cargos del personal de Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial en las Jerarquías de Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos de la Policía Nacional del Perú para el año 2026 y Recepciona la documentación formulada por las Juntas Institucionales luego de culminado el proceso de asignación de cargos.

F. Las Juntas Institucionales son responsables de conducir el desarrollo del proceso de asignación de cargos del personal de Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial en las Jerarquías de Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos de la Policía Nacional del Perú para el año 2026.

V. BASE LEGAL

A. Constitución Política del Perú. [Clic aquí]

B. Ley N°23284 «Todos los servidores públicos, cuyos cónyuges residan en lugar distinto, tendrán prioridad en su traslado por reasignación o cambio de colocación al lugar de residencia de éstos».

C. Ley N°30714, Ley que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú. [Clic aquí]

D. Decreto Legislativo Nº1267 «Ley de la Policía Nacional del Perú», y sus modificatorias. [Clic aquí]

E. Decreto Legislativo Nº1149- «Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú», y sus modificatorias. [Clic aquí]

F. Decreto Legislativo N°1318 Decreto legislativo que regula la formación profesional de la Policía Nacional del Perú. [Clic aquí]

G. Decreto Supremo Nº 012-2025-IN, del 05NOV205, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº1267, Ley de Policía Nacional del Perú.

H. Decreto Supremo N°004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. [Clic aquí]

I. Decreto Supremo N°016-2013-IN, del 16NOV2013, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N°1149 y sus modificatorias. [Clic aquí]

J. Decreto Supremo N°294-86-EF de 29AGO86, que regula el pago de viáticos al Personal Policial y Civil de las FF.AA. y PNP; y su modificatoria DS. N°046-DE-EP de 040CT90.

K. Decreto Supremo N°009-2016-DE de 24JUL2016, que aprueba el Reglamento General para determinar la Aptitud Psicosomática para la permanencia en situación de actividad del personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.

L. Decreto Supremo N°003-2020-IN, que aprueba el Reglamento de la Ley N°30714, Ley que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, modificado con Decreto Supremo N°016-2025 IN de 12NOV2025.

M. Resolución Ministerial N°546-2011/MINSA del 13JUL2011, que aprueba la NTS N°021-MINSA/DGSP-V.03 «Categorías de Establecimientos del Sector Salud».

N. Resolución Ministerial N°0045-2021-IN del 20ENE2021, que aprueba el Manual de Operaciones de las Unidades Ejecutoras a Cargo de la Policía Nacional del Perú con excepción de la Unidad Ejecutora 019 Escuela Nacional de Formación Profesional Policial PNP.

O. Resolución Directoral N°633-2013-DIRGEN/EMG-PNP del 25JUL2013 que aprueba el Perfil Técnico Profesional para el cargo de Comisario de la Policía Nacional del Perú.

P. Directiva N°01-15-2018-DIRGEN PNP/DIRREHUM-PNP-B aprobada con RD N°270-2018-DIRGEN/DIRCOAS-PNP de fecha 20JUL2018, que norma los procedimientos que regulan la administración, organización, mantenimiento, actualización, custodia y gestión del acervo documentario del legajo del personal de la Policía Nacional del Perú, aprobado con RD N°270-2018-DIRGEN/DIRCOAS-PNP del 20JUL2018.

Q. Directiva N°2-2022-COMGEN-PNP/EMG, Lineamientos que regulan el funcionamiento de los órganos colegiados de naturaleza temporal en la Policía Nacional del Perú, aprobado con RCG N°30-2022-CGPNP/EMG de fecha 05 de marzo del 2022.

R. Resolución Directoral N°002-2007-EF-77.15 del 24ENE2007, que aprueba la Directiva de Tesorería N°001-2007-EF/77.15 del 24ENE2007 del Sistema Nacional de Tesorería – Ministerio de Economía y Finanzas.

S. Resolución de Comandancia General de la Policía Nacional del Perú N°417-2021-CG PNP/EMG del 23DIC2021 que aprueba la Directiva N°19-2021-COMGEN-PNP/SECEJE-DIPLAINS-DIVMDI, que establece los «Lineamientos aplicables para la formulación, aprobación o modificación de dispositivos legales, documentos normativos u orientadores de la Policía Nacional del Perú».

T. Resolución de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú Nº182-2023-CG PNP/EMG del 16MAY2023, que aprueba la Directiva N°8-2023-COMGEN-PNP/SECEJE-DIRADM que regula el otorgamiento, pago y rendición de cuentas de viáticos por Comisión del Servicio Nacional e Internacional, asignaciones, reasignaciones y Cambio de Residencia para el Personal de la Policía Nacional del Perú.

U. Resolución de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú Nº780-2019-CG PNP/SUB COMGEN del 20DIC2019, que aprueba el Cuadro de Organización y Cuadro de Personal de Oficiales de la Policía Nacional del Perú.

V. Resolución de la Comandancia General N°073-2021-CG PNP/IG del 24ABR2021, que suprime y crea los Órganos Disciplinarios de la Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú a nivel nacional en aplicación de la Ley de Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú Ley N°30714 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N°003-2020-IN.

VI. DISPOSICIONES GENERALES

A. El Comando Institucional a través de la presente Directiva dispone en parte lineamientos para la organización, desarrollo, control y ejecución del proceso de asignación de cargos de Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial en las Jerarquías de Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos de la Policía Nacional del Perú para el año 2026, en concordancia con las leyes y reglamentos sobre la materia, asignando funciones y responsabilidades a las unidades orgánicas participantes en el proceso e integrantes de las juntas correspondientes, para su estricto cumplimiento en sus diferentes niveles.

B. La Comandancia General PNP, mediante la resolución correspondiente, a propuesta de la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú, designa a los integrantes de las Juntas Institucionales para la asignación de cargos de Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial en las Jerarquías de Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos de la Policía Nacional del Perú para el año 2026.

C. La Comandancia General nombra la Comisión Especial de Control, la misma que estará conformada por personal de la Comandancia General, Estado Mayor General, Inspectoría General y de la Dirección de Recursos Humanos PNP, con el fin de evaluar el trabajo efectuado por las Juntas Institucionales de asignación de cargos de Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial en las Jerarquías de Oficiales Superiores y Oficiales Subaltemos de la Policía Nacional del Perú para el año 2026.

D. La Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú como órgano encargado de preservar el cumplimiento de las normas, procedimientos y responsabilidades dispuestas en la Ley y Reglamento de la materia; controla y controla y supervisa el cumplimiento de la presente Directiva en el ámbito de su competencia funcional.

E. Las Juntas Institucionales ejecutan el proceso de asignación de cargos del personal de Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial en las Jerarquías de Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos de la Policía Nacional del Perú para el año 2026.

VII. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

A. UNIDADES ORGÁNICAS PNP

1. COMANDANCIA GENERAL

1.1. Dispone e imparte los lineamientos para la organización, desarrollo, control y ejecución del proceso de asignación de cargos del personal de Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial en las Jerarquías de Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos de la Policía Nacional del Perú para el año 2026.

1.2. Designa mediante resolución respectiva las Juntas Institucionales para la asignación de cargos de Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial, en las jerarquías de Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos de la Policía Nacional del Perú para el año 2026, a propuesta de la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú.

1.3. Nombra la Comisión Especial de Control integrado por personal de la Comandancia General, Estado Mayor General, Inspectoría General y la Dirección de Recursos Humanos PNP, para evaluar la propuesta de asignación de cargos de Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial en las Jerarquías de Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos de la Policía Nacional del Perú para el año 2026, formulado por las Juntas Institucionales.

1.4. Dispone el lugar donde se instalarán las Juntas Institucionales para la asignación de cargos de Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial en las Jerarquías de Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos de la Policía Nacional del Perú para el año 2026.

