Directiva que regula la participación de la PNP en los procesos de preparación y respuesta en la gestión de riesgos de desastres [DIRECTIVA N° 012 -2026-CG-PNP/COMOPPOL/DIRNOS-DIVPRAD]

[Resolución Policial] Mediante la RGC 514-2026-CG PNP/COMOPPOL, de fecha 17AGOS2026, se da a conocer la «Directiva que regula la participación de la PNP en los procesos de preparación y respuesta en la gestión de riesgos de desastres». ⇒DESCARGA AQUÍ⇐


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Aprueban Directiva que regula la participación de la PNP en los procesos de preparación y respuesta ante el riesgo de Desastres [RGC 514-2026-CG PNPCOMOPPOL]

Resolución de la Comandancia General de la Policía Nacional

RGC 514-2026-CG PNP/COMOPPOL

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Lima, 17 AGO 2026.

VISTO, el Informe N° 01-2026-COMOPPOL/DIRNOS/DIVPRAD del 02 de febrero de 2026, la División de Preparación y Respuesta Ante Desastres de la Dirección Nacional de Orden y Seguridad de la Policía Nacional del Perú, propone la aprobación del proyecto de Directiva que regula la participación de la Policía Nacional del Perú en los procesos de preparación y respuesta en la Gestión del Riesgo de Desastres.

CONSIDERANDО:

Que, el artículo 166° de la Constitución Política del Perú establece que la Policía Nacional del Perú tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno. Presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad. Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y del privado. Previene, investiga y combate la delincuencia. Vigila y controla las fronteras; asimismo, el artículo 168 de la carta magna establece que las leyes y reglamentos respectivos determinan la organización, las funciones, las especialidades, la preparación y el empleo; y norman la disciplina de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional;

Que, el articulo I del Título Preliminar del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, establece que dicha norma regula la estructura, organización, competencias, funciones y atribuciones de la Policía Nacional del Perú, así como sus regímenes especiales; asimismo, el artículo Il define a la Institución Policial como una Institución del Estado con calidad de órgano ejecutor, que depende del Ministerio del Interior, con competencia administrativa y autonomía operativa para el ejercicio de la función policial en todo el territorio nacional, en el marco de lo previsto en el artículo 166 de la Constitución Política del Perú;

Que, el numeral 12.1 del artículo 12° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 12 -2025-IN señala que, la Comandancia General es el órgano de; comando de más alto nivel de la Policía Nacional del Perú, encargado de planificar, organizar, dirigir y supervisar el desarrollo de la gestión administrativa y operativa de la Policía Nacional del Perú para el ejercicio de la función policial en todo el territorio nacional, en un contexto de mejor atención a la ciudadanía y eficiente uso de los recursos, en el marco de las políticas sectoriales aprobadas por el Ministerio del Interior;

Que, el numeral 13 del inciso 46.4 del artículo 46° del Reglamento del
Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobado por el Decreto Supremo N° 012-2025-IN, señala que es función del Comando de Operaciones Policiales proponer al Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú resoluciones, manuales, reglamentos, directivas y demás documentos de carácter interno que sean necesarios para el mejor funcionamiento operativo de la Policía Nacional del Perú en el ejercicio de la función policial, en el marco de su competencia;

Que, el presente proyecto de Directiva tiene por finalidad establecer las
competencias de la Policía Nacional del Perú y las responsabilidades de sus Unidades de Organización en los procesos de preparación y respuesta en la Gestión del Riesgo de Desastres;

Que, mediante Directiva N° 19-2021-COMGEN PNP/SECEJE-DIRPLAINSDIVMDI, aprueba «Lineamientos aplicables para la formulación, aprobación o modificación de dispositivos legales y documentos normativos u orientadores de la Policía Nacional del Perú»;

Que, mediante Informe N° 000095-2026-SECEJE-DIRPLAINSDIVMDI/PNP del 01 de julio de 2026, emitido por la la División de Modernización y Desarrollo Institucional de la Dirección de Planeamiento Institucional de la Policía Nacional del Perú, concluye que la aprobación del proyecto de Directiva que regula la participación de la Policía Nacional del Perú en los procesos de preparación y respuesta en la Gestión del Riesgo de Desastres, resulta viable;

Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión N° 163-2026- MGPNP/DIRASOPE-DIVAOSIC del 10 de julio de 2026, la División de Asesoramiento en Orden y Seguridad e Investigación Criminal de la Dirección de Asesoramiento Operativo del Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú, opina que resulta viable, la aprobación del proyecto de Directiva que regula la participación de la Policía Nacional del Perú en los procesos de preparación y respuesta en la Gestión del Riesgo de Desastres;

