Disposiciones Complementarias Finales – Primera de la Ley 30714. Vigencia y Reglamentación

[Régimen Disciplinario de la PNP] En virtud de la Ley 30714, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial al Régimen Disciplinario, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente la Disposición Complementaria Final Primera de la Ley 30714. VIGENCIA Y REGLAMENTACIÓN.


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Disposiciones Complementarias Finales – Primera de la Ley 30714. Vigencia y Reglamentación.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

PRIMERA. VIGENCIA Y REGLAMENTACIÓN

PRIMERA

Esta ley entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.

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El Poder Ejecutivo en un plazo de cuarenta y cinco (45) días emitirá el reglamento de la presente ley.

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

  • Principio de publicidad: «Es inconstitucional el Reglamento de Régimen Disciplinario PNP, al no ser publicada en el diario oficial El Peruano, que es un requisito de validez y esencial para la eficacia de las leyes y de toda norma jurídica; está vinculada al principio de seguridad jurídica». STC 2050-2002-AA/TC. Clic aquí: https://jurispol.pe/?p=22069

TRIBUNAL DE DISCIPLINA POLICIAL

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