[Reglamento de la Ley de la PNP] Mediante el DS 012-2025-IN, publicado el 05NOV2025, se aprobó el Reglamento de la Ley de la Policía Nacional del Perú; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente esta normativa. Artículo 55. Estructura de la Secretaría Ejecutiva.
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TÍTULO II
DESCRIPCIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA
CAPÍTULO IV
SECRETARIA EJECUTIVA
Artículo 55. Estructura de la Secretaría Ejecutiva
Art. 55 | 55.1 La Secretaría Ejecutiva para el cumplimiento de sus funciones cuenta con los órganos siguientes: a) Dirección de Gestión Documental; b) Dirección de Defensa Legal; c) Dirección de Asesoría Jurídica; d) Dirección de Planeamiento Institucional; e) Dirección de Administración; f) Dirección de Recursos Humanos; g) Dirección de Bienestar y Apoyo al Policía; h) Dirección de Tecnología de la Información y Comunicaciones; y, i) Dirección de Comunicación e Imagen Institucional. 55.2 Asimismo, cuenta con la subunidad orgánica denominada: Unidad Académica de la Secretaría Ejecutiva. |