Que, mediante Informe N° 481-2026-COMOPPOL-PNP/SEC-EQUASESP,
del 22 de julio de 2026, el Equipo de Asesoramiento Especial del Comando de Operaciones Policiales, opina que la propuesta del del proyecto de Directiva que regula la participación de la Policía Nacional del Perú en los procesos de preparación y respuesta en la Gestión del Riesgo de Desastres, es viable;

Lo dictaminado por la Dirección de Asesoría Jurídica de la Policía Nacional del Perú, mediante Informe Legal N° 047-A-2026-SECEJE/DIRASJUR-DIVDJPN del 02 de julio de 2026;

Lo propuesto por el Teniente General de la Policía Nacional del Perú, Jefe del Comando de Operaciones Policiales de la Policía Nacional del Perú, y;

Lo opinado por el Teniente General de la Policía Nacional del Perú, Jefe de Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la Directiva que regula la participación de la Policía Nacional del Perú en los procesos de preparación y respuesta en la Gestión del Riesgo de Desastres, que como anexo forma parte de la presente resolución.

Artículo 2°.- Encargar a la Dirección Nacional de Orden y Seguridad de Policía Nacional del Perú, el cumplimiento de la presente Resolución.

Artículo 4°.- Disponer que el Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú, ejerza el control del cumplimiento de la presente Resolución.

Artículo 5°.- Disponer que la Dirección de Comunicación e Imagen Institucional de la Policía Nacional del Perú y la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú, publiquen la presente resolución en la página web de la institución (www.policia.gob.pe ), y en el Sistema Integrado de Gestión de la Carrera del personal de la Policía Nacional del Perú (https://sigcpd.policia.gob.pe ), respectivamente.

Regístrese, comuníquese y archívese

DIRECTIVA N° 012 -2026-CG-PNP/COMOPPOL/DIRNOS-DIVPRAD

DIRECTIVA QUE REGULA LA PARTICIPACIÓN DE LA POLICÍA NACIONAL
DEL PERÚ EN LOS PROCESOS DE PREPARACIÓN Y RESPUESTA EN LA
GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES.

I. OBJETO

Establecer lineamientos para la participación de la Policía Nacional del Perú
(PNP) en la Gestión del Riesgo de Desastres (GRD), en concordancia con la
Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres al 2050, la Ley del
Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) y su
Reglamento.

II. FINALIDAD

1. Establecer las competencias de la PNP y las responsabilidades de sus
unidades de organización en los procesos de preparación y respuesta en
la gestión del riesgo de desastres.

2. Fortalecer a las unidades de organización de la PNP, a través de
lineamientos y procedimientos que permitan la implementación de los
procesos de preparación y respuesta, en concordancia con la normatividad
vigente.

III. ALCANCE

Las disposiciones de la presente Directiva son de aplicación obligatoria para
todas las unidades de organización de la PNP involucradas en los procesos de
preparación y respuesta en la gestión del riesgo de desastres.

IV. RESPONSABILIDADES

4.1 Los titulares de las unidades de organización de la PNP, son responsables
de garantizar el cumplimiento de las disposiciones de esta Directiva, en el
marco de sus competencias, conforme a lo establecido en el Reglamento
del Decreto Legislativo N.º 1267 – Ley de la PNP.

4.2 La Inspectoría General (IG) de la PNP, es el responsable de supervisar el
debido cumplimiento de la presente Directiva.

V. BASE LEGAL

5.1 Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD).

5.2 Ley N° 30779, Ley que dispone medidas para el fortalecimiento del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD).

5.3 Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior. [Clic aquí]

5.4 Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú. [Clic aquí]

5.5 Decreto Legislativo N° 1604, modifica el Decreto Legislativo N° 1267 Ley de la Policía Nacional del Perú. [Clic aquí]

5.6 Decreto Supremo N° 012-2025-IN, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1267, Ley de La Policía Nacional del Perú.

5.7 Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD).

5.8 Decreto Supremo N° 038-2021-РCM, Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres al 2050.

5.9 Decreto Supremo N° 115-2022-РСМ, Decreto Supremo que aprueba el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres – PLANAGERD 2022-2030.

5.10 Decreto Supremo N° 060-2024-PCM, Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011- CМ.

5.11 Resolución Ministerial N° 276-2012-PCM, aprueban Directiva «Lineamientos para la Constitución y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestión de Riesgo de Desastres en los Tres Niveles de Gobierno».

5.12 Resolución Ministerial N° 046-2013-PCM, aprueban Directiva «Lineamientos que definen el Marco de Responsabilidades en Gestión del Riesgo de Desastres, de las entidades del estado en los tres niveles de gobierno» y su aneхо.

