[Reglamento del DL 1149] Mediante el DS 016-2013-IN, publicado el 17NOV2013, se aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo 1149; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente esta normativa. Artículo 101.- Pase al retiro por encontrarse por segunda vez en situación de disponibilidad.
Lee más:
- DL 1149. Ley de la Carrera y Situación del Personal de la PNP [Actualizado 2025]
- Reglamento del DL 1149. Ley de la Carrera del Personal de la PNP [DS 016-2013-IN]
- TUO del DL 1149 ley de la carrera y situación del personal de la PNP [DS 006-2024-IN]
TÍTULO III
SITUACIÓN POLICIAL
CAPÍTULO VI
SITUACIÓN DE RETIRO
Artículo 101. Pase al retiro por encontrarse por segunda vez en situación de disponibilidad.
Art. 101 | El personal que por cualquiera de las causales previstas en la presente norma se encuentre por segunda vez en la situación de disponibilidad, pasará inmediatamente a la situación de retiro, observando el siguiente procedimiento: a. La Dirección Ejecutiva de Personal anualmente emite el listado del personal que registra situación de disponibilidad. b. Una vez que se recibe la resolución por situación de disponibilidad se verifica si el administrado registra otra situación de disponibilidad. c. De resultar positivo se proyecta la respectiva resolución de pase al retiro por encontrarse por segunda vez en situación de disponibilidad. d. Se procede a la notificación del administrado, adjuntando copia autenticada de la resolución considerando la dirección que registra en el RENIEC a través de la Dependencia Policial de la localidad si se encuentra en el país, y si está en el extranjero, por intermedio del Ministerio de Relaciones Exteriores. |
LEGISLACIÓN POLICIAL
- «Ley que prohíbe la diligencia de notificaciones por la PNP.» Ley 28924. Clic aquí: https://jurispol.pe/8l04
- «Protocolo de Notificaciones Electrónicas.» DS 010-2018-JUS. Clic aquí: https://jurispol.pe/m7za
- «Fijación de domicilio procesal físico o electrónico y régimen de notificaciones.» Acuerdo 3. Acuerdo de Sala Plena 2015. Clic aquí: https://jurispol.pe/s401
- «Régimen de la notificación de los pronunciamientos del tribunal de disciplina policial en el domicilio laboral.» Acuerdo 8. Acuerdo de Sala Plena 2016. Clic aquí: https://jurispol.pe/acsi
- «Notificación del informe administrativo disciplinario.» Tema 4. Acuerdo de Sala Plena 2021. Clic aquí: https://jurispol.pe/0jrk
- «Directiva que establece lineamientos para las notificaciones y citaciones en el marco del régimen disciplinario policial.» Directiva 28-2025-COMGEN/IGPNP-DIRINV. Clic aquí: https://jurispol.pe/ssxm
- «Reglas Generales para las Notificaciones.» Cartilla Temática 041-AG-2025. Clic aquí: https://jurispol.pe/6zek