2. ESTADO MAYOR GENERAL

2.1. Coordina y supervisa el cumplimiento de los lineamientos establecidos en la presente Directiva.

2.2. Remite a las Juntas Institucionales la propuesta de Cuadro de Asignación de Cargos de personal de Oficiales PNP necesarios para el cumplimiento de su función.

3. INSPECTORÍA GENERAL

3.1. Es el órgano encargado de preservar el cumplimiento de las normas, procedimientos y responsabilidades dispuestas en la Ley, Reglamento y Directiva de la materia.

3.2. Controla y supervisa el cumplimiento de las normas, procedimientos y responsabilidades establecidas en la presente Directiva, dictando las disposiciones que sean pertinentes.

3.3. Verifica que la asignación de cargos se ejecute de acuerdo a lo establecido en la presente Directiva.

3.4. En el ámbito de su competencia, realiza el Procedimiento Administrativo Disciplinario con relación al incumplimiento de lo dispuesto en la presente Directiva.

4. DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS

4.1. Difunde la presente Directiva en el Sistema Integrado de la Gestión de la Carrera Policial (SIGCP), para conocimiento del personal de Oficiales de Armas, de Servicios y Estatus de Oficial de la Policía Nacional del Perú de todas las Unidades Policiales.

4.2. En calidad de ente técnico normativo de la administración del personal policial, propone a la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú el Proyecto de Resolución de Comandancia General que nombra a los integrantes de las Juntas Institucionales y Comisión Especial de Control.

4.3. Coordina con las Secretarias de las Direcciones Policiales, Regiones Policiales y Frentes Policiales, para los requerimientos de asignación de cargo del personal de Oficiales de Armas, de Servicios y Estatus de Oficial en las Jerarquías de Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos de la Policía Nacional del Perú para el año 2026.

4.4. Coordina con la Dirección de Administración la disponibilidad presupuestaria para la ejecución del proceso de asignación de cargos del personal de Oficiales de Armas, de Servicios y Estatus de Oficial en las Jerarquías de Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos de la Policía Nacional del Perú para el año 2026.

4.5. Solicita a la Unidades donde pertenecen los Oficiales integrantes de las Juntas Institucionales y Comisión Especial de Control, el concepto de Ración Orgánica Única Diaria (ROUD), a fin de atender la alimentación correspondiente.

4.6. Solicita oportunamente a la División de Logística de la Dirección de Administración, los recursos materiales necesarios para atender las necesidades que demanden las Juntas Institucionales para la asignación de cargos de Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial en las Jerarquías de Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos de la Policía Nacional del Perú para el año 2026.

4.7. Propone personal del Departamento de Sistematización de la DIRREHUM Información de la Carrera Policial de la DIVSICPAL PNP, para brindar soporte técnico a las Juntas Institucionales para la asignación de cargos de Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial en las Jerarquías de Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos de la Policía Nacional del Perú para el año 2026.

4.8. Designa un Oficial Superior de Armas de la División Movimiento de Recursos Humanos DIRREHUM PNP, para que cumpla la función de Oficial Coordinador y Oficial de Enlace, entre las Juntas Institucionales y la DIRREHUM PNP.

4.9. Proporciona a las Juntas Institucionales para la asignación de cargos las solicitudes recepcionadas peticionando asignación de cargo, así cómo la información actualizada sobre las especialidades requeridas de los Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial PNP.

4.10. Proporciona a las Juntas Institucionales, el Aplicativo Informático para la formulación de los proyectos de asignación de cargo de Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial PNP.

4.11. Proporciona a las Juntas Institucionales la información a tener en cuenta:

4.11.1 Relación del personal de Oficiales de reciente ascenso al grado inmediato superior.

4.11.2 Relación del personal de Oficiales que alcanzaron vacante en Escuela de Posgrado de la PNP.

4.11.3 Relación del personal de Oficiales que cumplen dos (02) años de servicios reales y efectivos en zona declarada en Estado de Emergencia.

4.11.4 Relación del personal de Oficiales que cumplen dos (02) años en el grado y cuatro (04) años en toda la carrera que prestaron servicios en entidades diferentes a la Policía Nacional del Perú (extra institucional).

4.11.5 Relación del personal de Oficiales que realizaron estudios en el extranjero, debiéndose especificar la materia y el tiempo de duración de los estudios para la asignación de cargo conforme a Ley.

4.11.6 Relación del personal de Oficiales que fueron asignados a una Unidad en los Cambios Generales 2025 y luego han sido reasignados a otras unidades.

4.11.7 Relación del personal de Oficiales que en el año 2025 fueron destacados por diversos motivos a otra unidad por la Comandancia General y permanecen físicamente pese a su vencimiento.

4.11.8 Relación del personal de Oficiales que se encuentran sometidos a la Ley N°12633 con indicación del periodo en que se encuentra.

4.11.9 Relación de Oficiales PNP que se encuentran con aptitud distinta al código 0; personal que ha contraído matrimonio con personal de la PNP o FF. AA; con separación temporal del cargo (indicando el cargo anterior), cese temporal del empleo y suspensión temporal del servicio, así como de los Oficiales que se encuentran con detención preliminar, prisión preventiva u otras dictadas por los órganos jurisdiccionales.

4.11.10 Relación del Personal de Oficiales que se encuentran con adaptación a la vida civil y que el año 2026 pasaran a la situación de retiro por la causal de límite de edad en el grado y 40 años de servicios reales y efectivos en el Instituto.

4.11.11 Relación del Personal de Oficiales indicando su especialidad.

4.11.12 Relación de personal de Oficiales asignados a las agregadurías policiales acreditadas en el extranjero.

4.11.13 Relación de Alféreces que cuentan con un mínimo de DOS (02) años que no hayan sido asignados a cargos en regiones policiales fuera de Lima y Callao.

4.11.14 Otra información que las Juntas Institucionales estimen pertinentes, solicitar.

4.12 La División de Control de Recursos Humanos de la DIRREHUM PNP, ejerce el control en línea sobre la ejecución de las asignaciones de cargo, que se realizaran directamente de la unidad de origen a la unidad de destino; debiendo hacer de conocimiento a la Inspectoria General del incumplimiento de la misma.

4.13 En coordinación con la Dirección de Tecnología de la Información (DIRTIC PNP), proporciona e instala los equipos informáticos (PC’s y periféricos) necesarios, en el lugar dispuesto por la Comandancia General, para el trabajo de las respectivas Juntas Institucionales.

4.14 Otorga una cuenta individual (usuario y password) a cada uno de los integrantes de las Juntas Institucionales para la asignación de cargos de Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial de la PNP.

4.15 Asimismo, la Dirección de Tecnología de la Información (DIRTIC PNP), deberá crear un correo electrónico institucional para la Junta de Oficiales Superiores Armas PNP, Junta de Oficiales Subalternos de Armas PNP y Junta de Oficiales Superiores y Subalternos de Servicios PNP, a fin de que las solicitudes o expedientes sobre pedido de asignaciones de cargo para el año 2026, para que la División de Movimiento de Recursos Humanos DIRREHUM, remita a los respectivos correos, siendo los secretarios de cada junta los encargados de ingresar en forma diaria y pongan en conocimiento de los miembros de las juntas respectiva para evaluación y consideraciones del caso.

5. DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN

La Dirección de Administración, a solicitud de la Dirección de Recursos Humanos, debe prever la disponibilidad presupuestaria necesaria para la ejecución de la asignación de cargos del personal de Oficiales de la Policía Nacional del Perú.

5.1 División de Economía

5.1.1 Remite a la Dirección de Recursos Humanos, la información sobre la disponibilidad presupuestaria para la asignación de cargos a Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial de la Policía Nacional del Perú.

5.1.2 Emite oportunamente las liquidaciones por concepto de pasajes, bagajes, gastos de instalación e indemnización por gastos de viaje del personal de Oficiales de Armas y de Servicios de la Policía Nacional del Perú, depositando los derechos económicos que corresponde, a cada uno de los Oficiales asignados a otras unidades policiales con costo para el Estado.

