[Régimen Disciplinario de la PNP] En virtud del DS 003-2020-IN, se aprobó el Reglamento de la Ley 30714 que regula el Régimen Disciplinario de la PNP, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial al Régimen Disciplinario, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente la Disposición Complementaria transitoria Segunda del DS 016-2025-IN.Expedientes administrativo disciplinarios pendientes por infracciones graves y muy graves.
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DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES DS 016-2025-IN
Segunda. Expedientes administrativo disciplinarios pendientes por infracciones graves y muy graves
SEGUNDA | Dentro de los quince (15) días calendario de la entrada en vigencia del presente decreto supremo la Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú dispondrá que los órganos disciplinarios resuelvan en un plazo de seis (6) meses los expedientes administrativo disciplinarios por infracciones graves y muy graves instaurados antes de la entrada en vigencia del presente decreto supremo. |



