Artículo 4 de la Ley 30714. Alcance

[Régimen Disciplinario de la PNP] En virtud de la Ley 30714, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial al Régimen Disciplinario, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. 4. Alcance


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Artículo 4 de la Ley 30714. Alcance

TÍTULO I
ASPECTOS GENERALES

CAPÍTULO I

OBJETO, CONTENIDO Y ALCANCE

ARTÍCULO 4. ALCANCE 

Art. 4

 

La presente ley comprende al personal policial en situación de actividad y disponibilidad. También se aplicará al personal de la Policía Nacional del Perú en situación de retiro, siempre que las presuntas infracciones se hayan cometido mientras se encontraba en situación de actividad o disponibilidad.

 

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