5.1.3 Designa un Oficial Superior PNP como Coordinador de la División de Economía, que facilite la información necesaria y oportuna a las Juntas Institucionales para la asignación de cargos de Oficiales de Armas de Servicios y con Estatus de Oficial de la Policía Nacional del Perú para el año 2026.

5.1.4 Mantiene actualizada la tabla por concepto de pasajes, bagajes, gastos de instalación e indemnización por gastos de viaje del personal policial conforme a Ley, especificando los montos a percibir por el personal asignado a nuevos cargos con costo para el Estado, incorporándose al Aplicativo Informático desarrollado por la Dirección de Recursos Humanos, a fin de estandarizar los montos que recibe el personal PNP por este concepto.

5.1.5 En el caso del personal casado con miembros de las Fuerzas Armadas, coordina con el Ministerio de Defensa para evitar la duplicidad de pago de viáticos por parte del Estado.

5.1.6 Remite a la Dirección de Recursos Humanos la relación del personal de Oficiales de la PNP que cobraron Indemnización de Gastos de Viaje en los años 2023 y 2024; así como el personal de oficiales PNP que realizaron la devolución de dicho concepto.

5.2 División de Logística
Remite oportunamente a la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú, los recursos logísticos requeridos por las Juntas Institucionales para la asignación de cargos a Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial de la Policía Nacional del Perú para el año 2026.

6. DIRECCIÓN DE INTELIGENCIA

El Oficial Superior PNP designado como Coordinador ante las Juntas Institucionales para la asignación de cargos de Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial de la Policía Nacional del Perú para el año 2026, proporciona la información que sea requerida por las Juntas Institucionales y realiza acciones propias de su competencia.

7. DIRECCION DE EDUCACION Y DOCTRINA DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU

7.1 En coordinación con la Dirección de Asuntos Internacionales, proporciona a las Juntas Institucionales la relación del personal de Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial de la Policía Nacional del Perú, que ha viajado en misión de estudios al extranjero, en los niveles de formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento para su asignación a una Unidad policial acorde con los estudios recibidos.

7.2 Proporciona a las Juntas Institucionales la relación del personal de Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial de la Policía Nacional del Perú, que ha recibido estudios de capacitación, especialización y perfeccionamiento en el país para su asignación a una Unidad policial acorde con los estudios recibidos.

7.3 Proporciona a las Juntas Institucionales correspondientes, la relación de los cadetes próximos a ser dados de alta como alféreces promoción 2025, con indicación de sus respectivas especialidades.

8. DIRECCION CONTRA LA CORRUPCION

El Oficial Superior PNP designado como Coordinador ante las Juntas Institucionales para la Asignación de cargos de Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial de la Policía Nacional del Perú para el año 2026, proporciona la información que sea requerida y realiza acciones propias de su competencia.

9. DIRECCION DE ASUNTOS INTERNACIONALES

En coordinación con la Dirección de Educación y Doctrina de la Policía Nacional del Perú, proporciona a las Juntas Institucionales, la relación del personal de Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial de la Policía Nacional del Perú, que ha viajado en misión de estudios al extranjero, en los niveles de capacitación, especialización y perfeccionamiento para la asignación a una unidad policial acorde con los estudios recibidos.

10. DIRECCIÓN DE SANIDAD POLICIAL

Remite a la Dirección Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú, la relación de Oficiales hospitalizados, sometidos a la Ley N°12633 y con códigos de aptitud (1,2,3 y 4), que por su naturaleza deben ser conocidos por las Juntas Institucionales de asignación de cargos del personal de Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial de la Policía Nacional del Perú para el año 2026.

11. JUNTAS INSTITUCIONALES

11.1 Cumple los lineamientos establecidos en la presente Directiva, conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo N°1149-«Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú, su Reglamento y sus Modificatorias».

11.2 Adopta las medidas de seguridad manteniendo la reserva en el manejo de la información y documentación, evitando el acceso a personas no autorizadas, bajo responsabilidad.

11.3 Formular y entregar los proyectos de asignación de cargos de Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial de la Policía Nacional del Perú a la Comandancia General PNP en el plazo establecido en el cronograma de actividades (Anexo III), con el Informe respectivo, adjuntando las actas y documentos de gestión; las mismas que serán entregadas a la Comisión Especial de Control.

11.4 Los secretarios de las diferentes juntas, deberán devolver los documentos conforme fueron remitido a la División de Movimiento de Recursos Humanos – DIRREHUM, de forma física y virtual al correo electrónico (dirrehum.divmrh@policia.gob.pe), con la indicación de atendido o denegado, para su archivo correspodiente.

12. COMISION ESPECIAL DE CONTROL

12.1 Recibe de la Comandancia General la propuesta de asignación de cargos entregados por las Juntas Institucionales.

12.2 Realiza el control de la propuesta de asignación de cargos entregados por las Juntas Institucionales, verificando el cumplimiento de los lineamientos de asignación de cargos contemplados en la presente directiva.

12.3 Remite a la Comandancia General el informe correspondiente adjuntando la propuesta final de asignación de cargos a Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial de la Policía Nacional del Perú para el año 2026 para su aprobación.

B. LINEAMIENTOS PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO DE ASIGNACION DE CARGO

1. ASIGNACION DE CARGOS

1.1. El empleo es la condición laboral del personal de la Policía Nacional en situación de actividad en función de su categoría y grado.

1.2. El cargo es el puesto laboral específico establecido en el Cuadro de Organización y el Cuadro de Personal, que se asigna al personal con empleo de acuerdo a las Listas de Rendimiento Profesional o Técnico, especialidades funcionales, antigüedad y necesidad del servicio y se ejecuta anualmente.

1.3. Son acciones de desplazamiento y formalización de cargos: la asignación, la reasignación y el destaque.

1.4. La asignación es la ubicación del personal en situación de actividad en un cargo específico, acorde a las especialidades funcionales, al Cuadro de Organización y al Cuadro de Personal y que se ejecuta anualmente conforme a los Cambios Generales de Colocación.

1.5. La asignación de los Oficiales Superiores y Subalternos se aprueba por Resolución Ministerial y Resolución de la Comandancia General de la Policía Nacional, respectivamente.

1.6. Son nulas las asignaciones, reasignaciones o destaques del personal policial dispuesta por autoridad distinta a las consideradas en el Decreto Legislativo N°1149 Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú, su reglamento y modificatoria.

1.7. La asignación de cargos se ejecuta según cronograma, (anexo III) y se realiza conforme a la normatividad vigente.

2. CAUSALES DE ASIGNACION DE CARGOS

La asignación del cargo se produce, según corresponda, en los casos siguientes:

2.1. Al egreso de las Escuelas de Formación o por Asimilación.

2.2. Reingreso a la institución, teniendo en consideración las medidas cautelares dictadas a mérito de procesos judiciales en trámite.

2.3 Necesidad del servicio.

2.4 Por ascenso, se realiza cuando el personal es promovido al grado inmediato superior y el cargo que desempeña no corresponde al Cuadro de Personal

2.5 Especialidad Funcional.

2.6 Limite de permanencia en el cargo por las causales establecidas en el reglamento del Decreto Legislativo 1149 y su modificatoria.

2.7 Por solicitud del interesado, la misma que está sujeta a la evaluación de las Juntas para la Asignación de Cargos.

2.8 Permuta previa evaluación y aprobación.

2.9 Por medidas preventivas contempladas en la ley de Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, que se aplican en mérito a la resolución emitida por los órganos disciplinarios.

