Artículo 46. Permisos.- TUO de la Ley de la carrera y situación del Personal PNP [DS 006-2024-IN]

[TUO del DL 1149] Mediante el DS 006-2024-IN, publicado el 13JUL2024, se aprobó el TUO del DL 1149; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente esta normativa, concretamente en el Artículo 46. Permisos.


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CAPÍTULO VII

VACACIONES, LICENCIAS Y PERMISOS

Artículo 46.- Permisos

Art. 46

Es la atribución que se confiere al jefe de la unidad para autorizar al personal policial a ausentarse del servicio por razones debidamente motivadas y justificadas hasta un máximo de cinco días. No están afectos a descuento remunerativo alguno.
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