Artículo 31 del Código Penal Peruano .- Penas limitativas de derechos – Clases

[Código Penal] En virtud del Decreto Legislativo 635, se promulgó el CÓDIGO PENAL PERUANO, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. 31 . Penas limitativas de derechos – Clases.


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Artículo 31 del Código Penal Peruano .- Penas limitativas de derechos – Clases

LIBRO PRIMERO
PARTE GENERAL

TÍTULO III: DE LAS PENAS

CAPÍTULO I: CLASES DE PENA

SECCIÓN III: PENAS LIMITATIVAS DE DERECHOS

Artículo 31.- Penas limitativas de derechos – Clases

Art. 31

Las penas limitativas de derechos son:

1. Prestación de servicios a la comunidad;

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2. Limitación de días libres; e

3. Inhabilitación.

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