2.10 Cumplir los Oficiales de Armas el limite de permanencia de Dos (2) años consecutivos en los cargos siguientes:

2.10.1 Jefe en Zona de Frontera.

2.10.2 Jefe de Unidad.

2.10.3 Comisario o sus equivalentes de las otras especialidades funcionales.

2.10.4 Edecán o encontrarse apto para el ascenso al grado inmediato superior aun cuando tenga menos de dos años en el cargo de edecán.

2.10.5 Ayudante, Secretario, Jefe de Administración, asimismo esta causal se hace extensiva a los jefes de logística, abastecimiento u otro, dentro de una Unidad Ejecutora.

2.11 Cumplir los Oficiales de Armas y de Servicios el límite de permanencia de DOS (2) años de servicios ininterrumpidos en Zona de Emergencia, Zona de Frontera y Zona de Tráfico Ilícito de Droga, debiendo el Oficial haber registrado presencia física y ejercido el empleo y cargo en el tiempo, conforme a los dos últimos años acorde a los Cambios Generales de colocación, la misma que debe ser contrastada con la lista de revista que administra mensualmente la Dirección de Recursos Humanos dela PNP.

3. CONSIDERACIONES PARA LA ASIGNACION DE CARGOS

3.1 El personal de Oficiales de Armas y de Servicios de la Policía Nacional del Perú, al término de la misión de estudios en el país o en el extranjero, en los niveles de formación, capacitación, especialización, perfeccionamiento o investigación debe ser asignado a una unidad policial acorde con la capacitación recibida.

3.2 La permanencia del personal policial asignado a cargos en entidades diferentes a la Policía Nacional del Perú y el Ministerio del Interior autorizado por la Comandancia General, no debe exceder de DOS (2) años en un mismo grado o CUATRO (4) años en toda la carrera.

3.3 Los Alféreces promoción de egreso enero 2026, sin excepción, deben ser asignados a las Comisarías o DEPINCRIS de la Región policial Lima y Callao según su especialidad.

3.3.1 Los Alféreces, en su tercer año como Oficial, deben ser asignados para prestar servicios en regiones fuera de Lima y Callao.

3.3.2 Los Alféreces a partir de su cuarto año de servicio pueden ser asignados a cargos en unidades especializadas.

3.3.3 Los Alféreces que, en su tercer y cuarto año como Oficiales, no se les haya asignado cargo fuera de Lima y Callao, obligatoriamente deben ser asignados a cargos fuera de dichas regiones.

3.3.4 Considerar el Perfil Técnico Profesional para el Cargo de Comisario de la Policía Nacional del Perú, aprobado con RD. N°633-2013-DIRGEN/EMG-PNP del 25JUL2013.

3.4 Los cargos de Director, Director de Escuelas, Jefe de Región o División, Jefe de Frente Policial, Jefes de Unidad, Jefes de Subunidades Operativas y Administrativas, Comisarios y equivalentes, preferentemente recaen en Oficiales de Armas, que prestaron servicios en dichas Unidades, debiendo contar con el Curso correspondiente, efectuado en la Escuela de Posgrado de la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial o de Cursos similares en el país o en el extranjero, (PAMOID DIPCOEM), en consideración a su especialidad funcional, necesidad del servicio y que se encuentren en aptitud psicosomática código «0».

3.5 Los Oficiales de Armas asignados a los Equipos de Asesoramiento del Estado Mayor General deben haber aprobado el Programa de Alto Mando de Orden Interno y Desarrollo Nacional o su equivalente del Centro de Altos Estudios Nacionales o de las Fuerzas Armadas o del extranjero.

3.6 La asignación del cargo de Inspector Macro Regional Policial, debe recaer en el Oficial Superior PNP más antiguo en el grado de Coronel de Armas que pase a prestar servicios en dicha Región o Frente Policial; asimismo, en orden de antigüedad debe nombrarse al Jefe de la Inspectoría Descentralizada y Jefe de la Oficina de Disciplina.

3.7 El personal de Oficiales de la Policía Nacional del Perú que ha sido sancionado con resolución firme por la comisión de infracción grave o muy grave que afecte la función que venía desempeñando, no puede continuar ni volver a ser asignado al cargo que ocupaba al momento de cometer la infracción o en funciones análogas en otra unidad, por un periodo de CINCO (05) años.

3.8 Las Juntas para la asignación de cargo para Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial en las Jerarquías de Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos, debe observar estrictamente los impedimentos para el ejercicio del cargo establecidos en las resoluciones del Órgano Disciplinario de la Inspectoría General en merito a la Ley N°30714-Ley de Régimen Disciplinario de la PNP.

3.9 Constituye un requisito para ser Jefe de Subunidad que los Comandantes o Mayores de Armas cuenten con el curso correspondiente en su grado efectuado en la Escuela de Posgrado o sus equivalentes en las Fuerzas Armadas en el país o en el extranjero, autorizados en todos los casos con Resolución de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, en función al número de Oficiales que cuenten con dicho requisito.

3.10 Los Oficiales Superiores y Subalternos que se encuentren con aptitud Código 1 y 2, deben ser asignados a unidades administrativas, teniendo en consideración el estado de salud que presentan.

3.11 Los Oficiales Subalternos de Armas deben desempeñarse en Unidades Operativas, salvo su inaptitud para el servicio policial operativo.

3.12 Los Oficiales de Servicios deben desempeñarse en cargos de acuerdo a la profesión con la que causaron alta en la Policía Nacional del Perú; y en ningún caso pueden.0 comandar Unidades Operativas.

3.13 Los Oficiales de Servicios profesionales de la salud asignados como Directores de Hospitales, Jefes de Policlínicos, Postas Médicas de la Policía Nacional del Perú, deben ser médicos de profesión y el más antiguo de todos los profesionales de la salud que prestan servicios en dicho establecimiento. Asimismo, en el caso de las divisiones, departamentos u otras unidades orgánicas, que son parte integrante de los establecimientos de salud, los cargos se asignan en función de la antigüedad y especialidad funcional.

3.14 Para el caso de las Unidades desconcentradas de Dosaje Etílico de conformidad al Cuadro de Organización, deben ser asignado un Oficial de Servicios de la especialidad Laboratorista Clínico o Químico Farmacéutico.

3.15 Los profesionales de la salud que van a realizar su residentado médico en el año 2025, habilitados por ley, deben ser asignados a unidades dentro de la jurisdicción donde efectúan su formación especializada, debiendo contar con el requisito mínimo de un año de asimilación y haber sido autorizado mediante Resolución Comandancia General de la Policía Nacional del Perú.

3.16 El personal que retorne a la situación de actividad, por medida judicial o medida administrativa, para ser asignado en un cargo, debe aprobar el curso de actualización correspondiente, el cual está a cargo de la Dirección de Educación y Doctrina de la Policía Nacional del Perú.

4. ASIGNACION DE CARGO CON COSTO PARA EL ESTADO

4.1 En ningún caso, se efectúan asignaciones a unidades policiales ubicadas en jurisdicciones territoriales que por la distancia generen más de un pago de viáticos por conceptos de pasajes, bagajes e instalación, conforme a lo establecido en Directiva N° 08-2023-COMGEN-PNP/SECEJE-DIRADM, aprobado con Resolución de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú N°182-2023-CG PNP/EMG del 16MAY2023.

4.2 En caso de asignación de cargo de cónyuges integrantes de la PNP en la misma jurisdicción policial o diferente que implique costo para el Estado, únicamente tiene derecho al pago de viáticos de mayor grado o antigüedad conforme a la directiva N°08-2023-COMGEN-PNP/SECEJE-DIRADM, aprobado con Resolución de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú Nº182-2023-CG PNP/EMG del 16MAY2023.

4.3 La División de Economía verifica y codifica la carga familiar del administrado asignado a un cargo con pago de viáticos (IGV) para evitar duplicidad de pago cuando se trate de hijos en común de Oficiales sin vinculo matrimonial o convivencia.

