[Régimen Disciplinario de la PNP] En virtud del Reglamento de la Ley 30714, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial al Reglamento del Régimen Disciplinario 30714, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. 158. Efectos de la sanción grave y muy grave en el desempeño del cargo.
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TÍTULO IV
EJECUCIÓN, REGISTRO Y CODIFICACIÓN DE RESOLUCIONES
Artículo 158. EFECTOS DE LA SANCIÓN GRAVE Y MUY GRAVE EN EL DESEMPEÑO DEL CARGO
Art. 158 | 158.1. El personal de la Policía Nacional del Perú sancionado con resolución firme por la comisión de infracción grave o muy grave que afecte la función que venía desempeñando, no puede continuar ni volver a ser asignado en el cargo que ocupaba al momento de cometer la infracción o en funciones análogas en otra unidad, por un período de cinco (5) años. 158.2. En la resolución de sanción se dispone que la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú realice las acciones necesarias para su cumplimiento. |




