Artículo 158 del Reglamento de la Ley 30714.- Efectos de la sanción grave y muy grave en el desempeño del cargo

[Régimen Disciplinario de la PNP] En virtud del Reglamento de la Ley 30714, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial al Reglamento del Régimen Disciplinario 30714, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. 158. Efectos de la sanción grave y muy grave en el desempeño del cargo.


Lee más:

Artículo 158 del Reglamento de la Ley 30714.- Efectos de la sanción grave y muy grave en el desempeño del cargo

TÍTULO IV

EJECUCIÓN, REGISTRO Y CODIFICACIÓN DE RESOLUCIONES

Artículo 158. EFECTOS DE LA SANCIÓN GRAVE Y MUY GRAVE EN EL DESEMPEÑO DEL CARGO

Art. 158

158.1. El personal de la Policía Nacional del Perú sancionado con resolución firme por la comisión de infracción grave o muy grave que afecte la función que venía desempeñando, no puede continuar ni volver a ser asignado en el cargo que ocupaba al momento de cometer la infracción o en funciones análogas en otra unidad, por un período de cinco (5) años.

ⓘ Publicidad JurispolInscríbete

158.2. En la resolución de sanción se dispone que la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú realice las acciones necesarias para su cumplimiento.

LEGISLACIÓN POLICIAL

ⓘ Publicidad JurispolInscríbete

Últimas noticias

ⓘ Publicidad JurispolInscríbete

Artículos relacionados

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

ⓘ Publicidad JurispolInscríbete