4.4 El personal que haya sido objeto de asignación de cargo con costo para el Estado y por necesidad del servicio tenga que permanecer en la misma unidad de origen, con aprobación de la Comandancia General PNP, están obligados a devolver a la División de Economía PNP el importe de los viáticos abonados en su totalidad, realizando un solo pago y en el plazo máximo de DIEZ (10) días hábiles de conocida su situación, bajo responsabilidad administrativa, penal y civil correspondiente. En caso de no hacerlo, se remite el Informe respectivo a la Inspectoría General PNP, así como al Procurador Público competente, para las acciones legales que correspondan.

4.5 No se otorga viáticos por asignación en los siguientes casos:

4.5.1 A solicitud del interesado

4.5.2 Por permuta.

4.5.3 Al personal que ha recibido pago de viáticos (IGV) el año anterior a la asignación y/o reasignación a excepción de los Oficiales ingresantes al Programa de Alto Mando en Orden Interno y Desarrollo Nacional (PAMOID), Maestrías en Orden y Seguridad, Investigación Criminal, Criminalística e Inteligencia y Diplomado de Posgrado en Comando y Asesoramiento de Estado Mayor (DIPCOEM) que gerencia a la Escuela de Posgrado de la Policía Nacional del Perú (ESCPOGRA).

4.6 Para la ejecución de las asignaciones de cargo con costo para el Estado, la DIVECO PNP realiza el depósito de viáticos (IGV) en la cuenta del personal de Oficiales PNP.

5. IMPEDIMENTOS PARA LA ASIGNACION DE CARGOS

5.1 Ningún Oficial de Armas puede prestar servicios en una misma Unidad por un periodo mayor de DOS (02) años. Excepcionalmente, lo puede hacer por un periodo adicional de UN (01) año, autorizado por la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú. Los Oficiales de Servicios deben ser asignados en cargos que tengan relación directa con la profesión con la que fueron dados de alta. El tiempo de permanencia está sujeto a las necesidades del servicio.

5.2 El personal de la Policía Nacional del Perú que haya sido sancionado durante su carrera con Rigor, pese a la situación de disponibilidad por medida disciplinaria o reincorporados luego de ser pasados a la situación de retiro por medida disciplinaria, no pueden formar parte de los órganos que integran el sistema disciplinario policial, conforme lo establece el artículo 23 del Decreto Supremo N°003-2023-IN Reglamento de la Ley N°30714, que regula el Régimen Disciplinario de la PNP.

5.3 Excepcionalmente se puede designar como Jefe de la Oficina de Disciplina Titular a un Oficial Superior en el grado de Comandante o Mayor de Armas en actividad, mediante resolución de asignación o documento de reasignación de cargos, siempre que é Oficial más antiguo, de la unidad policial de la circunscripción territorial tenga el mismo o menor grado que el Jefe de la Oficina de Disciplina.

5.4 El personal que tenga entre si parentesco, hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, vínculo conyugal o de convivencia o tener descendencia en común, no pueden prestar servicios en una misma Unidad o Subunidad policial a órdenes directas del mismo superior jerárquico.

5.5 El personal con asignación de cargo no puede hacer uso de vacaciones o permisos, hasta DOS (02) meses después de haberse incorporado y relevado en su unidad de destino, a fin de compenetrarse con su nuevo cargo; salvo casos debidamente justificados.

5.6 El personal asignado a cargos con pago de viáticos no puede solicitar permutas o reasignaciones antes de los DOS (02) años de servicios reales y efectivos en su unidad de destino. Los casos debidamente justificados y aprobados por el Comando requieren la devolución de los viáticos, salvo necesidad de servicio con la resolución correspondiente.

5.7 El personal asignado a cargos con pago de viáticos no podrá ser reasignado antes de los DOS (02) años de servicios reales y efectivos en su unidad de destino, salvo por necesidad del servicio dispuesto por el Comandante General PNP. En caso haya sido destacado por motivos justificados, obligatoriamente debe retornar a su lugar de origen hasta cumplir dicho periodo de tiempo. El personal evacuado por tratamiento médico, al término de su tratamiento retorna a su unidad de origen hasta cumplir el plazo mínimo de dos años.

C. PROCESO PARA LA EJECUCION DE LA ASIGNACION DE CARGOS

La asignación de los cargos de los Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial en las Jerarquías de Oficiales Superiores y Subalternos de la Policía Nacional se realiza anualmente de la siguiente manera:

1. APROBACIÓN DE LA DIRECTIVA Y CRONOGRAMA DEACTIVIDADES

La Comandancia General de la Policía Nacional, a propuesta de la Dirección de Recursos Humanos de la PNP, mediante la Resolución respectiva aprueba la presente directiva, del proceso de asignación de cargos de Oficiales de Armas, de servicios y con Estatus de Oficial en las jerarquías de Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos de la PNP para el año 2026; asimismo, la DIRREHUM PNP la difunde a través del Sistema Integrado de Gestión de la Carrera Policial (SIGCP) para conocimiento de las unidades policiales y de todo el personal.

2. DESIGNACIÓN DE LAS JUNTAS DE ASIGNACIÓN DE CARGO

La Comandancia General de la Policía Nacional a propuesta de la Dirección de Recursos Humanos de la PNP mediante la Resolución respectiva designa al presidente de las Juntas y a los integrantes de las Juntas Institucionales para la Asignación de Cargos de Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial en las jerarquías de Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos de la PNP, para el año 2026, conforme al siguiente detalle:

2.1. PRESIDENTE DE LAS JUNTAS INSTITUCIONALES DE ASIGNACION DE CARGOS PARA EL AÑO 2026

-Teniente General PNP Jefe Estado Mayor (Presidente de las Juntas)

2.2. PARA OFICIALES SUPERIORES DE ARMAS DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERU.

-UN (01) General PNP de Armas (Presidente)

-CINCO (05) Coroneles  PNP de Armas (Vocales)

-UN (01) Comandante PNP de Armas (Secretario)

2.3. PARA LOS OFICIALES SUBALTERNOS DE ARMAS DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ.

-UN (01) General PNP de Armas (Presidente)

-CINCO Coroneles PNP de Armas mas (Vocales)

-UN (05) (01) Comandante PNP de Armas (Secretario)

2.4. PARA LOS OFICIALES SUPERIORES Y SUBALTERNOS DE SERVICIOS Y CON ESTATUS DE OFICIAL DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ.

-UN (01) General PNP de Armas (Presidente)

– UN (01) Coronel PNP de Armas (Vocal)

-UN (01) Coronel PNP de Servicios Abogado (Vocal)

– UN (01) Coronel PNP de Servicios Médico (Vocal)

– UN (01) Coronel PNP Servicios de otra especialidad (Vocal)

– UN (01) Comandante PNP de Servicios Médico (Vocal)

-UN (01) Comandante PNP de Servicios Médico (Vocal)

-UN (01) Mayor PNP de Armas (Secretario)

2.5. INSPECTORÍA GENERAL

– UN (01) Coronel PNP de Armas.

2.6. DIRECCIÓN CONTRA LA CORRUPCIÓN

-UN (01) Comandante PNP de Armas.

2.7. DIRECCIÓN DE INTELIGENCIA

-UN (01) Coronel PNP de Armas.

2.8. DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES

-UN (01) Comandante PNP de Armas.

2.9. DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS GENERAL Y APOYO TECNICO COORDINACIÓN

-Gral. PNP Director de Recursos Humanos.

-Crnl. PNP Jefe de la División de Movimiento de Recursos
UN (01) Oficial Superior de Armas PNP.

-CUATRO (04) Suboficiales PNP.

2.10. DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN (DIVECO PNP)

-UN (01) Oficial Superior de Armas (COORDINADOR).

