Disposiciones Complementarias Finales – Séptima del Reglamento del DL 1267. Regiones y Frentes Policiales

[Reglamento de la Ley de la PNP] En virtud DS N° 012-2025-IN, que aprueba el Reglamento del DL 1267, Ley de la PNP, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial a la legislación policial, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente la Disposición Complementaria Final Sétima del Reglamento del DL 1267. REGIONES Y FRENTES POLICIALES.


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DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

SÉPTIMA. REGIONES Y FRENTES POLICIALES

SÉPTIMA

La organización y funciones de las Regiones y Frentes Policiales se regulan en el Manual de Operaciones de las Regiones Policiales, el mismo que es aprobado mediante Resolución de Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, previa opinión favorable de la Dirección de Planeamiento Institucional de la Policía Nacional del Perú y de la Dirección de Asesoría Jurídica de la Policía Nacional del Perú.

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