[Cartilla Temática PNP] Mediante La Dirección de Asesoría jurídica de la PNP, el 29DIC2025, oficializó la elaboración y difusión de la CARTILLA TEMÁTICA 038-2025; como herramienta técnica y especializada de carácter jurídico para el empoderamiento del servicio policial. ⇒DESCARGA AQUÍ⇐

Requerimiento en los Contratos Menores de la PNP

BASE LEGAL
- RCG N° 784-2025-CG PNP/SECEJE-DIRADM, DIRECTIVA N° 20-2025-COMGEN PNP/SECEJE-DIRADM PNP-SEC. [Clic aquí]
EL REQUERIMIENTO EN LOS CONTRATOS MENORES DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ
1. D.S. N.º 009-2025-EF, Reglamento de la Ley N.º 32069
(…)
Artículo 227. Requerimiento de contratos menores
227.1. El área usuaria elabora el requerimiento de conformidad con el artículo 46 de la Ley, bajo un enfoque de valor por dinero, y lo remite a la DEC. La necesidad contenida en el requerimiento debe estar incluida en el CMN aprobado para el ejercicio fiscal y sus modificatorias.
227.2. La DEC verifica que el requerimiento cumpla las disposiciones y principios de la Ley y, de ser el caso, propone mejoras considerando sus funciones, pudiendo modificar directamente su contenido, para lo cual solicita al área usuaria la no objeción al requerimiento modificado, antes de solicitar cotizaciones. El área usuaria puede objetar de manera sustentada la modificación del requerimiento cuando no satisfaga su necesidad.
227.3. La DEC verifica si el requerimiento se encuentra incluido en una ficha de homologación o en una ficha técnica. En dichos casos, el requerimiento recoge las características técnicas ya definidas.
227.4. En el caso de bienes, la DEC verifica que no se cuente con existencias disponibles en el almacén o con bienes muebles patrimoniales sin asignar, que puedan atender la necesidad del área usuaria.
227.5. El requerimiento incluye las cláusulas señaladas en el artículo 60 de la Ley.
2. RCG. N.º 784-2025-CG PNP/SECEJE-DIRADM, DIRECTIVA N.º 20-2025-COMGEN PNP/SECEJE-DIRADM-PNPSEC
(…)
VIII. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
7.1 El requerimiento
7.1.1. Todo requerimiento debe ser elaborado para atender una necesidad para el cumplimiento de la finalidad pública, promoviendo el principio de valor por dinero y los enfoques establecidos en la normativa vigente de contrataciones públicas.
[CONTINÚA…]
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