2.11. COMISION ESPECIAL DE CONTROL

-Tnte. Gral. PNP Estado Mayor General (Presidente)

-Gral. PNP Director de Recursos Humanos de la PNP
(Vocal)

-Crnl. PNP Jefe División Movimiento de recursos humanos
(Vocal)

-Un (01) Oficial Superior de la Comandancia General PNP (Vocal)

-Un (01) Oficial superior de Estado Mayor General
(Vocal)

-Un (01) Oficial Superior de la Inspectoría General PNP (Vocal)

-Cmdte. PNP Jefe del Dpto. de Movimiento de Oficiales de la DIVMOREHUM (Secretario)

3. RECEPCIÓN DE SOLICITUDES

3.1. El requerimiento de asignación de cargo a título personal del Oficial PNP se ejecuta sin costo para el Estado.

3.2. La solicitud debe ser presentada físicamente por conducto regular o directamente a la Unidad de tramite Documentario de la DIRREHUM PNP, adjuntando la declaración jurada de renuncia de pago de viáticos (IGV) legalizado por Notario Público; asimismo puede ser tramitado a través de la Mesa de Partes digital, donde la solicitud y la declaración jurada de renuncia de viáticos deben ser remitidos en formato electrónico (archivos PDF), incluyendo en ambos documentos la firma digital del administrado.

3.3. Las peticiones y/o requerimientos de los Jefes de Región, Directores de los Órganos de Linea (DIRNIC y DIRNOS) serán evaluadas por las Juntas Institucionales, las mismas que no generan ningún derecho de cumplimiento, priorizándose la necesidad del servicio.

3.4. Cuando el personal de Oficiales de Armas, de Servicios y Estatus de Oficial de la Policía Nacional del Perú solicite su asignación de cargo por motivos de salud, debe adjuntar el Acta de la Junta Médica emitida por la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional del Perú, así como la documentación que fundamente su pedido.

3.5. La División de Movimiento de Recursos Humanos DIRREHUM, remitirá todas las solicitudes y/o requerimientos a las respectivas Juntas de Asignación de cargo para el año 2026 y el resultado de todas las solicitudes, peticiones y/o requerimientos se verán reflejadas en la publicación de las resoluciones correspondientes de asignación de cargos de Oficiales Superiores, Subalternos de Armas y de Servicios PNP a través de la página web del Sistema Integrado de Gestión de la Carrera Policial.

4. INSTALACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS JUNTAS DE ASIGNACIÓN

Las Juntas Institucionales del proceso de asignación de cargos se instalan y funcionan conforme al cronograma establecido en la presente directiva; las que realizan el análisis y evaluación de la documentación pertinente y formulan la propuesta de asignación de cargos ante el Comandante General de la Policía Nacional del Perú, debiendo sujetarse estrictamente a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1149-Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú y sus modificatorias, así como su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N°016-2013-IN de fecha 16 de noviembre de 2013; asimismo, debe tenerse en cuenta la Ley N°31379 de fecha 23 de diciembre del 2021 y la Directiva N°2-2022- COMGEN-PNP/EMG-Lineamientos que regulan el funcionamiento de los órganos colegiados de naturaleza temporal en la Policía Nacional del Perú, aprobado con RCG N°30-2022-CG PNP/EMG de fecha 05 de marzo de 2022.

5. COMISION ESPECIAL DE CONTROL

Realiza el control de la propuesta de asignación de cargos entregados por las Juntas Institucionales, verificando el cumplimiento de los lineamientos de asignación de cargos contemplados en la presente directiva, presentando la propuesta final para su aprobación por el Comandante General PNP.

6. PUBLICACIÓN DE LAS RESOLUCIONES DE ASIGNACIÓN DE CARGO

La Dirección de Recursos Humanos de la PNP difunde las Resoluciones Ministeriales y de Comandancia General que disponen las asignaciones de cargo de los Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial en la Jerarquía de Oficiales Superiores y Subalternos de la Policía Nacional del Perú para el año 2026, a través del Sistema Integrado de Gestión de la Carrera Policial.

7. FORMULACIÓN DE LAS LIQUIDACIONES POR CONCEPTO DE VIÁTICOS

Publicado las resoluciones de asignación de cargo la Dirección de Recursos Humanos de la PNP remite las mismas a la Dirección de Administración PNP, quienes a través de la DIVECO PNP emiten oportunamente las liquidaciones por concepto de pasajes, bagajes, gastos de instalación e indemnización por gastos de viaje del personal de Oficiales de Armas, de Servicios y con Estatus de Oficial en la Jerarquía de Oficiales Superiores y Subalternos de la Policía Nacional del Perú, realizando el depósito del importe económico que corresponde a cada uno de los Oficiales asignados con costo para el Estado.

8. EJECUCIÓN DE LAS ASIGNACIONES DE CARGO

Publicado las resoluciones de asignación de cargo, la ejecución se efectúa conforme al cronograma establecido, salvo disposición distinta de la Comandancia General, la misma que se hace de conocimiento a través del Sistema Integrado de Gestión de la Carrera Policial.

VIII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES

A. Los Oficiales de Armas y de Servicios de la Policía Nacional del Perú que empleando o ejerciendo influencia o recomendaciones valiéndose del grado, cargo o función para obtener asignación de cargo o todo aquello que signifique ventaja para si o terceros, en detrimento del servicio o de los derechos del otro, antes, durante o después de la publicación de las resoluciones correspondientes, son pasibles a la aplicación de lo previsto en la Ley N°30714-«Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú»; asimismo, la documentación formulada sobre el particular, es remitido a la DIRREHUM para adosario al legajo personal correspondiente.

B. Los Oficiales con asignación de cargo con costo para el Estado año 2026, que han recibido el depósito de sus viáticos (IGV) correspondiente a su cuenta personal, pero que por razones debidamente fundamentadas y con autorización de la Comandancia General PNP sean reasignados conforme a Ley, están obligados a devolver el monto percibido en el plazo máximo de DIEZ (10) días hábiles y en una sola armada, bajo responsabilidad civil, penal o disciplinaria.

C. Las situaciones no previstas en la presente Directiva son puestas a consideración del Director de Recursos Humanos, para su consulta al Comandante General de la Policía Nacional del Perú, que permita determinar la acción y decisión correspondiente.

D. Una vez publicada la asignación de cargos y conforme al cronograma establecido, la ejecución se realiza directamente de la unidad de origen a la unidad de destino, por ningún motivo los Oficiales son puestos a disposición de la DIRREHUM PNP.

IX. VIGENCIA

La presente Directiva entra en vigencia al día siguiente de su publicación.

X. ANEXOS

Α. ΑΝΕΧΟ Ι: Glosario de términos.

Β. ΑΝΕΧΟ Ι: Guía para la asignación de cargos de Oficiales de Armas, de Servicios y Estatus de Oficial en las jerarquías de Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos de la Policía Nacional del Perú, para el año 2026.

C. ANEXO II: Cronograma de actividades para el proceso de asignación de cargo para Oficiales de Armas, de Servicios y Estatus de Oficial en las jerarquías de Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos de la Policía Nacional del Perú, para el año 2026.

ANEXO I

«GLOSARIO DE TÉRMINOS».

1. Antigüedad: Prelación existente entre el personal, en atención a su categoría, jerarquía, grado y tiempo de servicio.

2. Ascenso: Promoción del personal en situación de actividad, al grado inmediato superior, que tiene por finalidad garantizar la linea de carrera policial, como resultado objetivo del proceso de evaluación de los méritos y deméritos registrados durante la carrera.

3. Asignación: Ubicación del personal en situación de actividad en un cargo de especialización, acorde a las especialidades funcionales, al Cuadro de Organización y al Cuadro de Personal y que se ejecuta anualmente conforme a los cambios generales de colocación.

4. Categoría: Nivel que corresponde al personal, teniendo en cuenta su formación y procedencia.

5. Cuadro de Organización: Documento que contiene el listado de los cargos que existen en la Policía Nacional del Perú.

6. Cuadro de Personal: Contiene los cargos definidos y aprobados sobre la base del Cuadro de Organización.
7. Especialidad Funcional: Función policial que comprende un conjunto de actividades interrelacionadas para el cumplimiento de su finalidad fundamental.