5.13 Resolución Ministerial N° 180-2013-PCM, Aprueban los «Lineamientos para la Organización, Constitución y Funcionamiento de las Plataformas de Defensa Civil» dictados por el Instituto Nacional de Defensa Civil.

5.14 Resolución Ministerial N° 172-2015-PCM, aprueba «Lineamientos para la
Implementación del Servicio de Alerta Permanente – SAP, en las
entidades que integran el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de
Desastres – SINAGERD».

5.15 Resolución Ministerial N° 185-2015-РCM, aprueban «Lineamientos para la Implementación de los Procesos de la Gestión Reactiva».

5.16 Resolución Ministerial N° 084-2025-PCM, derogación de las Resoluciones
Ministeriales N° 188-2015-РСM, N° 050-2020-РСM, N° 136-2020-PCМ у
N° 149-2020-PCМ.

5.17 Resolución Ministerial N° 0320- 2021-РСM, aprobación de los «Lineamientos para la Gestión de la Continuidad Operativa y la Formulación de los Planes de Continuidad Operativa de las Entidades Públicas de los tres niveles de gobierno».

5.18 Resolución Ministerial N° 1939-2018-IN, lineamientos para la organización y funcionamiento del COE del Ministerio del Interior.

5.19 Resolución Ministerial N° 0379-2023-IN, Actualiza la conformación del
Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres del Sector
Interior.

5.20 Resolución Ministerial N° 1912-2023-IN, que aprueba «El Plan Estratégico
Sectorial Multianual (PESEM) del Sector Interior al 2030».

5.21 Resolución Ministerial N° 0797-2023-IN que aprueba la Directiva N° 007- 023-IN-OSDN denominada «Implementación de Lineamientos de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres en el Sector Interior».

5.22 Resolución Ministerial N° 0657-2023-IN, que designa a la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional del Ministerio del Interior (OSDN) como la Unidad Orgánica responsable de la Gestión de la Continuidad Operativa del Ministerio de Interior».

5.23 Resolución Ministerial N° 0693-2024-IN, que aprueba la conformación del
Equipo Técnico en Gestión del Riesgo de Desastres del Sector Interior.

5.24 Resolución Ministerial N° 0862-2024-IN, que aprueba la conformación del Grupo de Comando para la Gestión de la Continuidad Operativa del Ministerio del Interior.

5.25 Resolución de Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres N° 005 -2025- CM/SGRD que aprueba los «Lineamientos para la formulación y aprobación del Plan de Gestión Reactiva»

5.26 Resolución de Comandancia General de la Policía Nacional N° 414-2021-
CG PNP/EMG del 23DIC2021 que aprueba la Directiva N° 017-2021-
COMGEN-PNP/SCG-DIRNOS.UNIPLEDU que otorga lineamientos para
la conformación y funcionamiento del Comité de Crisis Institucional.

VI. DISPOSICIONES GENERALES

6.1 La Policía Nacional del Perú y el Sistema Nacional de Gestión del
Riesgo de Desastres (SINAGERD)

La PNP es componente importante del SINAGERD que viene a ser un
sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal у
participativo, que está compuesto por:

6.1.1 El Consejo Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres (CONAGERD), es el órgano de máximo nivel de decisión política y de coordinación estratégica para la funcionalidad de los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres en el país. Es presidido por el Presidente de la República.

6.1.2 La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), en su calidad de ente rector del SINAGERD, es responsable de Liderar el seguimiento y evaluación de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, a través de la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres, con la participación del CENEPRED y el INDECI; en los plazos que establece el CEPLAN.

6.1.3 El Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (CENEPRED) es un organismo público ejecutor que conforma el SINAGERD, responsable técnico de coordinar, facilitar y supervisar la formulación e implementación de la Política Nacional y el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, en los procesos de estimación, prevención y reducción del riesgo, así como de reconstrucción.

6.1.4 El Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) es un organismo público ejecutor que conforma el SINAGERD, responsable técnico de coordinar, facilitar y supervisar la formulación е implementación de la Política Nacional y el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, en los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación.

6.1.5 Los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, como integrantes del SINAGERD, formulan, aprueban normas y planes, evalúan, dirigen, organizan, supervisan, fiscalizan y ejecutan los procesos de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres, así como de Preparación, Respuesta, Rehabilitación y Reconstrucción, en el ámbito de su competencia, en el marco de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y los lineamientos del ente rector, en concordancia con lo establecido por la presente Ley y su reglamento.

6.1.6 El Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (Ceplan) coordina con el ente rector del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres a fin de incorporar la Gestión del Riesgo de Desastres en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional.

6.1.7 Las entidades públicas incorporan en sus procesos de desarrollo la Gestión del Riesgo de Desastres, considerando lo establecido en la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y los planes nacionales respectivos.

[Continúa…]

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