Artículo 74. División de Desarrollo Jurídico y Proyectos Normativos.- Reglamento de la Ley de la PNP [DS 012-2025-IN]

[Reglamento de la Ley de la PNP] Mediante el DS 012-2025-IN, publicado el 05NOV2025, se aprobó el Reglamento de la Ley de la Policía Nacional del Perú; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente esta normativa. Artículo 74. División de Desarrollo Jurídico y Proyectos Normativos.


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TÍTULO II

DESCRIPCIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

CAPÍTULO VII

ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN INTERNA

SUBCAPÍTULO I

ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO

Artículo 74. División de Desarrollo Jurídico y Proyectos Normativos

Art. 74

74.1 La División de Desarrollo Jurídico y Proyectos Normativos es la subunidad orgánica responsable de opinar, absolver, interpretar y evaluar sobre las normas jurídicas de interés institucional; sobre sus criterios técnico- normativos y de interpretación; así como, pronunciarse sobre la legalidad de actos que sean sometidos a su consideración, en el marco de la función policial y la legislación concerniente a la institución policial y normas conexas.

74.2 Depende de la Dirección de Asesoría Jurídica y está a cargo de un Oficial Superior de Servicios Abogado de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad, en el grado de Coronel.

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74.3 La División de Desarrollo Jurídico y Proyectos Normativos tiene las funciones siguientes:

1) Establecer los criterios técnicos normativos y de interpretación a nivel nacional, orientados al desarrollo de análisis de expedientes, redacción jurídica, formulación de dictámenes, proyectos de contratos y demás actos jurídicos que celebre o proponga la Policía Nacional del Perú; así como, de interpretación e integración jurídica y proyectos de iniciativa de la normatividad interna policial;

2) Analizar y dictaminar sobre los aspectos legales de las actividades de la Policía Nacional del Perú, que contengan controversia jurídica y emitir opinión sobre los recursos impugnativos de su competencia;

3) Revisar y evaluar los proyectos de Resolución y dispositivos legales, para su visación, emitiendo el dictamen correspondiente;

4) Absolver las consultas legales en el campo de su materia;

5) Verificar la adecuada formulación de los proyectos de contratos, convenios y demás actos jurídicos que proponga la Policía Nacional del Perú, que permita el trámite de aprobación y suscripción correspondiente;

6) Analizar la normatividad interna policial e identificar los vacíos legales y deficiencias normativas, proponiendo el proyecto de iniciativa normativa correspondiente;

7) Emitir opinión legal sobre asuntos de su competencia;

8) Asesorar a la Dirección de Asesoría Jurídica de la Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,

9) Cumplir las demás funciones que le correspondan de acuerdo con las disposiciones legales y otras que la Dirección de Asesoría Jurídica de la Policía Nacional del Perú le asigne.

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