8. Jerarquías: Son los niveles alcanzados por el personal en su respectiva Categoría, abarca UNO (01) o más grados.

9. Medida preventiva: Disposición administrativa de carácter transitorio, que se impone por la presunta comisión de infracciones muy graves en los casos previstos en la ley de Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, a efectos de evitar que se siga cometiendo infracciones similares o se afecte al procedimiento administrativo disciplinario. No constituye sanción.

10. Oficial de Armas: Profesional egresado de la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú.

11. Oficial de Servicios: Profesional egresado de una Universidad, con titulo registrado en la Asamblea Nacional de Rectores e inscrito en el Colegio Profesional respectivo, cuando corresponda, que se incorpora a la Policía Nacional del Perú mediante concurso público, de acuerdo a las necesidades institucionales.

ANEXO II

1. La asignación de cargos de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, teniendo en consideración las limitaciones económicas, se realizan preferentemente entre las Unidades Policiales ubicadas en las circunscripciones territoriales agrupadas de la siguiente manera:

-Primera Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Cajamarca

-Segunda Lima, Callao, Ancash, Ica, Junín, Huánuco, Pasco, Huancavelica, Ayacucho FP VRAEM.

-Tercera Loreto, Ucayali, San Martín y Amazonas.

-Cuarta: Apurímac, Cusco, Madre de Dios y Puno.

-Quinta: Arequipa, Moquegua y Tacna.

2. Para la asignación de cargos dentro de la misma Región Policial, se considera la distancia existente entre la Unidad de origen y la Unidad de destino, para evitar reclamos de pago de viáticos posteriormente.

3. Las solicitudes de los Oficiales de la Policía Nacional del Perú, son evaluadas:

a. Por razones de unión conyugal y se encuentre enmarcado dentro de los requisitos establecidos en la Ley N°23284.

b. Por motivo de salud, debidamente sustentado con el Acta de la Junta Médica actualizada, expedido por la Dirección de Sanidad Policial y documentación que fundamente su pedido para su evaluación.

C. Por encontrarse sometidos a procesos judiciales con restricciones (Restricción de la Libertad o Limitativa de Derechos) debidamente justificado y documentado para su permanencia en la circunscripción geográfica conforme al mandato judicial.

d. Otros motivos, debidamente justificados.

4. Tienen prioridad los Oficiales de la Policía Nacional del Perú que tengan DOS (2) años continuos de permanencia en zonas declaradas en Estado de Emergencia.

5. Las Oficiales Femeninas son asignadas a unidades donde existan condiciones mínimas de habitabilidad, propias a su género.

6. Deben ser asignados en la misma circunscripción territorial, los Oficiales PNP que:

a. Han cobrado viáticos, en los DOS (02) últimos años anteriores al proceso.

b. Registren menos de DOS (02) años de permanencia en la misma Unidad.

c. Han sido reasignados durante el año del proceso.

7. El personal de Oficiales de la Policía Nacional del Perú que se encuentren en situación especial deben ser considerados en Lima, en la Dirección de Recursos Humanos División de Control de Recursos Humanos – Situación Especial y en provincias en las Oficinas de Administración – Unidad de Personal – Situación Especial, en los siguientes casos:

a. Encontrarse dentro de los alcances de Ley N°12633

b. Por mandato judicial (detención preliminar, prisión preventiva y pena privativa de la libertad).

C. Medidas preventivas de Cese Temporal del Empleo o suspensión Temporal del Servicio, dispuesta por resolución de los Órganos de Investigación y Decisión

d. Resolución Judicial de inhabilitación para el empleo

e. En Abandono de Cargo Prisionero o Rehén

g. Desaparecido en acción de armas, en acto o como consecuencia del servicio.

8. Para ser asignados en los siguientes cargos:

a. Jefes de Región.

b. Jefes de Frentes Policiales.

c. Directores.

d. Director de las Escuelas de Formación, Escuela de Educación Continua y Escuela de Posgrado.

e. Jefatura de la División Policial de la Región Policial Lima y Región Policial Callao.

f. Jefatura de División de las Direcciones Especializadas y Administrativas.

g. Jefe de Unidad.

h. Jefe de Administración.

i. Comisario o DEPINCRI.

Los Oficiales de Armas preferentemente deben cumplir los requisitos siguientes:

a. Haber cumplido satisfactoriamente estudios y ser egresados de la Escuela de Postgrado.

b. Para ser Director de la Escuela de Formación, con grados o titulo universitario en educación.

c. Tener aptitud psicosomática «0» acreditada con la Ficha Médica Anual.

d. No registrar sentencia judicial condenatoria consentida o ejecutoriada.

e. No registrar proceso judicial vigente.

f. No registrar sanciones de rigor en la jerarquía.

g. No encontrarse sometido a procesos administrativos disciplinarios, ni registrar sanciones por infracciones graves o muy graves.

h. No haber sido desaprobado en los exámenes para el ascenso al grado inmediato superior.

i. No encontrarse dentro de los DOS (02) años de pasar a la situación de retiro por limite de edad en el grado o tiempo de servicios.

9. Los Oficiales Superiores Policías ingresantes al Programa de Alto Mando de Orden Interno y Desarrollo Nacional, Maestrías en Orden y Seguridad, Investigación Criminal, Criminalística e Inteligencia y Diplomado en Comando y Asesoramiento de Estado Mayor a desarrollarse en el año 2026 deben ser asignados a la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial. Los Oficiales Subalternos de Armas de los grados de Capitán y Teniente que ingresaron a los Diplomados a realizarse el año 2026 y que fueron asignados a cargos con costo para el Estado en el año 2025, deberán ser asignados sin costo para el Estado a unidades ubicadas dentro de la misma circunscripción territorial policial, que asumirán al inicio de año o cuando culminen los estudios respectivos, teniendo en consideración que los mismos se desarrollarán en tres grupos en todo el año.

10. Los Oficiales que sean asignados como instructores a las Escuelas de Formación, preferentemente deben cumplir lo siguiente:

a. Haber ocupado el primer quinto del cuadro de mérito de egreso de la EO-PNP y/o cursos de perfeccionamiento en la Escuela de Posgrado.

b. Registrar cursos afines a la labor educativa o al perfil de instructor.

C. Tener como mínimo CINCO (05) años de servicios en la institución.

d. No registrar sanciones por infracciones graves o muy graves en la jerarquía.

11. El personal designado como Director de las Instituciones Educativas de la PNP, debe tener obligatoriamente grado de bachiller o título universitario, preferentemente en educación.

12. Los Oficiales de Armas asignados a los Equipos de Asesoramiento del Estado Mayor General deben haber aprobado el Programa de Alto Mando de Orden Interno y Desarrollo Nacional o su equivalente del Centro de Altos Estudios Nacionales o de las Fuerzas Armadas o del extranjero.

13. Los Oficiales PNP asignados a Unidades Especializadas, preferentemente contaran con cursos de capacitación o especialización de la función específica o experiencia del servicio.

14. Los Oficiales PNP que sean asignados a la División de Protección de Carreteras y División de Tránsito, pertenecientes a la Dirección de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial y las Unidades de Emergencia a nivel nacional; deberán cumplir obligatoriamente los requisitos siguientes:

a. No registrar sanción de rigor durante la jerarquía.

b. Preferentemente, no haber prestado servicios anteriormente en ninguna de las áreas de las Direcciones o Unidades mencionadas en la jerarquía correspondiente.

Excepcionalmente podrá ser asignado con autorización de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú.

