El reconocido magistrado Ramiro Salinas Siccha expresó su punto de vista sobre las novedades de la Ley N° 32130, que modifica el Código Procesal Penal (CPP) en lo referente a las diligencias preliminares de los delitos. En su publicación, Salinas destaca que con esta reforma, la investigación preliminar del delito vuelve a la Policía Nacional del Perú (PNP), lo cual refuerza el papel de la institución en las primeras etapas de un proceso penal.
La participación del Ministerio Público es clave
Uno de los aspectos más relevantes que menciona Salinas Siccha es la necesidad de que el Ministerio Público participe activamente en las diligencias y declaraciones realizadas por la Policía. De acuerdo con la ley, las manifestaciones de los presuntos autores y partícipes deberán ser sentadas en actas por la PNP, y si el Fiscal no puede estar presente de forma física, podrá hacerlo de manera virtual, siempre dejando constancia de su participación en el procedimiento (Art. 68).
La importancia de la intervención del fiscal
El doctrinario precisó que, según la doctrina jurisprudencial penal y constitucional en el país, las diligencias y declaraciones de testigos realizadas sin la presencia del representante del Ministerio Público no son consideradas elementos de convicción ni material probatorio válido. Es decir, para que las diligencias preliminares sean eficaces, la participación del fiscal es esencial. De lo contrario, el trabajo realizado por la policía podría quedar sin valor en el proceso judicial.
Salinas concluyó que la cooperación entre la PNP y el Ministerio Público es fundamental para asegurar que las investigaciones sean efectivas y respeten los derechos procesales, promoviendo así una justicia más eficiente y confiable en el país.