Se aprueba los nuevos montos de la remuneración consolidada del personal de las FFAA y PNP [DS 292-2025-EF]

[Decreto supremo] Mediante el DS Nº 292-2025-EF, de fecha 13 de diciembre de 2025, aprobó « nuevos montos de la remuneración consolidada del personal militar de las fuerzas armadas y la PNP» ⇒DESCARGA AQUÌ⇐


Lee también:

Se aprueba los nuevos montos de la remuneración consolidada del personal de las FFAA y PNP

Decreto Supremo que aprueba los nuevos montos de la remuneración consolidada del personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú

DS Nº 292-2025-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

ⓘ Publicidad JurispolInscríbete

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 1 de la Centésima Sexagésima Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza al Ministerio de Defensa y al Ministerio del Interior a incrementar, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, por el Ministro de Defensa y por el Ministro del Interior, a propuesta de estos últimos, la remuneración consolidada del personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;

Que, el numeral 2 de la Centésima Sexagésima Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185, dispone que el incremento a que hace referencia el numeral 1 de la citada disposición, se efectúa de manera progresiva en tres (3) oportunidades, en los meses de enero, julio y diciembre de 2025, respectivamente. Para tal efecto, se exonera al Ministerio de Defensa y al Ministerio del Interior de lo establecido en el artículo 6 y en el numeral 9.1 del artículo 9 de la Ley Nº 32185;

Que, asimismo, el numeral 5 de la Centésima Sexagésima Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185, exceptúa al Ministerio de Defensa y al Ministerio del Interior de lo establecido en el literal a) del artículo 33 de la Ley Nº 32185, así como del numeral 4 del párrafo 48.1 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 148-2025- EF se aprueba, en el mes de julio de 2025, los montos de la remuneración consolidada que forma parte de los ingresos del personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;

Que, en ese sentido, a través de los Oficios Nº 01532-2025-MINDEF/DM y Nº 000302-2025-IN-DM, el Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior, respectivamente, remiten una propuesta de nuevos montos de la remuneración consolidada del personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú reguladas en el Decreto Legislativo Nº 1132, adjuntando los respectivos sustentos;

Que, mediante el Memorando Nº 4944-2025- EF/53.04, que adjunta el Informe Nº 4364-2025-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos establece el costo diferencial para implementar los nuevos montos de la remuneración consolidada del personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; y, emite opinión favorable sobre la propuesta de Decreto Supremo que aprueba los nuevos montos de la remuneración consolidada del personal militar de las fuerzas armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;

De conformidad con lo establecido en los numerales 1 y 2 de la Centésima Sexagésima Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025;

DECRETA:

Artículo 1.- Aprobación de la remuneración consolidada del personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú

Aprobar los nuevos montos de la remuneración consolidada que forma parte de los ingresos del personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, de acuerdo con el siguiente detalle:

a) Personal de Oficiales

Nivel remunerativoGrados equivalentes OficialesS/
EjércitoMarina de GuerraFuerza AéreaPolicía Nacional
1General de DivisiónVicealmiranteTeniente GeneralTeniente General11 659,28
2General de BrigadaContraalmiranteMayor GeneralGeneral11 373,63
3CoronelCapitán de NavíoCoronelCoronel9 397,38
4Teniente CoronelCapitán de FragataComandanteComandante5 819,15
5MayorCapitán de CorbetaMayorMayor4 425,86
6CapitánTeniente PrimeroCapitánCapitán3 678,50
7TenienteTeniente SegundoTenienteTeniente3 071,05
8Sub TenienteAlférez de FragataAlférezAlférez2 998,77

b) Personal de Suboficiales

Nivel remunerativoGrados equivalentes SuboficialesS/
EjércitoMarina de GuerraFuerza AéreaPolicía Nacional
1Técnico Jefe SuperiorTécnico Superior PrimeroTécnico SupervisorSub Oficial Superior3 629,53
2Técnico JefeTécnico Superior SegundoTécnico InspectorSub Oficial Brigadier3 482,90
3Técnico PrimeraTécnico PrimeroTécnico de PrimeraSub Oficial Técnico de Primera3 239,36
4Técnico SegundaTécnico SegundoTécnico de SegundaSub Oficial Técnico de Segunda3 030,66
5Técnico TerceraTécnico TerceroTécnico de TerceraSub Oficial Técnico de Tercera2 862,25
6Sub Oficial de PrimeraOficial de Mar PrimeroSub Oficial de PrimeraSub Oficial de Primera2 778,77
7Sub Oficial de SegundaOficial de Mar SegundoSub Oficial de SegundaSub Oficial de Segunda2 727,23
8Sub Oficial de TerceraOficial de Mar TerceroSub Oficial de TerceraSub Oficial de Tercera2 687,67

 

Articulo 2.- Registro en el Aplicativo Informático

La Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas procede de oficio, a la actualización de los nuevos montos de la remuneración consolidada establecida en el artículo 1 del presente Decreto Supremo en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP).

Articulo 3.- Financiamiento

El financiamiento de lo establecido en el presente Decreto Supremo es con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior, respectivamente.

Articulo 4.- Vigencia de los nuevos montos de la remuneración consolidada

Los nuevos montos de la remuneración consolidada del personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, establecidos en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, entran en vigencia en el mes de diciembre de 2025.

Articulo 5.- Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas, por el Ministro de Defensa y por el Ministro del Interior.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA

Única.- Derogación del Decreto Supremo N° 148-2025-EF Derogar el Decreto Supremo N° 148-2025-EF,

Decreto Supremo que aprueba los nuevos  montos de la remuneración consolidada del personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policia Nacional del Perú.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de diciembre del año dos mil veinticinco.

JOSÉ ENRIQUE JERÍ ORÉ

Presidente de la República

CÉSAR FRANCISCO DÍAZ PECHE

Ministro de Defensa

DENISSE AZUCENA MIRALLES MIRALLES

Ministra de Economía y Finanzas

VICENTE TIBURCIO ORBEZO

Ministro del Interior

⇒DESCARGA AQUÌ⇐ « Se aprueba los nuevos montos de la remuneración consolidada del personal de las FFAA y PNP [DS 292-2025-EF]»

ⓘ Publicidad JurispolInscríbete

Últimas noticias

ⓘ Publicidad JurispolInscríbete

Artículos relacionados

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

ⓘ Publicidad JurispolInscríbete