15. Los Oficiales de Armas y Servicios PNP que sean asignados a prestar servicios en IG PNP y los Órganos dependientes, no deberán registrar sanciones firmes por infracción grave o muy grave durante su carrera policial, de conformidad con la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú.

16. Los Oficiales PNP que sean asignados a prestar servicios en Zonas de Emergencia, preferentemente deberán registrar Cursos de Contra Subversión, de Operaciones Especiales, contra el TID, experiencia en Unidades de Operaciones Especiales o haber laborado anteriormente en Zonas de Emergencia.

17. Los Oficiales egresados de la Escuela de Posgrado (PAMOID, MACIPOL, DIPOEM) que han cobrado IGV en el año, serán asignados a Unidades policiales dentro de la Región Policial Lima y Callao, o de cualquier otra unidad policial que su desplazamiento no genere costo para el Estado.

18. Los Oficiales que prestan servicios en Unidades Extra institucionales de la Policía Nacional del Perú y el Ministerio del Interior, su tiempo de permanencia no excederá de Dos (02) años en un mismo grado o Cuatro (04) años en toda la carrera.

19. Para la Asignación de los Coroneles de Armas a las Jefaturas de Inspectorías Macro Regionales, Descentralizadas y Oficinas de Disciplina, se observará lo establecido en la Ley del Régimen Disciplinario de la PNP, que otorga potestades a los integrantes de los órganos disciplinarios, para sancionar a infractores de igual grado, a fin de garantizar la autonomía del ejercicio de la facultad disciplinaria sancionadora.

20. Para la Asignación de cargos dentro del Sistema Disciplinario Policial (Inspectores Macro Regionales, Descentralizados y Jefes de Oficina de Disciplina) deben contar con el perfil profesional que dispone la ley de Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú.

21. Para la Asignación de los Jefes de Región o Jefes de División Policial, a fin de garantizar la autonomía del ejercicio funcional, se tendrá en cuenta la antigüedad en el grado, asegurando la prevalencia.

22. Para la asignación al cargo de los Oficiales PNP de Armas, de Servicios y Estatus de Oficial, deberán observar rigurosamente la prelación en antigüedad de los Oficiales, a fin de cubrir los cargos dentro de los niveles de la estructura orgánica de cada Unidad Policial; asimismo, tendrán en cuenta la prioridad de las Unidades Policiales, toda vez que la cantidad de Oficiales PNP es menor al consignado en el Cuadro de Organización y Cuadro de Personal de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, aprobado con RD N°780-2019-CG PNP/SUB COMGEN del 20DIC2019.

23. Priorizar la Asignación de Oficiales de Servicios (médicos, enfermeros y otros profesionales de la salud) a las Unidades y Sub Unidades perteneciente a la Dirección de Salud de la Policía Nacional del Perú.

24. Priorizar la Asignación de Oficiales de Servicios (contadores y economistas) a las Unidades Ejecutoras de Presupuesto y en las Unidades de Economía de la Policía Nacional del Perú.

25. Se asignarán Oficiales de Servicio abogados en número necesario a la Dirección de Asesoría Jurídica de la PNP (División de Defensa Legal y demás Divisiones), así como a las Direcciones, Regiones y Frentes Policiales, y Fuero Militar Policial; debiendo tener en consideración la opinión técnica especializada de la Dirección de Asesoría Jurídica de la PNP, a fin de garantizar el soporte jurídico al servicio policial e interés institucional.

26. Los Oficiales de Servicios profesionales de la salud asignados en los cargos de Directores de Hospitales, Jefes de Policlínicos, Postas Médicas de la Policía Nacional del Perú, deberán ser médicos de profesión, debiendo ser el más antiguo de todos los profesionales de la salud que prestan servicios en dicho establecimiento. Asimismo, en el caso de las divisiones, departamentos u otras unidades orgánicas, que son parte integrante de los centros de salud, los cargos se asignan en función de la antigüedad y especialidad profesional.

ANEXO III

DICE:

FECHA

  ACTIVIDAD A DESARROLLAR

          LUGAR

  RESPONSABILIDAD
14NOV2025APROBACIÓN DE LA DIRECTIVA.COMANDANCIA

GENERAL

DIRREHUM
14NOV2025PUBLICACIÓN DE LA DIRECTIVA.PÁGINA WEB»SIGCP»

DIRREHUM PNP

DIRREHUM
15NOV2025

AL

22NOV2025

17.00 HORAS

RECEPCIÓN DE SOLICITUDES Y/O

REQUEMIENTOS DE ASIGNACIÓN DE

CARGO

 

DIRREHUM PNP

DIRREHUM
18NOV2025RESOLUCIÓN DE NOMBRAMIENTO DE

JUNTAS DE ASIGNACIÓN DE CARGO Y PUBLICACIÓN

COMANDANCIA

GENERAL

DIRREHUM
25NOV2025

AL

18DIC2025

INSTALACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE

LAS JUNTAS DESIGNADAS.

 

LIMA

DIRREHUM
12DIC2025RESOLUCIÓN DE NOMBRAMIENTO DE

COMISION ESPECIAL DE CONTROL

DIRREHUM PNPDIRREHUM
19DIC2025

AL

25DIC2025

INSTALACION DE LA COMISION ESPECIAL DE CONTROL PARA LA REVISION DE LA INFORMACION DE OFICIALES SUPERIORES Y SUBALTERNOS 

COMANDANCIA

GENERAL

DIRREHUM
 

26DIC2025

PUBLICACIÓN DE LAS ASIGNACIONES DE

CARGODEOFICIALES SUBALTERNOS PNP.

 PÁGINA WEB

«SIGCP» DIRREHUM

PNP

DIRREHUM
 

29DIC2025

PUBLICACIÓN DE LAS ASIGNACIONES DE

CARGODE OFICIALES SUPERIORES

PNP.

 PAGINA WEB

«SIGCP» DIRREHUM

PNP

DIRREHUM
 

02ENE2026

EJECUCION DE LAS ASIGANCIONES DE

CARGOPARA OFICIALES PNP.

A NIVEL NACIONAL

(QUENO GENERAN

IGV)

DIRREHUM
06ENE2026EJECUCIÓN DE LAS ASIGANCIONES DE

CARGOPARA OFICIALES PNP.

A NIVEL NACIONAL

(QUEGENEREN IGV)

DIRREHUM

 

DEBE DECIR:

FECHAACTIVIDAD A DESARROLLARLUGARRESPONSABILIDAD
03DIC2025 AL

25DIC2025

INSTALACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS JUNTAS DESIGNADAS.LIMADIRREHUM
26DIC2025PUBLICACIÓN DE LAS ASIGNACIONES DE CARGO DE OFICIALES SUBALTERNOS PNP.PAGINA WEB “SIGCP” DIRREHUM PNPDIRREHUM
27DIC2025PUBLICACIÓN DE LAS ASIGNACIONES DE CARGO DE OFICIALES SUPERIORES PNP.PAGINA WEB “SIGCP” DIREHUM PNPDIRREHUM
02ENE2026EJECUCIÓN DE LAS ASIGNACIONES DE CARGO PARA OFICIALES PNP.A NIVEL NACIONAL (QUE NO GENERA IGV)DIRREHUM
06ENE2026EJECUCIÓN DE LAS ASIGNACIONES DE CARGO PARA OFICIALES PNP.A NIVEL NACIONAL (QUE GENERE IGV)DIRREHUM

 

⇒DESCARGA AQUÍ⇐ «Se modificó en parte el Anexo III del cronograma de actividades de la Directiva sobre lineamientos para la asignación de cargos de Oficiales de Armas, de Servicios [Directiva 27-2025-COMGEN-PNP/DIRREHUM-PNP]»

⇒DESCARGA AQUÍ⇐ «Directiva que establece solicitudes para la asignación de cargos para oficiales PNP – 2026 [Directiva N° 27 -2025-COMGEN-PNP/DIRREHUM-PNP]»

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