[Régimen Disciplinario de la PNP] En virtud del Reglamento de la Ley 30714, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial al Reglamento del Régimen Disciplinario 30714, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. 161. Obligación de comunicar de los órganos de investigación el inicio de un PAD.
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TÍTULO IV
EJECUCIÓN, REGISTRO Y CODIFICACIÓN DE RESOLUCIONES
Artículo 161. OBLIGACIÓN DE COMUNICAR DE LOS ÓRGANOS DE INVESTIGACIÓN EL INICIO DE UN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO
Art. 161 | Los órganos de investigación del Sistema Disciplinario Policial están obligados a comunicar y tramitar en forma inmediata a la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú, o la que haga de sus veces, las resoluciones de inicio de procedimiento administrativo disciplinario por infracciones graves, muy graves y medidas preventivas adoptadas en las investigaciones en curso, para efectos de su codificación referencial. Igual procedimiento adoptan los órganos de decisión en el ámbito de su competencia. |
TRIBUNAL DE DISCIPLINA POLICIAL
- Principio de tipicidad: «En la Resolución de Inicio de PAD, no cumplieron con precisar la imputación administrativa, precisando solo que se encontraría incurso en el Delito de Peligro común – Conducción en Estado de ebriedad, contraviniendo el principio de tipicidad». Resolución 0261-2024-IN/TDP/2S. Clic aquí: https://jurispol.pe/mvg9
LEGISLACIÓN POLICIAL
- «Manual de procesos del proceso estratégico “E07. disciplina policial” de la PNP». RCG 338-2021-CG.PNP-IG. Clic aquí: https://jurispol.pe/mp0g
- «Control posterior de los PAD por infracción Grave. Contenido de la Resolución de inicio de PAD». Cartilla Temática 041-AU-2025. Clic aquí: https://jurispol.pe/gvu5
- «Codificación, sistematización, registro y ejecución de las resoluciones». Cartilla Temática 041-BC-2025. Clic aquí: https://jurispol.pe/jzkr



