[Régimen Disciplinario de la PNP] En virtud del Reglamento de la Ley 30714, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial al Reglamento del Régimen Disciplinario 30714, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. 155. Cumplimiento de las resoluciones del Tribunal de Disciplina Policial y otros órganos de decisión del Sistema Disciplinario Policial.
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TÍTULO IV
EJECUCIÓN, REGISTRO Y CODIFICACIÓN DE RESOLUCIONES
Artículo 155. CUMPLIMIENTO DE LAS RESOLUCIONES DEL TRIBUNAL DE DISCIPLINA POLICIAL Y OTROS ÓRGANOS DE DECISIÓN DEL SISTEMA DISCIPLINARIO POLICIAL
Art. 155 | 155.1. Todos los investigados, Jefes de dependencias o unidades de la Policía Nacional del Perú y funcionarios del Ministerio del Interior están obligados a dar estricto cumplimiento a las resoluciones del Tribunal de Disciplina Policial y demás órganos de decisión, sin interpretar ni desnaturalizar su contenido. 155.2. Incurre en responsabilidad administrativa disciplinaria el funcionario o autoridad policial, o no policial, que incumpla los mandatos de los órganos del sistema de Disciplina Policial o retarde su cumplimiento. |
TRIBUNAL DE DISCIPLINA POLICIAL
- «Pedidos de nulidad o recursos de reconsideración o revisión contra resoluciones del Tribunal de Disciplina Policial». Acuerdo de Sala Plena 2014. Acuerdo 1. Clic aquí: https://jurispol.pe/o4k9
- «Sobre las discordancias que se puedan presentar entre las sumillas y la parte resolutiva de las resoluciones dictadas». Acuerdo de Sala Plena 2014. Acuerdo 2. Clic aquí: https://jurispol.pe/mw7r
- «Requisitos de procedibilidad de los recursos de apelación». Acuerdo de Sala Plena 2014. Acuerdo 3. Clic aquí: https://jurispol.pe/bfpm
- «Ejecución de resoluciones del tribunal de disciplina policial». Acuerdo de Sala Plena 2014. Acuerdo 4. Clic aquí: https://jurispol.pe/xh6e
- «Consultas de resoluciones que disponen no haber lugar a iniciar procedimiento disciplinario». Acuerdo de Sala Plena 2014. Acuerdo 5. Clic aquí: https://jurispol.pe/t446
- «Nulidades declaradas de oficio en vía de revisión». Acuerdo de Sala Plena 2014. Acuerdo 7. Clic aquí: https://jurispol.pe/2car
- «Expedientes elevados en consulta, tramitados antes de la vigencia del DL N° 1150». Acuerdo de Sala Plena 2015. Acuerdo 8. Clic aquí: https://jurispol.pe/h191
- «Cumplimiento de mandatos judiciales (El Tribunal de Disciplina Policial no tiene que dictar ninguna resolución u otro acto proveído para disponer el cumplimiento de un mandato judicial, deberá acatarse y por la autoridad competente, en este caso la DIRREHUM, en sus propios términos, no requiriendo de autorización o resolución alguna por parte del órgano disciplinario que impuso en última instancia la sanción suspendida)». Acuerdo de Sala Plena 2015. Tema 4. Clic aquí: https://jurispol.pe/huko
- «Pedidos de nulidad o recursos impugnativos contra resoluciones del tribunal de disciplina policial». Acuerdo de Sala Plena 2016. Acuerdo 6. Clic aquí: https://jurispol.pe/qve4
- «Régimen de la notificación de los pronunciamientos del tribunal de disciplina policial en el domicilio laboral». Acuerdo de Sala Plena 2016. Acuerdo 8. Clic aquí: https://jurispol.pe/acsi
- «Lineamientos para solicitar el uso de la palabra en la etapa recursiva». Acuerdo de Sala Plena 2021. Tema 3. Clic aquí: https://jurispol.pe/77xi
- «Aplicación del Decreto Legislativo N° 1583, en el extremo que modifica los artículos 39 y 49 de la Ley 30714. (Órgano de Decisión y Funciones del Tribunal de Disciplina Policial)». Acuerdo de Sala Plena 2023. Tema 2. Clic aquí: https://jurispol.pe/s5ok
- «Criterios para la aplicación del DS 016-2025-IN que modifica el Reglamento de la Ley 30714, aprobado por DS 003-2020-IN, y modifica las Tablas de Infracciones y Sanciones». Acuerdo de Sala Plena 01-2025. Tema 1. Clic aquí: https://jurispol.pe/j45a
- Principio de congruencia y motivación en sede administrativa: «Implica, por un lado, que el juzgador no puede ir más allá del petitorio ni fundar su decisión en hechos diversos de los que han sido alegados por las partes; y, por otro, la obligación de pronunciarse sobre todos los puntos controvertidos establecidos en el procedimiento, y todas las alegaciones de las partes en sus actos postulatorios y en sus medios impugnatorios». Resolución 185-2025-IN/TDP/3S. Clic aquí: https://jurispol.pe/?p=32990
LEGISLACIÓN POLICIAL
- «Facultad para el inicio del PAD por infracciones continuadas o permanentes. Sistema Disciplinario Policial». Cartilla temática PNP 041-J-2025. Clic aquí: https://jurispol.pe/izfq
- «Funciones de las Inspectorías Macro Regionales. Tribunal de Disciplina Policial». Cartilla temática PNP 041-Y-2025. Clic aquí: https://jurispol.pe/odwv
- «Funciones del Tribunal de Disciplina Policial». Cartilla temática PNP 041-Z-2025. Clic aquí: https://jurispol.pe/uyvk
- «Conformación y funcionamiento del Tribunal de Disciplina Policial. Funciones de las Salas del TDP». Cartilla temática PNP 041-AA-2025. Clic aquí: https://jurispol.pe/tx2c
- «Secretaría Técnica de las salas del Tribunal de Disciplina Policial. Funciones de las Salas del TDP». Cartilla temática PNP 041-AB-2025. Clic aquí: https://jurispol.pe/uekn
- «Secretaría Técnica de las salas del Tribunal de Disciplina Policial. Funciones de las Salas del TDP». Cartilla temática PNP 041-AC-2025. Clic aquí: https://jurispol.pe/nxry
- «Resolución de los miembros de los órganos del sistema disciplinario Policial». Cartilla temática PNP 041-AK-2025. Clic aquí: https://jurispol.pe/33dh
- «Competencia de los órganos de decisión. Acciones por desarrollar en la etapa de decisión». Cartilla temática PNP 041-AW-2025. Clic aquí: https://jurispol.pe/3zel
- «Codificación, sistematización, registro y ejecución de las resoluciones». Cartilla temática PNP 041-BC-2025. Clic aquí: https://jurispol.pe/jzkr




