[Reglamento de la Ley de la PNP] Mediante el DS 012-2025-IN, publicado el 05NOV2025, se aprobó el Reglamento de la Ley de la Policía Nacional del Perú; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente esta normativa. Artículo 308. División de Desactivación de Explosivos.
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TÍTULO II
DESCRIPCIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA
CAPÍTULO IX
ÓRGANOS DESCONCENTRADOS
SUBCAPÍTULO II
DIRECCIÓN NACIONAL DE ORDEN Y SEGURIDAD
Artículo 308. División de Desactivación de Explosivos
Art. 308 | 308.1 La División de Desactivación de Explosivos es la subunidad orgánica de carácter sistémico, técnico-normativo y operativo; responsable de planificar, articular, ejecutar, controlar y evaluar las actividades y operaciones policiales de búsqueda, localización, detección y desactivación de explosivos y productos análogos para la prevención de su empleo ilegal e irregular; y emitir opiniones técnicas en relación a la naturaleza de estos; así como participar en operaciones integradas con entidades públicas y privadas que comercializan y regulan, respectivamente, el empleo de explosivos y productos análogos en el territorio nacional. Tiene competencia en al ámbito geográfico de la Región Policial Lima Centro y ejerce sus funciones de acuerdo con la normativa sobre la materia. 308.2 Depende de la Región Policial Lima Centro y está a cargo de un Oficial Superior de Armas de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad, en el grado de Coronel, egresado del Programa de Alto Mando en Orden Interno y Desarrollo Nacional o su equivalente. 308.3 La División de Desactivación de Explosivos de la Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes: 1) Planificar, articular, ejecutar, controlar y evaluar las operaciones policiales de búsqueda y localización de explosivos y productos análogos; 2) Planificar, articular, ejecutar, controlar y evaluar las operaciones policiales de desactivación y manejo de explosivos y productos análogos; 3) Planificar, articular, ejecutar, controlar y evaluar las operaciones policiales para la destrucción de explosivos y productos análogos; 4) Planificar, articular, ejecutar, controlar y evaluar las operaciones policiales de respuesta inmediata frente al empleo de armas de naturaleza nuclear, radiológica, biológica y química; 5) Emitir informes técnicos relacionados con la naturaleza de los explosivos y productos análogos; 6) Proponer, formular, ejecutar, controlar y evaluar las órdenes de operaciones policiales en el ejercicio operativo de las funciones de su competencia; 7) Ejecutar, controlar y evaluar las operaciones policiales aprobadas por la Región Policial Lima Centro; 8) Ejecutar operaciones integradas con autoridades administrativas, entidades e instituciones públicas y privadas, y en espacios interinstitucionales, en materia de su competencia; 9) Proponer y formular documentos técnicos de gestión y documentos orientadores, en materia de su competencia; 10) Fortalecer las capacidades técnicas del personal, garantizando su acreditación en materias de su competencia; así como formular y aprobar el Plan de Instrucción, anual, conteniendo actividades de preparación física, entrenamiento e instrucción permanente; 11) Prestar apoyo, en materia de su competencia, a las operaciones policiales que se encuentren bajo el comando de las Regiones o Frentes Policiales del interior del país, frente a situaciones de crisis, declaratorias de estado de emergencia, y otras situaciones análogas; previa disposición del Comando de Operaciones Policiales; 12) Obtener, custodiar, asegurar y trasladar indicios, evidencias y elementos probatorios relacionados con su campo funcional, observando la respectiva cadena de custodia; 13) Determinar la necesidad de recursos de las unidades de desactivación de explosivos, en coordinación con los responsables de los programas presupuestales que financien las actividades y operaciones policiales en materias de su competencia; 14) Dirigir, de modo sistémico, el ejercicio de las funciones de desactivación de explosivos, a cargo de las unidades de organización de las Regiones o Frentes policiales que la ejecutan, supervisando el cumplimiento de las mismas; 15) Registrar, organizar y reportar la información que produzca como resultado de las actividades y operaciones policiales ejecutadas; 16) Emitir opinión técnica sobre asuntos de su competencia; 17) Asesorar a la Región Policial Lima Centro en asuntos de su competencia; y, 18) Cumplir las demás funciones que le corresponda de acuerdo con las disposiciones legales y otras que el Jefe de la Región Policial Lima Centro le asigne. |




