Artículo 220-F del Código Penal .- Manuales, licencias u otra documentación, o empaques no auténticos relacionados a programas de ordenador

[Código Penal] En virtud del Decreto Legislativo 635, se promulgó el CÓDIGO PENAL PERUANO, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. 220-F.-Manuales, licencias u otra documentación, o empaques no auténticos relacionados a programas de ordenador.


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Artículo 220-F del Código Penal .- Manuales, licencias u otra documentación, o empaques no auténticos relacionados a programas de ordenador

LIBRO SEGUNDO
PARTE ESPECIAL
DELITOS

TÍTULO VII

DELITOS CONTRA LOS DERECHOS INTELECTUALES

CAPÍTULO I

DELITOS CONTRA LOS DERECHOS DE AUTOR Y CONEXOS

Artículo 220-F.- Manuales, licencias u otra documentación, o empaques no auténticos relacionados a programas de ordenador

Art. 220-F

El que elabore, comercialice, distribuya, almacene, transporte, transfiera o de otra manera disponga con fines comerciales u otro tipo de ventaja económica manuales, licencias u otro tipo de documentación, o empaques no auténticos para un programa de ordenador, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro años ni mayor de seis años y de sesenta a ciento veinte días multa.
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