[Reglamento de la Ley de la PNP] Mediante el DS 012-2025-IN, publicado el 05NOV2025, se aprobó el Reglamento de la Ley de la Policía Nacional del Perú; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente esta normativa. Artículo 91. División de Sistematización de la Información de la Carrera Policial y Administración de Legajos.
Lee más:
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- Actualizado: Nuevo Reglamento del DL 1267, Ley de la PNP [DS 012-2025-IN]
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TÍTULO II
DESCRIPCIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA
CAPÍTULO VII
ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN INTERNA
SUBCAPÍTULO II
ÓRGANOS DE APOYO ADMINISTRATIVO
Artículo 91. División de Sistematización de la Información de la Carrera Policial y Administración de Legajos
Art. 91 | 91.1 La División de Sistematización de la Información de la Carrera Policial y Administración de Legajos es la subunidad orgánica responsable de administrar, articular, ejecutar, controlar y evaluar el Sistema Integrado de Gestión de la Carrera del Personal Policial y civil de la Policía Nacional del Perú, sistematizando y digitalizando la información contenida en sus legajos y otros documentos de interés para la institución. 91.2 Depende de la Dirección de Recursos Humanos y está a cargo de un Oficial Superior de Armas de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad, en el grado de Coronel, egresado del Programa de Alto Mando en Orden Interno y Desarrollo Nacional o su equivalente. 91.3 La División de Sistematización de la Información de la Carrera Policial y Administración de Legajos tiene las funciones siguientes: 1) Administrar, articular, ejecutar, controlar y evaluar el Sistema Integrado de Gestión de la Carrera del Personal Policial y civil de la Policía Nacional del Perú; 2) Administrar la Base de Datos de la información a cargo de la Dirección de Recursos Humanos, de conformidad con los estándares de la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicaciones de la Policía Nacional del Perú; 3) Proponer aplicativos informáticos que registren información del personal policial; 4) Administrar, preservar, controlar y mantener actualizados los legajos del personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú; estandarizando y vinculándolo al Sistema Integrado de Gestión de la Carrera del Personal Policial y civil de la Policía Nacional del Perú; 5) Proporcionar información contenida en el legajo personal a los titulares, unidades de organización de la Policía Nacional del Perú y autoridades competentes que lo requieran, en el marco de la normatividad vigente sobre la materia; 6) Proponer y formular documentos normativos, orientadores y técnicos de gestión en materia de su competencia; 7) Emitir opinión técnica sobre asuntos de su competencia; 8) Asesorar a la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y, 9) Cumplir las demás funciones que le correspondan de acuerdo con las disposiciones legales y otras que la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú le asigne. |
LEGISLACIÓN POLICIAL
- «Directivas de Nomas generales para el funcionamiento sistémico de las oficinas de tecnología de la información y comunicación en la PNP». Directiva 13-26-2018-COMGEN-PNP/SECEJE DIRTIC-SEC-UNIPLAE-B. Clic aquí: https://jurispol.pe/plr7
- «Directiva que establece el procedimiento que regulan la administración del sistema integrado de gestión de la carrera del personal de PNP». RCG 458-2019-CG PNP/EMG. Clic aquí: https://jurispol.pe/f30n
- «Directiva que establece lineamientos para la generación, envío, recepción, procesamiento y administración de las notas informativas, disposiciones de comando, órdenes telefónicas, memorándums y otros documentos que disponga el alto mando, en formato digital, en el sistema informático de control del proceso de información policial (SICPIP)». Directiva 08-2021-CG.PNP/SCG-CENOPPOL. Clic aquí: https://jurispol.pe/s47b
- «Codificación, sistematización, registro y ejecución de las resoluciones». Cartilla Temática 041-BC-2025. Clic aquí: https://jurispol.pe/jzkr




