Artículo 31. Lista de revistas.- Reglamento de la Ley de la Carrera del Personal de la PNP [DS 016-2013-IN]

[Reglamento del DL 1149] Mediante el DS 016-2013-IN, publicado el 17NOV2013, se aprobó el Reglamento del DL 1149; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente en el Artículo 31. Lista de revistas.


Lee más:

TÍTULO II

PROCESOS TÉCNICOS DE LA CARRERA DEL PERSONAL POLICIAL

CAPÍTULO IV

EMPLEO Y CARGA

Artículo 31. Lista de revistas

Art. 31

Conforme lo señalado por el segundo párrafo del Artículo 27 de la Ley, la Lista de Revista es el instrumento de registro de carácter oficial, de la presencia física y el ejercicio del empleo y carga del personal en situación de actividad. Los Directores Ejecutivos, Directores, Jefes de Región y Jefes de Frentes Policiales serán responsables a través de sus Oficinas de Administración de la actualización de la lista de revistas del personal de su respectiva dependencia.

La Dirección Ejecutiva de Personal centraliza y administra la Lista de Revista.

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