Artículo 58. Estructura de la Dirección de Gestión Documental.- Reglamento de la Ley de la PNP [DS 012-2025-IN]

[Reglamento de la Ley de la PNP] Mediante el DS 012-2025-IN, publicado el 05NOV2025, se aprobó el Reglamento de la Ley de la Policía Nacional del Perú; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente esta normativa. Artículo 58. Estructura de la Dirección de Gestión Documental.


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Artículo 58. Estructura de la Dirección de Gestión Documental.- Reglamento de la Ley de la PNP [DS 012-2025-IN]

TÍTULO II

DESCRIPCIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

CAPÍTULO IV

SECRETARIA EJECUTIVA

Artículo 58. Estructura de la Dirección de Gestión Documental

Art. 58

58.1 La Dirección de Gestión Documental para el cumplimiento de sus funciones cuenta con las subunidades orgánicas siguientes:

a) División de Atención al Ciudadano e Información Pública;

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b) División de Trámite Documentario y Resoluciones; y,

c) División de Archivo Central.

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